Conservando los restos
LA SUPRESIÓN DEL SANTO SACRIFICIO
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ESCUCHAR ESPECIAL DE CRISTIANDAD
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Estamos a cincuenta años del Novus Ordo Missæ… Estamos a cincuenta años de la segunda reforma protestante… Con esa reforma no católica comienza la operación de supresión del santo sacrificio…
Luego de haber estudiado la historia de la Santa Misa desde San Pedro hasta San Pío V y de haber analizado las diversas partes de la Santa Misa de Rito Romano y sus correspondientes oraciones, hemos considerado los antecedentes remotos e inmediatos de la misa nueva.
A continuación, emprendimos el estudio general y particular de ésta. De este modo, consideramos los autores y los fines de la nueva misa, examinamos la explicación de la nueva misa dada por los innovadores modernistas, especialmente la Institutio Generalis.
Una vez acabado este análisis, comenzamos el estudio de los cambios producidos en el Ordo Missæ.
Los reformadores querían absolutamente la desaparición del Misal Romano, el aniquilamiento del Rito Romano.
Entrando ya en los detalles, realizamos un estudio de los ritos del Novus Ordo Missæ.
Últimamente comenzamos a analizar algunos temas en particular, primero desde el punto de vista canónico.
Nos detuvimos primero en lo que llamamos una Legislación Revolucionaria, y vimos en detalle el ataque a la Bula Quo primum tempore de San Pío V por medio de la Constitución Missale Romanum.
En el último Especial consideramos los dos indultos de 1984 y 1988.
Llegamos así al 7 de julio de 2007 y al pérfido Motu proprio Summorum pontificum, de Benedicto XVI, la serpiente Ratzinger, como lo llamaba Monseñor Lefebvre.
MOTU PROPRIO SUMMORUM PONTIFICUM
Los Sumos Pontífices hasta nuestros días se preocuparon constantemente porque la Iglesia de Cristo ofreciese a la Divina Majestad un culto digno de «alabanza y gloria de Su nombre» y «por el bien de toda su Santa Iglesia».
Desde tiempo inmemorable, como también para el futuro, es necesario mantener el principio según el cual, «cada Iglesia particular debe concordar con la Iglesia universal, no sólo en cuanto a la doctrina de la fe y a los signos sacramentales, sino también respecto a los usos universalmente aceptados de la ininterrumpida tradición apostólica, que deben observarse no solamente para evitar errores, sino también para transmitir la integridad de la fe, para que la ley de la oración de la Iglesia corresponda a su ley de fe». (Ordinamento generale del Messale Romano 3 ed. 2002, nº 937).
Entre los pontífices que tuvieron esa preocupación resalta el nombre de San Gregorio Magno, que hizo todo lo posible para que a los nuevos pueblos de Europa se transmitiera tanto la fe católica como los tesoros del culto y de la cultura acumulados por los romanos en los siglos precedentes. Ordenó que fuera definida y conservada la forma de la Sagrada Liturgia, relativa tanto al Sacrificio de la Misa como al Oficio Divino, en el modo en que se celebraba en Roma. Promovió con la máxima atención la difusión de los monjes y monjas que, actuando según la regla de San Benito, siempre junto al anuncio del Evangelio ejemplificaron con su vida la saludable máxima de la Regla: «Nada se anticipe a la obra de Dios» (cap. 43). De esa forma, la Sagrada Liturgia, celebrada según el uso romano, enriqueció no solamente la fe y la piedad, sino también la cultura de muchas poblaciones. Consta efectivamente que la liturgia latina de la Iglesia, en sus varias formas y en todos los siglos de la era cristiana, ha impulsado en la vida espiritual a numerosos Santos y ha reforzado a tantos pueblos en la virtud de la religión, abonando su piedad.
Muchos otros Romanos Pontífices, en el transcurso de los siglos, mostraron particular solicitud porque la Sagrada Liturgia manifestase de la forma más eficaz esta tarea: entre ellos se destaca San Pío V, que sostenido por un gran celo pastoral, tras la exhortación de Concilio de Trento, renovó todo el culto de la Iglesia, revisó la edición de los libros litúrgicos enmendados y «renovados según la norma de los Padres» y los dio en uso a la Iglesia Latina.
Entre los libros litúrgicos del Rito romano resalta el Misal Romano, que se desarrolló en la ciudad de Roma, y que, poco a poco, con el transcurso de los siglos, tomó formas que tienen gran semejanza con las vigentes en tiempos más recientes.
Fue éste el objetivo que persiguieron los Romanos Pontífices en el curso de los siguientes siglos, asegurando la actualización o definiendo los ritos y libros litúrgicos, y después, al inicio de este siglo, emprendiendo una reforma general. (Juan Pablo II, Carta Ap. Vicesimus quintus annus, 4 de diciembre de 1988, 3: AAS 81 (1989), 899) Así actuaron nuestros predecesores Clemente VIII, Urbano VIII, San Pío X, Benedicto XV, Pío XII y el bienaventurado Juan XXIII.
En tiempos recientes, el Concilio Vaticano II expresó el deseo que la debida y respetuosa reverencia respecto al culto divino, se renovase de nuevo y se adaptase a las necesidades de nuestra época. Movido por este deseo, nuestro predecesor, el Sumo Pontífice Pablo VI, aprobó en 1970 para la Iglesia latina los libros litúrgicos reformados, y en parte, renovados. Éstos, traducidos a las diversas lenguas del mundo, fueron acogidos de buen grado por los obispos, sacerdotes y fieles. Juan Pablo II revisó la tercera edición típica del Misal Romano. Así, los Romanos Pontífices han actuado «para que esta especie de edificio litúrgico (…) apareciese nuevamente esplendoroso por dignidad y armonía». (San Pío X, Carta Ap. Motu propio data, Abhinc duos annos, 23 de octubre de 1913: AAS 5 (1913), 449-450; cfr. Juan Pablo II, Carta Ap. Vicesimus quintus annus, nº 3: AAS 81 (1989), 899).
En algunas regiones, sin embargo, no pocos fieles se adhirieron y se siguen adhiriendo con tanto amor y afecto a las anteriores formas litúrgicas, que habían embebido tan profundamente su cultura y su espíritu, que el Sumo Pontífice Juan Pablo II, movido por la preocupación pastoral respecto a estos fieles, en el año 1984, con el indulto especial «Quattuor abhinc annos», emitido por la Congregación para el Culto Divino, concedió la facultad de usar el Misal Romano editado por el bienaventurado Juan XXIII en el año 1962; más tarde, en el año 1988, con la Carta Apostólica «Ecclesia Dei», dada en forma de Motu proprio, Juan Pablo II exhortó a los obispos a utilizar amplia y generosamente esta facultad a favor de todos los fieles que lo solicitasen.
Después de la consideración por parte de nuestro predecesor Juan Pablo II de las insistentes peticiones de estos fieles, luego de haber escuchado a los Padres Cardenales en el consistorio del 22 de marzo de 2006, tras haber reflexionado profundamente sobre cada uno de los aspectos de la cuestión, invocado al Espíritu Santo y contando con la ayuda de Dios, con las presentes Cartas Apostólicas establecemos lo siguiente:
Art. 1. El Misal Romano promulgado por Pablo VI es la expresión ordinaria de la «Lex orandi», de la Iglesia católica de rito latino. No obstante, el Misal Romano promulgado por San Pío V y nuevamente por el bienaventurado Juan XXIII debe considerarse como expresión extraordinaria de la misma «Lex orandi» y gozar del respeto debido por su uso venerable y antiguo. Estas dos expresiones de la «Lex orandi» de la Iglesia no inducen de forma alguna una división de la «Lex credendi» de la Iglesia; son, de hecho, dos usos del único rito romano.
Por eso es lícito celebrar el Sacrificio de la Misa según la edición típica del Misal Romano promulgada por el bienaventurado Juan XXIII en 1962, y nunca abrogada, como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia.
Las condiciones para el uso de este Misal establecidas en los documentos anteriores «Quattuor abhinc annis» y «Ecclesia Dei», se sustituirán como se establece a continuación:
Art. 2. En las Misas celebradas sin el pueblo, todo sacerdote católico de rito latino, tanto secular como religioso, puede utilizar, ya sea el Misal Romano editado por el bienaventurado Papa Juan XXIII en 1962, ya el Misal Romano promulgado por el Papa Pablo VI en 1970, en cualquier día, exceptuado el Triduo Sacro. Para dicha celebración siguiendo uno u otro misal, el sacerdote no necesita ningún permiso, ni de la Sede Apostólica ni de su Ordinario.
Art. 3. Las comunidades de los institutos de vida consagrada y de las Sociedades de vida apostólica, de derecho tanto pontificio como diocesano, que deseen celebrar la Santa Misa según la edición del Misal Romano promulgado en 1962 en la celebración conventual o «comunitaria» en sus oratorios propios, pueden hacerlo. Si una sola comunidad o un Instituto o Sociedad enteros quieren llevar a cabo dichas celebraciones a menudo, habitualmente o permanentemente, la decisión compete a los Superiores mayores según las normas del derecho y según las reglas y los estatutos particulares.
Art 4. A la celebración de la Santa Misa, a la que se refiere el artículo 2, también pueden ser admitidos —observadas las normas del derecho— los fieles que lo pidan voluntariamente.
Art.5. § 1. En las parroquias donde haya un grupo estable de fieles adherentes a la precedente tradición litúrgica, el párroco acogerá de buen grado su petición de celebrar la Santa Misa según el rito del Misal Romano editado en 1962. Debe procurar que el bien de estos fieles se armonice con la atención pastoral ordinaria de la parroquia, bajo la guía del obispo como establece el canon 392, evitando la discordia y favoreciendo la unidad de toda la Iglesia.
§ 2. La celebración según el Misal del bienaventurado Juan XXIII puede tener lugar en día ferial; los domingos y las festividades puede haber también una celebración de ese tipo.
§ 3. El párroco permita también a los fieles y sacerdotes que lo soliciten la celebración en esta forma extraordinaria en circunstancias particulares, como matrimonios, exequias o celebraciones ocasionales, como por ejemplo las peregrinaciones.
§ 4. Los sacerdotes que utilicen el Misal del bienaventurado Juan XXIII deben ser idóneos y no tener ningún impedimento jurídico.
§ 5. En las iglesias que no son parroquiales ni conventuales, es competencia del Rector conceder la licencia más arriba citada.
Art. 6. En las misas celebradas con el pueblo según el Misal del bienaventurado Juan XXIII, las lecturas pueden ser proclamadas también en la lengua vernácula, usando ediciones reconocidas por la Sede Apostólica.
Art. 7. Si un grupo de fieles laicos, como los citados en el art. 5, § 1, no ha obtenido satisfacción a sus peticiones por parte del párroco, informe al obispo diocesano. Se invita vivamente al obispo a satisfacer su deseo. Si no puede proveer a esta celebración, el asunto se remita a la Pontificia Comisión «Ecclesia Dei».
Art. 8. El obispo que desee responder a estas peticiones de los fieles laicos, pero que por diferentes causas no pueda hacerlo, puede indicarlo a la Comisión «Ecclesia Dei» para que lo aconseje y lo ayude.
Art. 9. § 1. El párroco, tras haber considerado todo atentamente, puede conceder la licencia para usar el ritual precedente en la administración de los sacramentos del Bautismo, del Matrimonio, de la Penitencia y de la Unción de Enfermos, si lo requiere el bien de las almas.
§ 2. A los ordinarios se concede la facultad de celebrar el sacramento de la Confirmación usando el precedente Pontifical Romano, siempre que lo requiera el bien de las almas.
§ 3. A los clérigos constituidos «in sacris» es lícito usar el Breviario Romano promulgado por el bienaventurado Juan XXIII en 1962.
Art. 10. El ordinario del lugar, si lo considera oportuno, puede erigir una parroquia personal según la norma del canon 518 para las celebraciones con la forma antigua del rito romano, o nombrar un capellán, observadas las normas del derecho.
Art. 11. La Pontificia Comisión «Ecclesia Dei», erigida por Juan Pablo II en 1988, sigue ejerciendo su misión. Esta Comisión debe tener la forma, y cumplir las tareas y las normas que el Romano Pontífice quiera atribuirle.
Art. 12. La misma Comisión, además de las facultades de las que ya goza, ejercitará la autoridad de la Santa Sede vigilando sobre la observancia y aplicación de estas disposiciones.
Todo cuanto hemos establecido con estas Cartas Apostólicas en forma de Motu Proprio, ordenamos que se considere «establecido y decretado» y que se observe desde el 14 de septiembre de este año, fiesta de la Exaltación de la Santa Cruz, pese a lo que pueda haber en contrario.
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Este documento es el que condujo a muchos católicos a creer que el Misal codificado por San Pío V había sido “liberado”.
Después de aplicar falsamente a la nueva misa bastarda de Paulo VI todo lo que debe decirse, con toda verdad, del Rito Romano codificado por San Pío V, Benedicto XVI recuerda que:
“En algunas regiones, sin embargo, no pocos fieles adhirieron y siguen adhiriéndose con mucho amor y afecto a las anteriores formas litúrgicas, que habían impregnado su cultura y su espíritu de manera tan profunda, que el Sumo Pontífice Juan Pablo II, movido por la preocupación pastoral respecto a estos fieles, en el año 1984, con el indulto especial «Quattuor abhinc annos», emitido por la Congregación para el Culto Divino, concedió la facultad de usar el Misal Romano editado por el beato Juan XXIII en el año 1962; más tarde, en el año 1988, con la Carta Apostólica «Ecclesia Dei», dada en forma de Motu Proprio, Juan Pablo II exhortó a los obispos a utilizar amplia y generosamente esta facultad en favor de todos los fieles que lo solicitasen”.
La línea de pensamiento es clara: la Roma conciliar siempre está en la vía trazada por el documento del 3 de octubre de 1984.
Vienen enseguida doce artículos, de los cuales el primero dice:
Art. 1. El Misal Romano promulgado por Pablo VI es la expresión ordinaria de la «Lex orandi», de la Iglesia católica de rito latino. No obstante, el Misal Romano promulgado por San Pío V y nuevamente por el bienaventurado Juan XXIII debe considerarse como expresión extraordinaria de la misma «Lex orandi» y gozar del respeto debido por su uso venerable y antiguo. Estas dos expresiones de la «Lex orandi» de la Iglesia no inducen ninguna división de la «Lex credendi» de la Iglesia; son, de hecho, dos usos del único rito romano.
Por eso es lícito celebrar el Sacrificio de la Misa según la edición típica del Misal Romano promulgado por el bienaventurado Juan XXIII en 1962, que no se ha abrogado nunca, como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia. Las condiciones para el uso de este Misal establecidas en los documentos anteriores «Quattuor abhinc annis» y «Ecclesia Dei», se sustituirán como se establece a continuación.
Siguen 11 artículos que enuncian las nuevas condiciones para beneficiarse de la Misa de Rito Romano, insultándola más que en 1984 y 1988…
Muchos creyeron que todo había cambiado, que la Misa de Rito Romano era definitivamente libre, pues las facultades acordadas parecían verdaderamente más “amplias”.
En verdad no es así, pues el artículo 11 del documento afirma sin rodeos: La Pontificia Comisión «Ecclesia Dei», erigida por Juan Pablo II en 1988, sigue ejerciendo su misión. Esta Comisión debe tener la forma, y cumplir las tareas y las normas que el Romano Pontífice quiera atribuirle.
¿Cuál es, pues, esa misión?
La que se encuentra establecida en el documento de 1988 ya citado: alejar a los fieles de la obra de Monseñor Lefebvre; y, en referencia al documento del 3 de octubre de 1984, no conceder el Rito Romano Católico más que a los que no cuestionan la nueva misa, sin perjuicio de la reforma litúrgica y cuya posición sea públicamente conocida.
El artículo 12 prevé que “La misma Comisión, además de las facultades de las que ya goza, ejercitará la autoridad de la Santa Sede vigilando sobre la observancia y aplicación de estas disposiciones”.
Y, de hecho, los artículos 7 y 8 remiten a la mencionada Comisión en caso de litigio en las peticiones de celebrar el antiguo rito.
Por lo tanto, la línea es siempre la misma, y el Motu proprio de 2007 no hace más que ampliar materialmente la facultad de utilizar el rito antiguo; pues, formalmente, su uso es siempre condicionado por los mismos principios y el mismo espíritu: los formulados en el documento del 2 de julio de 1988, que se refieren al documento del 3 de octubre de 1984.
Por si queda alguna duda, la Carta a los obispos, que acompaña al Motu proprio, dice:
Obviamente, para vivir la plena comunión, los sacerdotes de las Comunidades que siguen el uso antiguo tampoco pueden, en principio, excluir la celebración según los libros nuevos. En efecto, no sería coherente con el reconocimiento del valor y de la santidad del nuevo rito la exclusión total del mismo.
A pesar de las apariencias, la Misa Romana no fue liberada, sigue estando cautiva de la reforma conciliar.
Pero, los que aceptaron, festejaron, difundieron y difunden este Motu proprio han renunciado al combate de la Fe en lo que concierne a la Santa Misa, pues han aceptado, en principio y por principio, la reforma litúrgica conciliar.
Analicemos todo esto sin precipitaciones.
Insisto en que las disposiciones presentadas en este Motu proprio siguen la lógica de los textos anteriores Quattuor abhinc annos y Ecclesia Dei.
Por eso, en julio de 2007, en el Motu proprio de Benedicto XVI, encontramos una vez más el mismo desprecio por la Misa Romana…
Pero este desdén ha sido capaz de adaptarse a las circunstancias y ha sabido aceptar, con sagacidad sibilina, la realidad de la defensa del Misal Romano y del rechazo del Nuevo Misal.
De este modo, se busca distorsionar esa defensa y ese rechazo, al mismo tiempo que se ofrecen componendas.
Pero, el objetivo es siempre el mismo: eliminar el Misal Romano.
Lo veamos o no, nos guste o no, lo aceptemos o no, el hecho es innegable: la Misa Romana y el Novus Ordo Missæ son irreconciliables; uno excluye a la otra y viceversa. Si se adopta uno, eso conduce necesariamente al rechazo de la otra.
Debemos convencernos: la misa bastarda de Pablo VI no tiene otra razón de ser que la supresión de la Misa Romana.
Por lo tanto, no existen dos ritos frente a frente; el enfrentamiento es aparente: sólo existe el Rito Romano enfrentado a su destrucción…
Los dos indultos de 1984 y 1988, verdaderos insultos a la Misa Romana, fueron simples etapas de esa destrucción.
Algunos sacerdotes y laicos ilusos cayeron en la trampa de estos pasos intermedios…, necesarios al proceso revolucionario.
De todos modos, una cosa es cierta: lo que estaba bloqueando el funcionamiento de la máquina revolucionaria era el grupo de irreductibles, que mantenía la defensa de la Misa Romana y el rechazo de la bastarda, sin aceptar compromisos.
La prioridad de los revolucionarios, la supresión de la Misa Romana, los llevó a establecer una pausa, rebobinar e incluso hacer concesiones más grandes…, todo lo necesario para eliminar el grano de arena que impide que el engranaje lleve a cabo su obra funesta.
Y entonces entró en actividad la dialéctica ratzingeriana…
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¿En qué consiste esa dialéctica?
Todas las revoluciones avanzan del mismo modo: a la posición tradicional la denominan tesis; la enfrentan con lo que llaman la antitesis, que asusta por su carácter radical.
A continuación, proponen a los reaccionarios conservadores un acuerdo, una conciliación, la síntesis…
Esta síntesis, aceptada por los conservadores ilusos, rápidamente se convierte en nueva tesis, a la cual, a su vez, se enfrenta con otra antitesis…, etc.…, y la Revolución continúa avanzando.
Comprender este derrotero por pasos, estas pausas que la Revolución está obligada a hacer para digerir su presa, es entender el retorno aparente al orden…, es comprender lo quimérico y engañoso de la luz de esperanza, de la pequeña ola, de la restauración ya comenzada… de Monseñor Fellay y su grupo comando…
Para la Revolución es necesaria la sucesión de anarquía y reorganización; reorganizar es indispensable para establecer su objetivo, como el Código de Napoleón, de apariencia conservadora, sirvió para legalizar los logros de 1789.
Este progreso dialéctico puede hacerse tan lentamente como sea necesario; lo único que importa es que se haga en la dirección correcta.
La Revolución Conciliar permitirá, si es necesario incluso por largo tiempo, que los sacerdotes celebren la Misa Romana, porque lo esencial es que acepten el rito ambiguo y protestantizante. El resto vendrá después. Todas las concesiones son posibles para lograr ese objetivo. Y si es necesario proceder por etapas para lograrlo, se hará.
Mientras la Revolución reine en la Liturgia y en la Iglesia, sólo el Rito Romano sigue siendo la referencia absoluta; y cualquier reconocimiento del rito ilegítimo es un compromiso, una traición, y, por lo tanto, una ayuda prestada a los destructores.
A la luz de estas reflexiones podemos juzgar el Motu proprio de Benedicto XVI, su función y finalidad.
La fórmula según la cual la Misa Romana nunca ha sido abrogada en cuanto forma extraordinaria de la liturgia del Rito Romano es una de las ideas más inteligentes para armonizar la Misa Romana con la doctrina modernista.
La realidad es que, si Benedicto XVI pretendía legitimar la misa bastarda y protestantizante, no podía seguir afirmando que la Misa Romana había sido abrogada.
Por lo tanto, era necesario resolver el problema con inteligencia, y hacer creer que la nueva misa es la continuación y la expresión legítima de la Liturgia del Rito Romano.
Era imperioso decir que El Misal Romano promulgado por Pablo VI es la expresión ordinaria de la «Lex orandi» de la Iglesia católica de rito latino.
Además, en su afán de síntesis dialéctica, no era posible que Benedicto XVI dejase transparentar la más mínima sospecha de ruptura o cisma litúrgico.
Era ineludible decir que El Misal Romano promulgado por San Pío V debe considerarse como la expresión extraordinaria de la misma «Lex orandi».
Era forzoso afirmar que Estas dos expresiones de la «lex orandi» de la Iglesia no inducen ninguna división de la «lex credendi» de la Iglesia; son, de hecho, dos usos del único rito romano.
En consecuencia, aparece claramente lo que constituye la verdadera razón de la declaración de la no abrogación de la Misa Romana como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia: es el famoso «un paso atrás, dos pasos adelante».
Sería ridículo pensar, y, sin embargo, no faltan cabezas mitradas que lo piensan, que el cambio de posición en el terreno de combate es debido a un inicio de restauración…
Concedemos que se trata de una estrategia de acercamiento hacia la Tradición… ¡Sí!… Pero para intentar envolverla y destruirla…
No se trata de una restauración. Es todo lo contrario: consolidar y legitimar la nueva misa protestantizante y el Concilio Vaticano II, sin fracturas trágicas o dramáticas; hacer creer que se trata de una evolución suave, y asegurarse de que ambos (conciliábulo y misa bastarda) sean universalmente reconocidos, aceptados y admitidos de forma pacífica.
Quienes pretenden demostrar que el Concilio Vaticano II no es un cisma doctrinal, quieren probar que la Nueva Misa no es un cisma litúrgico; antes bien, sostienen que ambos son el resultado de un desarrollo vital, que debe ser asumido y aceptado.
Para comprender la estrategia de Benedicto XVI con su Motu proprio, hay que referirse al discurso que dio ante la Curia Romana el 22 de diciembre de 2005.
He aquí algunos párrafos:
Por una parte existe una interpretación que podría llamar «hermenéutica de la discontinuidad y de la ruptura». Por otra parte, está la «hermenéutica de la reforma», de la renovación dentro de la continuidad del único sujeto-Iglesia, que el Señor nos ha dado; es un sujeto que crece en el tiempo y se desarrolla, pero permaneciendo siempre el mismo, único sujeto del pueblo de Dios en camino.
La hermenéutica de la discontinuidad corre el riesgo de acabar en una ruptura entre Iglesia preconciliar e Iglesia posconciliar.
A la hermenéutica de la discontinuidad se opone la hermenéutica de la reforma.
Es claro que en todos estos sectores, que en su conjunto forman un único problema, podría emerger una cierta forma de discontinuidad y que, en cierto sentido, de hecho se había manifestado una discontinuidad, en la cual, sin embargo, hechas las debidas distinciones entre las situaciones históricas concretas y sus exigencias, resultaba que no se había abandonado la continuidad en los principios.
Precisamente en este conjunto de continuidad y discontinuidad en diferentes niveles consiste la naturaleza de la verdadera reforma.
Al leer este documento y reflexionar sobre él, aparece claro que Benedicto XVI intenta hacer creer que entre la Doctrina Infalible de la Iglesia y la nueva doctrina conciliar no hay ninguna discontinuidad. En pocas palabras, nos dice que la Lex credendi hodierna e innovadora es la misma que la tradicional y perenne.
Ahora bien, sabemos muy bien que la Lex orandi es la expresión litúrgica de la Lex credendi.
Por lo tanto, después de haber resuelto en 2005 la cuestión de la Lex credendi, era necesario zanjar la cuestión de la Lex orandi.
Esta fue la misión del Motu proprio de 2007.
Algunas personas, laicos y clérigos, sacerdotes y obispos, creyeron que la batalla por la Misa se había ganado, y que ahora se debía librar la batalla por la doctrina.
Pero, considerando bien todas las cosas, lo que aparece con claridad es que para Benedicto XVI se cerró el capítulo… No se trata de un comienzo, sino del término del debate: para él, la nueva doctrina conciliar es la misma que la Doctrina Tradicional; del mismo modo que, para él, la nueva liturgia conciliar es coherente con la antigua Liturgia Romana…
Recordemos que para él la naturaleza de la verdadera reforma consiste en el conjunto de continuidad y discontinuidad en diferentes niveles…
Ahora estamos en condiciones de estudiar el artículo 1º del nefasto Motu proprio.
Joseph Ratzinger con Congar
El artículo 1º del Motu proprio
Aunque resulte redundante, debemos analizar en detalle este artículo 1º, que dice lo siguiente:
El Misal Romano promulgado por Pablo VI es la expresión ordinaria de la «Lex orandi», de la Iglesia católica de rito latino.
No obstante, el Misal Romano promulgado por San Pío V y nuevamente por el bienaventurado Juan XXIII debe considerarse como expresión extraordinaria de la misma «Lex orandi» y gozar del respeto debido por su uso venerable y antiguo.
Estas dos expresiones de la «Lex orandi» de la Iglesia no inducen de forma alguna una división de la «Lex credendi» de la Iglesia; son, de hecho, dos usos del único rito romano.
Por eso es lícito celebrar el Sacrificio de la Misa según la edición típica del Misal Romano promulgada por el bienaventurado Juan XXIII en 1962, y nunca abrogada, como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia.
Y pensar que hay quienes dicen que la Misa de siempre ha recuperado su derecho de ciudadanía en la Iglesia…
Sabemos bien que el Rito Romano de la Santa Misa nunca ha perdido su derecho. Ya lo hemos visto en anteriores Especiales.
Pero, si se reconoce el Motu proprio del 7 de julio de 2007, es necesario aceptar que el Rito Romano perdió, de jure, su condición de única forma ordinaria y oficial.
La Roma anticristo y modernista, por medio del Motu proprio, humilló el Rito Romano de la Santa Misa, intentando relegarlo a la condición de “forma extraordinaria” y uniéndolo al “rito bastardo”, que sería la “forma ordinaria” del único Rito Romano.
Si se reconoce el Motu proprio del 7 de julio de 2007, es necesario aceptar que el Misal Romano ya no es la expresión ordinaria; y que, por lo tanto, al menos de manera implícita, debe ser considerado abrogado como expresión ordinaria de la Liturgia Romana de la Iglesia.
Expliquemos, por si es necesario…
Debemos resaltar que el Motu proprio permite una doble lectura:
a) Por eso es lícito celebrar el Sacrificio de la Misa según la edición típica del Misal Romano promulgada por el bienaventurado Juan XXIII en 1962, y nunca abrogada, como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia.
(Proinde licet celebrare Sacrificium Missae iuxta editionem typicam Missalis Romani a B. Ioanne XXIII anno 1962 promulgatam et nunquam abrogatam, uti forman extraordinariam Liturgiae Ecclesiae.)
Y esto es una confirmación de la conclusión anterior: el Misal romano promulgado por San Pío V debe darse como abrogado en cuanto forma ordinaria de la Liturgia de la Iglesia.
b) Por eso es lícito celebrar, como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia, el Sacrificio de la Misa según la edición típica del Misal Romano promulgada por el bienaventurado Juan XXIII en 1962, y nunca abrogada.
(Proinde licet celebrare, uti forman extraordinariam Liturgiae Ecclesiae, Sacrificium Missae iuxta editionem typicam Missalis Romani promulgatam a B. Ioanne XXIII anno 1962, et nunquam abrogatam.)
Pero, ¿por qué es lícito celebrar como forma extraordinaria y no como forma ordinaria?
Se conoce la respuesta…: pues como forma ordinaria ha sido abrogada…
Por lo tanto, para ajustarse a la realidad, aquellos que aceptan el Motu proprio deberían sacar algunas conclusiones inexorables, pues es sabido que, puestas las premisas, se siguen las conclusiones.
Estimado lector, usted conoce ya esas conclusiones, pero, por las dudas, las resumo ahora:
— La Misa Romana no se abrogó nunca como forma extraordinaria.
— La Misa Romana se abrogó como forma ordinaria.
— Está permitido celebrar la Misa Romana como forma extraordinaria.
— Está prohibido celebrar la Misa Romana como forma ordinaria.
Por lo tanto, para aquellos que aceptan el Motu proprio, el estado de Derecho de la Misa Romana, como Misa oficial y ordinaria del Rito Latino Romano de la Iglesia, sería el siguiente:
1) Hasta 1969, la Misa Romana era la única Misa oficial y ordinaria del Rito Latino Romano de la Iglesia.
2) Desde 1969 hasta el 7 de julio de 2007, en la realidad y en la verdad del Derecho, la Misa Romana continuó siendo la única Misa oficial y ordinaria del Rito Latino Romano de la Iglesia.
3) Según el Motu Proprio y la Carta a los Obispos de julio de 2007, la Misa Romana ya no sería la Misa oficial y ordinaria del Rito Latino Romano de la Iglesia. Sería la forma extraordinaria…
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La Carta a los Obispos que acompaña al Motu proprio
Queridos Hermanos en el Episcopado:
Con gran confianza y esperanza pongo en vuestras manos de Pastores el texto de una nueva Carta Apostólica “Motu Proprio data” sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma efectuada en 1970. El documento es fruto de largas reflexiones, múltiples consultas y de oración.
Noticias y juicios hechos sin información suficiente han creado no poca confusión. Se han dado reacciones muy divergentes, que van desde una aceptación con alegría a una oposición dura, a un proyecto cuyo contenido en realidad no se conocía.
A este documento se contraponían más directamente dos temores, que quisiera afrontar un poco más de cerca en esta carta.
En primer lugar existe el temor de que se menoscabe la Autoridad del Concilio Vaticano II y de que una de sus decisiones esenciales —la reforma litúrgica— se ponga en duda. Este temor es infundado. Al respecto, es necesario afirmar en primer lugar que el Misal, publicado por Pablo VI y reeditado después en dos ediciones sucesivas por Juan Pablo II, obviamente es y permanece la Forma normal – la Forma ordinaria – de la Liturgia Eucarística. La última redacción del Missale Romanum, anterior al Concilio, que fue publicada con la autoridad del Papa Juan XXIII en 1962 y utilizada durante el Concilio, podrá, en cambio, ser utilizada como Forma extraordinaria de la Celebración litúrgica. No es apropiado hablar de estas dos redacciones del Misal Romano como si fueran “dos Ritos”. Se trata, más bien, de un doble uso del mismo y único Rito.
Por lo que se refiere al uso del Misal de 1962, como Forma extraordinaria de la Liturgia de la Misa, quisiera llamar la atención sobre el hecho de que este Misal no ha sido nunca jurídicamente abrogado y, por consiguiente, en principio, ha quedado siempre permitido. En el momento de la introducción del nuevo Misal, no pareció necesario emitir normas propias para el posible uso del Misal anterior. Probablemente se supuso que se trataría de pocos casos singulares que podrían resolverse, caso por caso, en cada lugar. Después, en cambio, se demostró pronto que no pocos permanecían fuertemente ligados a este uso del Rito romano que, desde la infancia, se les había hecho familiar. Esto sucedió, sobre todo, en los Países en los que el movimiento litúrgico había dado a muchas personas una notable formación litúrgica y una profunda e íntima familiaridad con la Forma anterior de la Celebración litúrgica. Todos sabemos que, en el movimiento guiado por el Arzobispo Lefebvre, la fidelidad al Misal antiguo llegó a ser un signo distintivo externo; pero las razones de la ruptura que de aquí nacía se encontraban más en profundidad. Muchas personas que aceptaban claramente el carácter vinculante del Concilio Vaticano II y que eran fieles al Papa y a los Obispos, deseaban no obstante reencontrar la forma, querida para ellos, de la sagrada Liturgia. Esto sucedió sobre todo porque en muchos lugares no se celebraba de una manera fiel a las prescripciones del nuevo Misal, sino que éste llegó a entenderse como una autorización e incluso como una obligación a la creatividad, lo cual llevó a menudo a deformaciones de la Liturgia al límite de lo soportable. Hablo por experiencia porque he vivido también yo aquel periodo con todas sus expectativas y confusiones. Y he visto hasta qué punto han sido profundamente heridas por las deformaciones arbitrarias de la Liturgia personas que estaban totalmente radicadas en la fe de la Iglesia.
El Papa Juan Pablo II se vio por tanto obligado a ofrecer con el Motu Proprio “Ecclesia Dei” del 2 de julio de 1988, un cuadro normativo para el uso del Misal de 1962, pero que no contenía prescripciones detalladas sino que apelaba, en modo más general, a la generosidad de los Obispos respecto a las “justas aspiraciones” de aquellos fieles que pedían este uso del Rito romano. En aquel momento el Papa quería ayudar de este modo sobre todo a la Fraternidad San Pío X a reencontrar la plena unidad con el Sucesor de Pedro, intentando curar una herida que era sentida cada vez con más dolor. Por desgracia esta reconciliación hasta ahora no se ha logrado; sin embargo una serie de comunidades han utilizado con gratitud las posibilidades de este Motu Proprio. Permanece difícil, en cambio, la cuestión del uso del Misal de 1962 fuera de estos grupos, para los cuales faltaban normas jurídicas precisas, sobre todo porque a menudo los Obispos en estos casos temían que la autoridad del Concilio fuera puesta en duda. Enseguida después del Concilio Vaticano II se podía suponer que la petición del uso del Misal de 1962 se limitaría a la generación más anciana que había crecido con él, pero desde entonces se ha visto claramente que también personas jóvenes descubren esta forma litúrgica, se sienten atraídos por ella y encuentran en la misma una forma, particularmente adecuada para ellos, de encuentro con el Misterio de la Santísima Eucaristía. Así ha surgido la necesidad de un reglamento jurídico más claro que, en tiempos del Motu Proprio de 1988 no era previsible; estas Normas pretenden también liberar a los Obispos de tener que valorar siempre de nuevo cómo responder a las diversas situaciones.
En segundo lugar, en las discusiones sobre el esperado Motu Proprio, se expresó el temor de que una más amplia posibilidad de uso del Misal de 1962 podría llevar a desórdenes e incluso a divisiones en las comunidades parroquiales. Tampoco este temor me parece realmente fundado. El uso del Misal antiguo presupone un cierto nivel de formación litúrgica y un acceso a la lengua latina; tanto uno como otro no se encuentran tan a menudo. Ya con estos presupuestos concretos se ve claramente que el nuevo Misal permanecerá, ciertamente, la Forma ordinaria del Rito Romano, no sólo por la normativa jurídica sino por la situación real en que se encuentran las comunidades de fieles.
Es verdad que no faltan exageraciones y algunas veces aspectos sociales indebidamente vinculados a la actitud de los fieles que siguen la antigua tradición litúrgica latina. Vuestra caridad y prudencia pastoral serán estímulo y guía para un perfeccionamiento. Por lo demás, las dos Formas del uso del Rito romano pueden enriquecerse mutuamente: en el Misal antiguo se podrán y deberán inserir nuevos santos y algunos de los nuevos prefacios. La Comisión “Ecclesia Dei”, en contacto con los diversos entes locales dedicados al usus antiquior, estudiará las posibilidades prácticas. En la celebración de la Misa según el Misal de Pablo VI se podrá manifestar, en un modo más intenso de cuanto se ha hecho a menudo hasta ahora, aquella sacralidad que atrae a muchos hacia el uso antiguo. La garantía más segura para que el Misal de Pablo VI pueda unir a las comunidades parroquiales y sea amado por ellas consiste en celebrar con gran reverencia de acuerdo con las prescripciones; esto hace visible la riqueza espiritual y la profundidad teológica de este Misal.
De este modo he llegado a la razón positiva que me ha motivado a poner al día mediante este Motu Proprio el de 1988. Se trata de llegar a una reconciliación interna en el seno de la Iglesia. Mirando al pasado, a las divisiones que a lo largo de los siglos han desgarrado el Cuerpo de Cristo, se tiene continuamente la impresión de que en momentos críticos en los que la división estaba naciendo, no se ha hecho lo suficiente por parte de los responsables de la Iglesia para conservar o conquistar la reconciliación y la unidad; se tiene la impresión de que las omisiones de la Iglesia han tenido su parte de culpa en el hecho de que estas divisiones hayan podido consolidarse. Esta mirada al pasado nos impone hoy una obligación: hacer todos los esfuerzos para que a todos aquellos que tienen verdaderamente el deseo de la unidad se les haga posible permanecer en esta unidad o reencontrarla de nuevo. Me viene a la mente una frase de la segunda carta a los Corintios donde Pablo escribe: “Corintios, os hemos hablado con toda franqueza; nuestro corazón se ha abierto de par en par. No está cerrado nuestro corazón para vosotros; los vuestros sí que lo están para nosotros. Correspondednos; … abríos también vosotros” (II Corintios, 6, 11-13). Pablo lo dice ciertamente en otro contexto, pero su invitación puede y debe tocarnos a nosotros, justamente en este tema. Abramos generosamente nuestro corazón y dejemos entrar todo a lo que la fe misma ofrece espacio.
No hay ninguna contradicción entre una y otra edición del Missale Romanum. En la historia de la Liturgia hay crecimiento y progreso pero ninguna ruptura. Lo que para las generaciones anteriores era sagrado, también para nosotros permanece sagrado y grande y no puede ser improvisamente totalmente prohibido o incluso perjudicial. Nos hace bien a todos conservar las riquezas que han crecido en la fe y en la oración de la Iglesia y de darles el justo puesto. Obviamente para vivir la plena comunión tampoco los sacerdotes de las Comunidades que siguen el uso antiguo pueden, en principio, excluir la celebración según los libros nuevos. En efecto, no sería coherente con el reconocimiento del valor y de la santidad del nuevo rito la exclusión total del mismo.
En conclusión, queridos Hermanos, quiero de todo corazón subrayar que estas nuevas normas no disminuyen de ningún modo vuestra autoridad y responsabilidad ni sobre la liturgia, ni sobre la pastoral de vuestros fieles. Cada Obispo, en efecto es el moderador de la liturgia en la propia diócesis (cfr. Sacrosanctum Concilium, nº 22: “Sacræ Liturgiæ moderatio ab Ecclessiæ auctoritate unice pendet quae quidem est apud Apostolicam Sedem et, ad normam iuris, apud Episcoporum”).
Por tanto, no se quita nada a la autoridad del Obispo cuyo papel será siempre el de vigilar para que todo se desarrolle con paz y serenidad. Si surgiera algún problema que el párroco no pueda resolver, el Ordinario local podrá siempre intervenir, pero en total armonía con cuanto establecido por las nuevas normas del Motu Proprio.
Además os invito, queridos Hermanos, a escribir a la Santa Sede un informe sobre vuestras experiencias tres años después de que entre en vigor este Motu Proprio. Si vinieran a la luz dificultades serias se buscarían vías para encontrar el remedio.
Queridos Hermanos, con ánimo agradecido y confiado, confío a vuestro corazón de Pastores estas páginas y las normas del Motu Prorpio. Recordemos siempre las palabras que el Apóstol Pablo dirigió a los presbíteros de Efeso: “Tened cuidado de vosotros y de toda la grey, en medio de la cual os ha puesto el Espíritu Santo como vigilantes para pastorear la Iglesia de Dios, que él se adquirió con la sangre de su propio Hijo” (Hechos, 20, 28).
Confío a la potente intercesión de María, Madre de la Iglesia, estas nuevas normas e imparto de corazón mi Bendición Apostólica a Vosotros, queridos Hermanos, a los párrocos de vuestras diócesis y a todos los sacerdotes, vuestros colaboradores, así como a todos vuestros fieles.
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Leamos ahora el artículo 1º del Motu proprio a la luz de la Carta a los Obispos:
A) Dice el Motu proprio:
El Misal Romano promulgado por Pablo VI es la expresión ordinaria de la «Lex orandi» de la Iglesia católica de rito latino.
A’) Dice la Carta a los Obispos:
Es necesario afirmar, en primer lugar, que el Misal publicado por Pablo VI y reeditado después en dos ediciones sucesivas por Juan Pablo II, obviamente es y permanece la Forma normal – la Forma ordinaria – de la Liturgia Eucarística.
B) Dice el Motu proprio:
El Misal Romano promulgado por San Pío V y reeditado por el bienaventurado Juan XXIII debe considerarse como la expresión extraordinaria de la misma «Lex orandi» y gozar del respeto debido por su uso venerable y antiguo.
B’) Dice la Carta a los Obispos:
La última redacción del Missale Romanum, anterior al Concilio, que fue publicada con la autoridad del Papa Juan XXIII en 1962 y utilizada durante el Concilio, podrá, en cambio, ser utilizada como Forma extraordinaria de la Celebración litúrgica (…) El nuevo Misal permanecerá, ciertamente, la Forma ordinaria del Rito Romano, no sólo por la normativa jurídica sino por la situación real en que se encuentran las comunidades de fieles.
C) Dice el Motu proprio:
Estas dos expresiones de la «lex orandi» de la Iglesia no inducen ninguna división de la «lex credendi» de la Iglesia; son, de hecho, dos usos del único rito romano.
C’) Dice la Carta a los Obispos:
No es apropiado hablar de estas dos redacciones del Misal Romano como si fueran “dos Ritos”. Se trata, más bien, de un doble uso del mismo y único Rito.
No hay ninguna contradicción entre una y otra edición del Missale Romanum.
Por lo demás, las dos Formas del uso del Rito romano pueden enriquecerse mutuamente
D) Dice el Motu proprio:
Por eso es lícito celebrar el Sacrificio de la Misa según la edición típica del Misal Romano promulgada por el bienaventurado Juan XXIII en 1962, y nunca abrogada, como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia.
D’) Dice la Carta a los Obispos:
Por lo que se refiere al uso del Misal de 1962, como Forma extraordinaria de la Liturgia de la Misa, quisiera llamar la atención sobre el hecho de que este Misal no ha sido nunca jurídicamente abrogado y, por consiguiente, en principio, ha quedado siempre permitido.
E) Dice el Motu proprio:
Sin embargo, las condiciones para el uso de este Misal establecidas en los documentos anteriores «Quattuor abhinc annis» y «Ecclesia Dei», se sustituirán como se establece a continuación.
E’) Dice la Carta a los Obispos:
Obviamente para vivir la plena comunión los sacerdotes de las Comunidades que siguen el uso antiguo no pueden, en principio, excluir la celebración según los libros nuevos. En efecto, no sería coherente con el reconocimiento del valor y de la santidad del nuevo rito la exclusión total del mismo.
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Relaciones entre la Fe y la Liturgia
Se habla mucho de la llamada “liberalización de la misa por el papa Benito XVI”.
Se la presenta, incluso, como un indicio de restauración en la Iglesia y como el primer paso de una vuelta a la fe para numerosos sacerdotes y laicos.
¿Qué debemos pensar de esto?
Rezar o celebrar la Misa Romana no significa, de modo absoluto, adherir a toda la Doctrina Tradicional y rechazar todos los errores del concilio Vaticano II y del modernismo.
Por lo tanto, a partir del Motu proprio, nos vemos obligados a distinguir a los sacerdotes según su doctrina y no ya solamente según la Misa que celebran. Ahora la distinción es más sutil y difícil. Hasta ahora bastaba saber qué misa celebraban.
Por otra parte, no hay que caer en la seductora ilusión de que el rezo de la Misa Romana, por sí solo, pueda suministrar al sacerdote y a los laicos la sana doctrina.
Como prueba de esto tenemos a los ortodoxos, que nunca han cambiado la liturgia desde hace siglos y que, con todo, permanecen fuera de la Iglesia, cismáticos y herejes.
Sabemos que durante el Concilio Vaticano II todos los obispos celebraban la Misa Romana, y con todo se infiltró a este concilio un espíritu y unos principios contrarios a la Tradición de la Iglesia.
Más recientemente, los institutos que se acogieron a los indultos de 1984 y 1988 y entraron en la Comisión Ecclesia Dei, después de su acuerdo con Roma, poco a poco, aceptaron la rectitud canónica y doctrinaria de la nueva misa, así como las nuevas doctrinas resultantes del concilio Vaticano II, celebrando, al mismo tiempo, la Misa Romana.
Más recientemente, la neo F₪₪PX, que aceptó, festejó, difundió y difunde el Motu proprio de 2007, llega a sostener la validez y legitimidad de la nueva misa, así como el 95 % del conciliábulo, celebrando, al mismo tiempo, la Misa Romana.
Todos estos hechos muestran que la santidad de la Misa no basta para conservar la fe o recuperarla.
¿Cuál es la razón?
Se puede conservar del rito y de las ceremonias de la Misa lo que aportan a la sensibilidad religiosa, a las preferencias estéticas por un rito antiguo, al “deseo espiritual” y a las “justas aspiraciones” de un alma sedienta de cosas bellas y sagradas.
Pero allí no se tiene en cuenta la doctrina, ni incluso la religión. Sólo cuenta lo que satisface a algunos deseos y aspiraciones religiosas. Es el sentimiento el que guía y no la fe. No se ve o no se quiere ver la relación entre la liturgia y la doctrina.
Se podrá objetar que la buena liturgia está necesariamente vinculada con la doctrina buena, según el proverbio Lex orandi, lex credendi es decir, la ley del rezo, es la ley de la fe.
Sí, los dos están vinculados, pero no en el sentido que se querría hacernos admitir. La verdad es que la ley de la fe es la que establece la del rezo, pero no a la inversa, salvo que sea para deformar la fe por medio de una liturgia espuria.
Pio XII lo señaló muy bien en su encíclica Mediator Dei:
Este inconcuso derecho de la jerarquía eclesiástica se prueba también por el hecho de que la sagrada Liturgia está íntimamente unida con aquellos principios doctrinales que la Iglesia propone como parte integrante de verdades ciertísimas, y, por consiguiente, tiene que conformarse a los dictámenes de la fe católica, proclamados por la autoridad del Magisterio supremo, para tutelar la integridad de la religión por Dios revelada.
A este propósito, venerables hermanos, juzgamos necesario poner en su punto una cosa que creemos que no os será desconocida: nos referimos al error y engaño de los que han pretendido que la Liturgia era como un experimento del dogma, de tal manera que, si una de estas verdades hubiera producido, a través de los ritos de la sagrada liturgia, frutos de piedad y de santidad, la Iglesia hubiese tenido que aprobarla, y, en el caso contrario, reprobarla. De ahí aquel principio: Lex orandi, Lex credendi (La ley de la oración, es ley de la fe).
No es, sin embargo, esto lo que enseña o manda la Iglesia. El culto que ella tributa a Dios es, como breve y claramente dice San Agustín, una continua profesión de fe católica y un ejercicio de la esperanza y de la caridad: «Dios debe ser honrado con la fe, la esperanza y la caridad» (Enchiridion c.3).
En la sagrada liturgia hacemos explícita y manifiesta profesión de fe católica, no sólo con la celebración de los misterios divinos, con la consumación del Sacrificio y la administración de los Sacramentos, sino también rezando y cantando el Símbolo de la fe, que es como insignia y distintivo de los cristianos; con la lectura de otros documentos y de las Escrituras Sagradas, escritas por inspiración del Espíritu Santo. Toda la Liturgia tiene, por consiguiente, un contenido de fe católica, en cuanto que testimonia públicamente la fe de la Iglesia.
Por este motivo, cuando se ha tratado de definir un dogma, los Sumos Pontífices y los Concilios, recurriendo a las llamadas «Fuentes Teológicas», muchas veces han deducido también argumentos de esta sagrada disciplina; como hizo, por ejemplo, nuestro predecesor, de inmortal memoria, Pío IX, cuando definió la Inmaculada Concepción de la Virgen María. De la misma manera, también la Iglesia y los Santos Padres, cuando se discutía sobre una verdad controvertida o puesta en duda, nunca han dejado de pedir luz a los ritos venerables transmitidos por la antigüedad.
Así se obtiene también el conocido y venerado adagio: “Legem credendi lex statuat supplicandi” (La ley de la fe determine la ley de la oración) (De gratia Dei “Indiculus”).
La sagrada Liturgia, por consiguiente, no determina ni constituye en sentido absoluto y por virtud propia la fe católica, sino más bien, siendo como es una profesión de las verdades divinas, profesión sujeta al supremo Magisterio de la Iglesia, puede proporcionar argumentos y testimonios de no escaso valor para aclarar un punto determinado de la doctrina cristiana.
De aquí que, si queremos distinguir y determinar de manera general y absoluta las relaciones que existen entre fe y liturgia, se puede con razón afirmar: “Lex credendi legem statuat supplicandi” (Que la ley de la fe establezca la ley de la oración).
Lo mismo hay que decir también cuando se trata de las otras virtudes teologales: “En la… fe, en la esperanza y en la caridad oramos siempre con deseo continuo” (San Augustin. Epist. 130, ad Probam, 18).
Se ve, pues, por este texto de Pío XII, que la Liturgia está en dependencia de la Fe y no al revés: se puede honrar a Dios por la Liturgia, si se tienen de antemano la Fe recta, la Esperanza verdadera y la Caridad genuina.
Dicho de otro modo: la Liturgia y la Misa no pueden hacer profesar y alimentar la Fe sino en los que ya la poseen.
Es importante recordar que la Misa no tiene por finalidad enseñar. Esto corresponde a los cursos de Catecismos y a los sermones.
En pocas palabras, la finalidad de la Misa es unir al Sacrificio de Jesucristo al que ya cree en este misterio.
Es prácticamente imposible que cumplan con los cuatro fines del Sacrificio de la Misa, y sobre todo con la adoración y la satisfacción por los pecados, los que, deformados por el Vaticano II y la misa bastarda, sólo honran al progreso de la Humanidad y ya no creen en el pecado y sus penas.
Por otra parte, si bien la Misa da a conocer algunas verdades de la fe, conocer no es creer. Todo depende de las disposiciones del que asiste a la Misa o la reza.
Si en una mentalidad modernista y liberal introducimos lo que la Misa Romana enseña sobre la Fe y la doctrina, el resultado será semejante (con la diferencia abismal que existe) a lo que sucedería si ponemos un buen vino en una botella que contenía perfume o nafta.
Esto da una mala mezcla, que no es otra cosa que el Vaticano II: la relativización de toda verdad.
Teniendo cada uno su herencia, sus valores y su sensibilidad (para hablar como lo hacen los modernistas, con Juan Pablo II y Benedicto XVI a la cabeza), ese perfume y esa nafta relativizarán y echarán a perder aquello con lo cual la Misa Romana pudiese enriquecerlos.
Insisto, porque es necesario: la liturgia es la expresión de la fe.
Un cambio en la fe implica un cambio en la liturgia.
Es por eso que, después del Concilio de Trento, el Papa San Pío V emprendió la restauración de los libros litúrgicos.
El Concilio, condenando los errores y abusos en curso, se sentía en el deber de rectificar en la santa liturgia las desviaciones introducidas por abusos.
Era necesario restaurar la liturgia en la pureza de la fe.
Joseph Ratzinger y Karl Rahner
Es lo que impulsó también a muchos “padres conciliares” a pedir una reforma de la liturgia durante el Segundo Concilio del Vaticano…
No que éste haya condenado los errores y abusos modernos, sino que la liturgia tradicional no era adecuada para expresar la “fe” que los “periti”, los expertos…, habían inculcado en muchos “padres conciliares”, y éstos expresado en los documentos conciliares…; “fe” que permanecía latente en los miembros del Movimiento Litúrgico desviado… y actuaban en la Santa Sede…
Era necesario, pues, cambiar la liturgia para que su errónea doctrina se manifestase y se mantuviese en el espíritu de los fieles.
Debemos, pues, más que nunca seguir siendo prudentes.
Un hereje que celebra una liturgia herética es menos peligroso que un hereje que celebraría la liturgia romana, ya que en este segundo caso nada manifestaría sus errores.
El problema de la Liturgia es un problema sobre todo de Fe; en consecuencia, incluso si la antigua liturgia fuese mañana obligatoria, eso no podría bastar a solucionar el problema de la crisis.
Es necesario que la verdadera fe sea proclamada nuevamente y profesada en su integridad.
Leamos una de las últimas reflexiones de Monseñor Lefebvre:
Ciertamente, la cuestión de la Liturgia y de los Sacramentos es muy importante, pero esto no es lo más importante. Lo más importante es la Fe.
Para nosotros este tema no está resuelto.
Nosotros tenemos la Fe de siempre, la del Concilio de Trento, del Catecismo de San Pío X, de todos los Concilios y de todos los Papas anteriores al Vaticano II.
No es solamente la Liturgia lo que queremos defender. Naturalmente la Liturgia es la expresión de nuestra Fe, y no queremos que sea atacada o desfigurada, pero los problemas de la Fe son aún más importantes.
El problema de fondo de nuestra perseverancia en la Tradición, a pesar de las órdenes dadas por Roma para abandonarla, es el problema de un grave y profundo cambio en el trato de la Iglesia con el mundo…, de bajar las armas y entrar en diálogo de paz y entendimiento…, de una tregua falaz, que permitirá al enemigo penetrar por todas partes y corromper las fuerzas adversas.
Esta tregua es el ecumenismo liberal, instrumento diabólico de la autodestrucción de la Iglesia.
No puede uno aceptar tal contradicción, un “ilogismo” tan singular. Es una situación de lo más incómoda, y es la dificultad de todos esos grupos que se encuentran actualmente en un callejón sin salida.
La única actitud lógica para conservar la Fe católica es conservar también la Misa católica.
Esta misa es contraria el Concilio, contraria al ecumenismo, e igualmente contraria al liberalismo que se encuentra en el Vaticano II.
(De la última entrevista realizada a Monseñor Lefebvre por la revista Fideliter, con ocasión del 20º aniversario de la fundación de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, publicada en el número 79 de dicha publicación, en enero-febrero de 1991, dos meses antes de la muerte del Fundador).
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Conclusión
La Misa no basta para corresponder a la Fe.
¿La vuelta a la Fe por medio del birritualismo?
¡No!, sino más bien, por la verdadera Fe, la llegada o la vuelta a la única Misa Romana.
Si no se regresa a la profesión íntegra de la Fe, sin rupturas con la Tradición, la dialéctica con el Misal Romano no dejará de ser una diabólica astucia.
Por esta razón, después de librarse de la trampa del Protocolo y de haber transmitido el episcopado por las consagraciones de junio de 1988, hablando sobre las posibles futuras relaciones con Roma, Monseñor Marcel Lefebvre dijo:
Plantearía la cuestión a nivel doctrinal: “¿Están de acuerdo con las grandes Encíclicas de todos los Papas que los precedieron? ¿Están de acuerdo con Quanta Cura de Pío IX, Immortale Dei, Libertas de León XIII, Pascendi de Pío X, Quas Primas de Pío XI, Humani Generis de Pío XII? ¿Están en plena comunión con estos Papas y con sus afirmaciones? ¿Aceptan aún el Juramento Antimodernista? ¿Están a favor del Reinado Social de Nuestro Señor Jesucristo?”
Si no aceptan la doctrina de sus antecesores, es inútil hablar. Mientras no hayan aceptado reformar el Concilio considerando la doctrina de estos Papas que los precedieron, no hay diálogo posible. Es inútil. Las posiciones quedarían así más claras.
No es una pequeña cosa la que nos opone.
No basta que se nos diga: “pueden rezar la Misa antigua, pero es necesario aceptar esto”.
No, no es solamente eso lo que nos opone, es la Doctrina. Queda claro.
Creíamos que había quedado claro…
Pero, desde el año 2000, las cosas se enturbiaron…
Más particularmente, desde el 7 de julio de 2007, las cosas son muy oscuras…
Y después de la aceptación del levantamiento de las excomuniones, en enero de 2009, la situación tiene un negro porvenir.
Ahora, la Neo F₪₪PX reconoce abiertamente que, manteniendo las relaciones doctrinales con Roma, se aparta de esas palabras del fundador después de las consagraciones de junio de 1988.
En efecto, en el artículo Roma y Ecône: Preguntas y Respuestas, publicado en la revista Fideliter Nº 189, mayo-junio de 2009, páginas 64-66, que he analizado en septiembre de 2009, se lee:
Aquello en lo cual la Fraternidad se aparta es que, allí donde Monseñor Lefebvre preconizaba un cuestionamiento de orden doctrinal, veinte años después, la Fraternidad ha optado por tres etapas, de las cuales:
— la primera es a la vez disciplinar y litúrgica (libertad para la misa),
— la segunda disciplinar (decreto del 21 de enero),
— la tercera a la vez doctrinal y experimental (discusiones doctrinales).
Nosotros, por nuestra parte, queremos seguir la Tradición doctrinal y litúrgica: No es una pequeña cosa la que nos opone.
No basta que se nos diga: “pueden rezar la Misa antigua, pero es necesario aceptar esto”.
No, no es solamente eso lo que nos opone, es la Doctrina.