AGENDA NOM: VARIADITO DE PAÑUELOS

MISTERIOS DE INIQUIDAD

 

VARIADITO DE PAÑUELOS

 

PAÑUELOS AMARILLO-TRANS EN URUGUAY

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En el Río de la Plata, en países como Argentina y Uruguay, al igual que otros del Cono Sur como Chile y Paraguay, se ha puesto de moda acompañar debates parlamentarios con temas que despiertan fuerte sensibilidad social con diversos símbolos y emblemas.

Aún está fresca la imagen de las pañoletas celestes y verdes que fueron utilizadas en Argentina con respecto a la discusión sobre la despenalización del aborto, iniciativa que de momento no prosperó.

Pero en Uruguay, en las últimas horas, otro fue el color que generó la atención y que fue utilizado por diversos parlamentarios: el amarillo.

Efectivamente, fue a través del uso de pañoletas de color amarillo que varios legisladores —en su mayoría pertenecientes al oficialista Frente Amplio (izquierda), aunque también fue acompañado por algunos integrantes de la oposición— se embanderaron para darle sanción definitiva (62 en 88 votos) luego de 10 horas de discusión, en la Cámara de Representantes, a la denominada Ley Integral para las Personas Trans.

En ese sentido, el objeto de la ley establece lo siguiente:

Esta ley tiene como objeto asegurar el derecho de las personas trans de todas las edades, de las diversas orientaciones sexuales, condiciones socioeconómicas, pertenencia territorial, origen nacional, creencias, orígenes culturales y étnico-raciales o situación de discapacidad, a una vida libre de discriminación y estigmatización para lo que se establecen mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección, promoción y reparación”.

Entre otras cosas, además de hacer referencia a definiciones con clara referencia a la ideología de género, a través de esta normativa se busca otorgar facilidades para el cambio de nombre de las personas trans en el Registro Civil de Uruguay (identificación), así como el acceso a intervenciones quirúrgicas, tratamientos hormonales y ciertos beneficios en cuanto a empleo, vivienda, reparación económica, entre otros.

La norma ahora deberá ser promulgada por el Poder Ejecutivo, pero representa la primera de este tipo aprobada en América Latina. De momento, esta ley se suma a otras ya aprobadas en cuanto a diversos colectivos como la despenalización del aborto, la marihuana y el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Uno de los principales ejes de discusión entre quienes expresaron reparos al avance de esta ley a nivel parlamentario tuvo que ver sobre si verdaderamente se hacía necesario legislar al respecto y si en definitiva no se estaba priorizando el tema de los privilegios por encima de los derechos. Desde los colectivos LGBTI se aplaudió la iniciativa y varios de sus integrantes que siguieron la discusión desde el recinto lo celebraron con sus pañuelos amarillos.

Las presiones de parte de estos grupos, con rol activo para que prosperara el proyecto, además de aspectos electorales, son también factores que tampoco han pasado desapercibidos.

Por otro lado, el tema de los menores de 18 años también ha generado cuestionamientos debido a que el proyecto establecía que no era necesario el consentimiento de los padres para el cambio de nombre o el inicio de un tratamiento hormonal. La ley terminó estableciendo que los menores que quieran cambiar su nombre y sexo deberán hacerlo “acompañados de sus representantes legales, o acreditando el conocimiento de éstos de la realización del trámite, y en todo caso prestando su anuencia expresa al mismo”.

OLA CELESTE EN MÉXICO

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En Ciudad de México, Querétaro, Guerrero y Nayarit manifestantes exigen al presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, que se retire de la agenda nacional el tema de la legalización del aborto: No representa las necesidades de las mujeres, arguyen.

Miles de personas marcharon ayer en Querétaro, Nayarit y Guerrero, para exigir al presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, que no permita que minorías impongan una agenda a favor del aborto, manifestaron que la propuesta de la próxima titular de la Secretaría de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, para despenalizarlo, no representa las verdaderas necesidades de las mujeres del país.

Por el contrario, en Mazatlán, Sinaloa, activistas realizaron una movilización a favor de la despenalización del aborto y en contra de las acciones del grupo Pro Vida. Irán Sánchez, del Colectivo Estudiantil Independiente, argumentó que es necesario que las mujeres sean quienes decidan sobre su cuerpo y no que les impongan legislaciones que sólo las dañan y afectan.

Unas de las protestas más concurridas ocurrió en Tepic, Nayarit, donde un millar de personas vestidas de blanco y pañoletas azules atadas al cuello realizaron una marcha, en la cual destacó la presencia de enfermeras y doctores que portaban manta con la leyenda: Yo estudié para salvar, no para matar.

El aborto en México se considera legal en todos los códigos penales estatales en casos de violación, y todos, salvo los códigos de Guanajuato, Guerrero y Querétaro, lo permiten cuando hay riesgo para la vida de la mujer; catorce de los treinta y uno extienden estos casos para incluir deformidades fetales graves; y el estado de Yucatán desde 1922 incluye factores económicos cuando la mujer ya ha dado a luz a tres o más niños.

Sin embargo, en la práctica hay pocos estados que faciliten el aborto inducido en estos casos, aunque tampoco procesan a los médicos que ofrecen abortos seguros ilegales ni a los médicos clandestinos más baratos.

En la Ciudad de México está despenalizado desde 2007 a petición de la mujer hasta las doce semanas de embarazo de manera libre y sin decir la causa que les lleva a tomar esa decisión.

SE REAFIRMAN EN COLOMBIA LAS LEYES DE 2006

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En Colombia se debatió sobre la decisión de no reducir las semanas para interrumpir el embarazo. El aborto se mantiene sin límite de tiempo.

Esta semana la Corte Constitucional tomó una decisión clave sobre el tema de aborto en el país. Luego de un estudio sobre una tutela impuesta por una mujer que tuvo barreras para interrumpir su embarazo, una ponencia hecha por la magistrada Cristina Pardo pretendía limitar las semanas en las que una mujer podría practicarse un aborto.

Tras 10 horas de debate y con una votación de 6 a 3, el alto tribunal estableció que no se pueden imponer límites máximos para la realización de la interrupción voluntaria del embarazo.

La decisión incluso fue más allá y evidenció que aún después de 12 años de la despenalización parcial del aborto en el país por tres causales, las mujeres siguen teniendo barreras administrativas para el aborto legal.

La Corte afirmó que hay por lo menos 46 barreras que las mujeres deben surtir para poder acceder a un aborto legal, demoras que terminan llevando a que muchas veces los abortos se hagan en estados avanzados del embarazo, o que se ponga en riesgo su vida. «La Corte reafirma el deber de eliminar las barreras que las mujeres enfrentan en el sistema de salud para poder acceder a ese procedimiento», dijo el alto tribunal.

Para la Corte es claro que las barreras administrativas «pueden constituir violencia de género, y un trato cruel e inhumano». Así, «la Corte propende por no limitar el derecho al aborto bajo las tres causales reconocidas en el 2006».

Desde que se conoció la postura de la magistrada Pardo, varias organizaciones a favor del aborto y que se han unido a la ola verde —por las mujeres que usan pañuelos de ese color en Argentina— han protestado a favor de un aborto legal, seguro y libre para las mujeres. Se hicieron incluso plantones en la plaza de Bolívar y marchas para manifestarse contra la ponencia. Lo hicieron también organizaciones en contra de la interrupción del embarazo que expresaron su inconformidad por la decisión tomada por la Corte Constitucional.

Desde el 2006, en Colombia el aborto no es penalizado en las siguientes circunstancias:

1) Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer.

2) Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida.

3) Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto.

Los siguientes requisitos NO se les pueden pedir a las mujeres que buscan acceder al aborto no punible:

Juntas médicas, de revisión o de aprobación por auditores, que ocasionen tiempos de espera injustificados para la práctica del aborto inducido.

Exámenes de salud que no son practicados de manera oportuna y que impliquen dilaciones injustificadas.

Autorizaciones o notificaciones de familiares —ni de los padres, ni de los esposos o compañeros permanentes—, asesores jurídicos, auditores, o pluralidad de médicos.

Consentimiento de los padres o tutores en el caso de las niñas embarazadas menores de 14 años.

En los casos de violación o acceso carnal abusivo, está prohibido:

a) Exigirle a la mujer cualquier evidencia forense que busque acreditar la penetración sexual.

b) Requerir pruebas que busquen establecer que la relación sexual fue involuntaria o abusiva.

c) Exigir que la violación sea confirmada por autoridades judiciales o de policía.

Según la Corte Constitucional, las entidades de salud tienen prohibido, entre otros items, los siguientes:

Alegar objeción de conciencia colectiva que desencadena, a su turno, objeciones de conciencia institucionales e infundadas.

Suscribir pactos —individuales o conjuntos— para negarse a practicar la interrupción del embarazo.

Acogerse a formatos o plantillas de adhesión que incidan en que las entidades hospitalarias no cuenten en su planta de personal con médicos dispuestos a prestar los servicios de interrupción voluntaria del embarazo.

Descalificar conceptos médicos expedidos por psicólogos a quienes la Ley 1090 de 2006 les reconoce el estatus de profesionales de la salud.

EN ARGENTINA AHORA TODOS FINANCIAMOS A LAS ACTIVISTAS

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Luego de que el Banco Interamericano de Desarrollo le otorgara un préstamo de 200 millones de dólares a la Argentina, para garantizar la implementación de políticas de género, el gobierno nacional asignó una partida extra presupuestaria, de nada más y nada menos 6 millones de pesos, para solventar el transporte de mujeres al 33° Encuentro Nacional celebrado en la provincia de Chubut.

De acuerdo a la Decisión Administrativa 1701 publicada en el Boletín Oficial, el gobierno asignó una partida presupuestaria extra para “atender acciones destinadas al Encuentro Nacional de Mujeres 2018” que culminó en Trelew. El texto oficial de la Modificación Presupuestaria avalada por el Jefe de Gabinete y el Ministro Dujovne señala que:

Es oportuno incrementar por compensación los créditos corrientes del INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, en detrimento de las transferencias de capital, con el objeto de atender acciones destinadas al Encuentro Nacional de Mujeres 2018, ayudas sociales a personas para el Programa de Ayudas Urgentes y transferencias corrientes destinadas a los Proyectos de Escuelas Populares en Formación de Género y de Fortalecimiento Institucional, ambos del INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES (INAM)“.

El sitio El Disenso mostró que, coincidentemente con lo publicado en el Boletín Oficial, se incluyen tres modificaciones: una por 6 millones, otra por 300 mil pesos y otra por 2 millones de pesos tal como la muestra la siguiente imagen oficial:

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Si comparamos con los ítems detallados en la Decisión Administrativa, podemos consignar la utilización de:

$6.000.000 para transporte (acciones destinadas al Encuentro Nacional de Mujeres 2018).

$300.000 para “ayudas sociales” a personas para el Programa de Ayudas Urgentes.

$2.000.000 para “transferencias corrientes destinadas a los Proyectos de Escuelas Populares en Formación de Género y de Fortalecimiento Institucional“.

De esta manera, explica El Disenso, podemos afirmar que el gobierno pagó 6 millones de pesos del presupuesto nacional en “transporte” para el Encuentro Nacional de Mujeres.

Buen momento para recordar aquellas proféticas palabras de Jean Vaquié:

El enemigo ha tejido un asedio cerrado que, si bien es artificial, se impone de una manera absoluta. Las fuerzas contrarrevolucionarias son incesantemente neutralizadas, mutiladas y aniquiladas. Las fuerzas contrarrevolucionarias son, humanamente, impotentes. El dispositivo revolucionario es inexpugnable. Las fuerzas contrarrevolucionarias están constreñidas por los medios de la «legalidad» revolucionaria. Somos apremiados a los medios de la “legalidad” revolucionaria, que, por añadidura, será cada día más rigurosa, reduciendo cada vez más nuestros medios de defensa.

¿Qué debemos o podemos hacer?:

No debemos votar.

Debemos sacar a nuestros hijos de los colegios.

Si se aprobase la ley de aborto en nuestro país, no deberemos pagar más impuestos que financien la revolución enemiga de Dios.

Fuentes:

https://es.aleteia.org/2018/10/19/que-es-la-ley-integral-para-personas-trans-que-fue-aprobada-en-uruguay/

https://vanguardia.com.mx/articulo/marchan-miles-en-mexico-contra-el-aborto

https://www.eltiempo.com/podcast/degeneradas/aborto-en-colombia-no-tiene-limites-de-semanas-dice-la-corte-constitucional-283320

https://www.semana.com/nacion/articulo/como-abortar-legalmente-en-colombia/587541

https://www.clinicasabortos.mx/ley-del-aborto-en-mexico

https://diarionoticias.com.ar/politica/item/7005-el-gobierno-de-macri-aporto-6-millones-del-presupuesto-nacional-para-llevar-mujeres-al-encuentro-de-trelew

https://www.eldisenso.com/politica/macri-aporto-6-millones-del-presupuesto-nacional-para-llevar-mujeres-al-encuentro-de-trelew/