EL ESTADO SERVIL

CONSERVANDO LOS RESTOS II

 

Tercera entrega

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HILAIRE BELLOC

EL ESTADO SERVIL

Traducido por Bruno Jacovella (Buenos Aires 1945)

INTRODUCCIÓN

EL TEMA DE ESTE LIBRO

Este libro ha sido escrito para sostener y probar la verdad siguiente:

Que nuestra sociedad moderna, en la cual los medios de producción son poseídos por unos pocos, hallándose necesariamente en equilibrio inestable, tiende a alcanzar una condición de equilibrio estable mediante la implantación del trabajo obligatorio, legalmente exigible a los que no poseen los medios de producción, para beneficio de los que los poseen.

Con este principio de compulsión aplicado contra los desposeídos, tiene que producirse también una diferencia en su status; y a los ojos de la sociedad y de la ley positiva, los hombres serán divididos en dos clases: la primera, económica y políticamente libre, en posesión, ratificada y garantizada, de los medios de producción; la segunda, sin libertad económica ni política, pero a la cual, por su misma falta de libertad, se le asegurarán al principio la satisfacción de ciertas necesidades vitales y un nivel mínimo de bienestar, debajo del cual no caerán sus miembros.

Una vez alcanzada tal condición, la sociedad se verá libre de sus actuales tensiones internas y adquirirá una forma que será estable, vale decir, susceptible de prolongarse indefinidamente sin cambio. En ella se resolverán los varios factores de inestabilidad que perturban cada vez más la forma de sociedad llamada capitalista, y los hombres estarán conformes en aceptar ese orden de cosas y seguir viviendo en él.

En virtud de razones que se expondrán en la sección siguiente, daré a tal sociedad estable el nombre de EL ESTADO SERVIL.

No tomaré a mi cargo juzgar si esta organización próxima de nuestra sociedad moderna es buena o mala. Sólo me ocuparé en mostrar la tendencia necesaria a ella, que existió mucho tiempo, y las disposiciones sociales recientes que evidencian que empezó ya positivamente.

Este nuevo estado resultará aceptable a los que deseen, derechamente o por lógica implicancia, el restablecimiento actual de una diferencia de status entre poseedores y desposeídos, y resultará desagradable a los que contemplan tal distinción con malos ojos o bien con temor.

No será mi cometido terciar en la discusión que sostienen estos dos tipos de pensadores modernos, sino hacer ver a cada uno y a los dos que lo que el uno preconiza y el otro quiere evitar lo tienen ya encima.

Probaré mi tesis, en particular, con el ejemplo de la sociedad industrial de Gran Bretaña, incluyendo ese rincón pequeño, extranjero y excepcional de Irlanda que padece o disfruta la organización industrial hoy día.

Dividiré el tema así:

1) Formularé algunas definiciones.

2) A seguida describiré la institución de la esclavitud y EL ESTADO SERVIL, del cual constituye la base, tales como eran en la antigüedad.

Luego:

3) Esbozaré muy sumariamente el proceso por el cual esa institución milenaria de la esclavitud fue disuelta paulatinamente durante los siglos cristianos, y el sistema medieval resultante, fundado en la propiedad sumamente dividida de los medios de producción.

4) Desparatado en algunas zonas de Europa cuando se acercaba a su plenitud, y sustituido, en los hechos aunque no en la teoría jurídica, por una sociedad fundada en el Capitalismo.

5) A continuación, mostraré cómo el capitalismo era inestable por su propia naturaleza, a causa de que sus realidades sociales se hallaban en pugna con todos los sistemas jurídicos vigentes o posibles, y porque sus resultados, al negar el necesario sustento y la seguridad, eran insoportables a los hombres; cómo esa inestabilidad suscitaba lógicamente un problema que exigía solución, vale decir, la implantación de alguna forma estable de sociedad donde hubiera correspondencia entre su sistema legal y su sistema social, y cuyos resultados económicos, al conceder el necesario sustento y la seguridad, fueran tolerables a la naturaleza humana.

6) Presentaré luego las tres únicas soluciones posibles:

a) El Colectivismo, que pone los medios de producción en manos de los agentes políticos de la comunidad.

b) La Propiedad, o restablecimiento de un Estado Distributivo, en que todos los ciudadanos poseen individualmente los medios de producción.

c) La Esclavitud, o un Estado Servil, en el cual los que no poseen los medios de producción se verán compelidos legalmente a trabajar para aquellos que los poseen, y tendrán asegurada, en retribución, la subsistencia.

Ahora bien, considerada la repugnancia a preconizar directamente la tercera solución y sostener intrépidamente el restablecimiento de la esclavitud que los restos de nuestra larga tradición cristiana suscitarían en nosotros, sólo las dos primeras se encuentran a disposición de los reformadores:

1) la reacción orientada a un régimen de propiedad bien repartida, o Estado Distributivo;

2) una tentativa de establecer el Estado Colectivista ideal.

Puede mostrarse fácilmente que esta segunda solución atrae en la forma más natural y sencilla a una sociedad ya capitalista, a causa de la dificultad en que se ve ésta de encontrar la energía, la voluntad y la visión que requiere la primera.

7) Pasaré en seguida a mostrar cómo los esfuerzos en pos de este Estado Colectivista ideal, hijo del Capitalismo, llevan a los hombres que actúan en una sociedad capitalista, no al Estado Colectivista ni a nada que se le parezca, sino a esta cosa completamente distinta: el Estado Servil.

Agregaré a esta sección un apéndice que muestra cómo se halla fundada en una ilusión la tentativa de implantar el colectivismo gradualmente por medio de la adquisición pública de los medios de producción.

8) Reconociendo que un argumento teórico de este género, aunque intelectualmente persuasivo, no basta para dejar sentada mi tesis, terminaré suministrando ejemplos de la legislación británica moderna que prueban que al Estado Servil lo tenemos realmente con nosotros.

SECCIÓN PRIMERA

DEFINICIONES

El hombre, como todos los demás organismos, sólo puede vivir mediante la transformación de su ambiente para su propio uso, y debe transformarlo, llevándolo de una condición en que satisface menos sus necesidades, a otra en que las satisfaga más.

Esta transformación inteligente, consciente y específica del medio, peculiar de la peculiar inteligencia y la facultad creadora del hombre, la llamamos Producción de la Riqueza.

La riqueza es materia deliberada e inteligentemente transformada, llevándola de una condición en que sirve menos a la necesidad humana, a otra en que sirve más.

El hombre no puede existir sin la riqueza. Su producción constituye una necesidad para él, y aun cuando aquélla vaya de lo más necesario a lo menos necesario, y hasta a esas formas de producción que llamamos lujo, en toda sociedad humana hay una cierta clase y una cierta cantidad de riqueza, sin la cual no puede vivirse la vida humana: por ejemplo, en la Inglaterra de hoy, ciertas formas de prendas de vestir, combustible, vivienda y alimentos de elaboración complicada.

Por consiguiente, regular la producción de la riqueza es regular la vida humana misma. Negar al hombre la oportunidad de producir riqueza es negarle la oportunidad de vivir; y, en general, la medida en que las leyes permiten la producción de riquezas es la única medida en que pueden existir legalmente los ciudadanos.

Sólo se puede producir riqueza aplicando la energía humana, mental y física, a las fuerzas naturales que nos circundan, y a la materia que estas fuerzas informan.

Llamaremos Trabajo a la energía humana que así puede aplicarse al mundo material y sus fuerzas. En cuanto a esta materia y estas fuerzas naturales, las designaremos, en homenaje a la brevedad, con el término estrecho pero convencionalmente aceptado de Tierra.

Parecería, por tanto, que todos los problemas y discusiones referentes a la producción de la riqueza implican sólo dos factores principales de origen: Trabajo y Tierra. Pero sucede que la acción deliberada, artificial, e inteligente del hombre sobre la naturaleza, correspondiente a su carácter peculiar en cuanto se lo compara a los demás seres creados, introduce un tercer factor de la máxima importancia.

El hombre se dedica a crear riqueza conforme a métodos ingeniosos de complejidad variable y a menudo creciente, y se auxilia construyendo enseres, los cuales, en cada sector nuevo de producción, se hacen pronto tan positivamente necesarios a esa producción como el trabajo y la tierra. Además, todo proceso de producción requiere algún tiempo; durante ese tiempo, el productor debe ser alimentado, vestido, alojado, etcétera. Tiene que haber, por consiguiente, una acumulación de riqueza producida en el pasado, y reservada con el objeto de mantener el proceso del trabajo mientras éste produce para el futuro.

Trátese de la fabricación de un instrumento o herramienta, o del apartamiento de una reserva de provisiones, el trabajo aplicado a la tierra con cualquier propósito no produce riqueza para el consumo inmediato, sino que aparta y reserva algo, y ese algo es siempre necesario a la producción de la riqueza en proporciones variables, de acuerdo a la sencillez o complicación de la sociedad económica.

Llamamos Capital a esa riqueza reservada y apartada para los fines de la producción futura, y no para el consumo inmediato, sea en la forma de instrumentos y herramientas, o en la forma de acopio para el mantenimiento del trabajo durante el proceso de producción.

Tenemos, así, tres factores en la producción de toda la riqueza humana, que llamaremos convencionalmente Tierra, Capital y Trabajo.

Cuando hablamos de los Medios de Producción, nos referimos a la tierra y el capital conjugados. Así, cuando decimos que un hombre se encuentra «desposeído de los medios de producción», o que no puede producir a menos que se lo permita otro que «posee los medios de producción», queremos significar que sólo es dueño de su trabajo y no tiene ningún dominio, en proporción útil, sobre el capital o la tierra, o bien sobre ambos unidos.

A un hombre políticamente libre, vale decir, que goza el derecho ante la ley de emplear sus energías cuando lo tenga a bien (o de no emplearlas en absoluto si no lo tiene a bien), pero que no posee medios de producción en virtud de un derecho legal de dominio sobre una proporción útil de los mismos, lo llamamos nosotros proletario; y a toda clase importante compuesta por tales hombres, un proletariado.

Propiedad es un término usado para designar el régimen de convivencia en virtud del cual se entrega a una persona o corporación el dominio de la tierra y de la riqueza hecha mediante la tierra, incluyendo por tanto todos los medios de producción.

Así, al decir de un edificio, incluyendo la tierra en que se levanta, que es la «propiedad» de tal y cual ciudadano, o familia, o corporación, o del Estado, queremos significar que los que «poseen» tal propiedad tienen garantizado por la ley el derecho de usarla o de negarse a usarla.

Propiedad privada es la riqueza (incluyendo los medios de producción) que, en virtud de convenios de la sociedad, se halla bajo el dominio de personas o corporaciones que no sean los órganos políticos de los cuales, en otro aspecto, son miembros esas mismas personas.

Lo que distingue a la propiedad privada no es el hecho de que su poseedor sea menos que el Estado, o bien sólo una parte del Estado (pues en tal caso podríamos hablar de la propiedad municipal como propiedad privada), sino el de que el propietario puede ejercer su dominio sobre ella en su propio provecho, y no como un fideicomisario de la sociedad, ni en la jerarquía de las instituciones políticas.

Así, el Sr. Jones es un vecino de Mánchester, pero no posee su propiedad privada en calidad de vecino de Mánchester, sino como el Sr. Jones, en tanto que, si la casa aledaña a la suya es propiedad de la municipalidad de Mánchester, ésta la posee solamente porque constituye un cuerpo político que representa a la comunidad entera de la ciudad. El Sr, Jones podría trasladarse a Glasgow y conservar siempre su propiedad en Mánchester, pero la municipalidad de Mánchester sólo puede poseer su propiedad en relación a la vida política corporativa de la ciudad.

Llamamos colectivista, o más generalmente socialista *, a una sociedad ideal en que los medios de producción se encuentran en poder de los agentes políticos de la comunidad.

* (Salvo en este sentido especial de “Colectivista”, la palabra “Socialista» carece de significado claro, o bien es empleada como sinónimo de otras más viejas y mejor conocidas).

Llamarnos capitalista a una sociedad en que la propiedad privada de la tierra y el capital —vale decir, la posesión, y por tanto el dominio, de los medios de producción— está limitada a cierto número de ciudadanos libres no lo suficientemente grande como para determinar la masa social del Estado, mientras que los restantes carecen de tal propiedad y son, por tanto, proletarios; el procedimiento mediante el cual se produce la riqueza en una sociedad de ese tipo sólo puede ser la aplicación del trabajo —cuya masa determinante ha de ser necesariamente proletaria— a la tierra y el capital, de tal modo que, de la riqueza total producida, el proletario que trabaja no recibe más que una parte.

He aquí, pues, las dos notas que definen al Estado Capitalista:

1ª) Sus ciudadanos son políticamente libres, vale decir, pueden usar o no usar, a voluntad, sus bienes o su trabajo, pero también 2ª) se hallan divididos en capitalistas y proletarios en proporciones tales, que el Estado en su conjunto no se presenta caracterizado por la institución de la propiedad entre ciudadanos libres, sino por la limitación de la propiedad a un sector marcadamente menor que la totalidad, o inclusive a una pequeña minada.

Tal Estado Capitalista se divide esencialmente en dos clases de ciudadanos libres: una, la capitalista o poseedora; la otra, la desposeída o proletaria.

Mi definición final se refiere al Estado Servil mismo, y por cuanto la idea, a más de ser algo novedosa, constituye también el tema de este libro, no me limitaré a formularla, sino que desarrollaré también su definición.

Ésta es la definición del Estado Servil:

«Damos el nombre de Estado Servil a aquel régimen social en que las familias y los individuos se hallan en número tan considerable obligados por la legislación positiva a trabajar en beneficio de otras familias e individuos, que imprimen sobre toda la comunidad la marca de tal género de trabajo».

Ténganse en cuenta, ante todo, algunas limitaciones negativas a la definición precedente, la cual debe comprenderse con toda claridad, si no queremos que el pensamiento claro se pierda en una bruma de metáforas y figuras retóricas.

No es servil una sociedad en que los hombres se hallen compelidos a trabajar por el entusiasmo, el credo religioso, o, indirectamente, por el miedo a la miseria, o directamente por avidez de lucro, o por el juicio elemental que enseña que mediante el trabajo se pude acrecentar el bienestar propio.

Hay una neta línea divisoria entre el régimen servil y el no servil de trabajo, y las condiciones a uno y otro lado de esa línea difieren entre sí en grado sumo. Donde existe la compulsión, aplicable en, virtud de la legislación positiva a los hombres de un determinado status y la cual puede, en último extremo, ser ejercida por los poderes de que dispone el Estado, tenemos la institución de la esclavitud; si esta institución se encuentra suficientemente extendida, todo el Estado puede decirse que se asienta sobre un fundamento servil, que es un Estado Servil.

Si falta ese status formalizado, legalizado, las condiciones no son serviles; y la diferencia entre servidumbre y libertad, perceptible en mil detalles de la vida real, se muestra con mayor evidencia en esto: en que el hombre libre puede negarse a trabajar, y valerse de esa negativa como de un instrumento para negociar, mientras que el esclavo no sólo carece en absoluto de un instrumento o facultad de tal clase para negociar, sino que también depende para su bienestar de las costumbres de la sociedad, sostenidas por la acción reguladora de aquellas leyes sociales susceptibles de protegerlo y darle garantías.

Luego, obsérvese que el Estado no es servil porque la mera institución de la esclavitud se encuentre en algún punto dentro de sus límites. El Estado es solamente servil cuando la compulsión de la ley positiva afecta a una masa tan considerable de trabajo obligatorio, que imprime su carácter sobre la comunidad entera.

Análogamente, no es servil un Estado en que todos los ciudadanos están obligados a someter sus energías a la compulsión de la ley positiva, y deben trabajar al arbitrio de los funcionarios del Estado. Por incontinencia metafórica o con fines retóricos, los hombres que detestan el colectivismo (por ejemplo) o la disciplina de un regimiento pueden hablar del régimen «servil» que impera en tales organizaciones. Sin embargo, es indispensable, para los fines de una definición estricta y un pensamiento claro, recordar que un régimen servil existe sólo por contraste respecto a un régimen libre. El régimen servil sólo aparece en la sociedad cuando aparece también el ciudadano libre en cuyo beneficio trabaja el esclavo bajo la compulsión de la ley positiva.

Además, debe notarse que esta palabra «servil» no implica en manera alguna el peor de los regímenes sociales, ni siquiera uno necesariamente malo. Este punto es tan claro, que casi no debería detenernos; sin embargo, me he dado cuenta de que una confusión entre el uso retórico y el preciso del vocablo «servil» ha perturbado tanto la discusión pública del asunto, que una vez más debo hacer hincapié en lo que tendría que caer por su propio peso.

La discusión sobre si la institución de la esclavitud es buena o mala, o bien, relativamente mejor o peor que las otras instituciones, no tiene nada que ver con la definición exacta de aquélla. Así, la monarquía consiste en la atribución de la responsabilidad del gobierno de la sociedad a un solo individuo. Pues bien, cabe imaginar a un romano del siglo primero ensalzando el nuevo poder imperial, mas también jurando, en virtud de una confusa tradición contra los «reyes», que jamás habrá de tolerar una «monarquía». Un sujeto así hubiera sido un crítico bastante fútil de los asuntos públicos en la época de Trajano, pero no más fútil que el hombre que jura que nada lo hará «esclavo» y que, empero, se halla bien dispuesto a aceptar leyes que lo obliguen a trabajar sin su consentimiento, por imperio de la ley pública, y conforme a condiciones dictadas por otros.

Muchos alegarán que un hombre compelido en tal modo a trabajar, asegurado contra la incertidumbre y la falta de alimento, vivienda y ropa, con la promesa de ser mantenido durante la vejez, y un conjunto similar de ventajas para su posteridad, se encuentra en situación mucho mejor que un hombre libre carente de las mismas. Pero el argumento no afecta la definición relativa a la palabra «servil». Un cristiano devoto de vida intachable que flota en la noche ártica sobre un témpano, sin víveres ni perspectiva alguna de socorro, no se halla en circunstancias tan cómodas como el Jedive de Egipto; pero sería un desatino precisar la definición de las palabras «cristiano» y «mahometano» para tomar en consideración tal contraste.

A lo largo de esta indagación, debernos atenernos estrictamente al aspecto económico del asunto. Sólo cuando se ponga en limpio eso y la tendencia moderna al restablecimiento de la esclavitud se muestre claramente, estaremos en libertad de discutir las ventajas y desventajas de la revolución por la que estamos pasando.

Debe comprenderse bien además que el carácter esencial de la institución servil no depende de la posesión del esclavo por un amo particular. Es bastante probable que la institución de la esclavitud tienda a esa forma cediendo a las distintas fuerzas que componen la naturaleza y la sociedad humanas.

Si la esclavitud se restableciere en Gran Bretaña, o, digamos también, cuando se restablezca, no será extraño que un hombre determinado aparezca con el tiempo como esclavo, no del capitalismo en general, sino, pongamos, del trust petrolero Shell en particular; y sabemos nosotros que en las sociedades donde la institución tenía una antigüedad inmemorial, esa posesión directa del esclavo por el hombre libre o una corporación de hombres libres se había convertido en la regla.

Pero yo sostengo solamente que tal nota no es esencial al carácter de la esclavitud. Como una fase inicial en la institución de la esclavitud, o inclusive como una fase permanente que caracteriza a la sociedad durante un lapso indefinido, es perfectamente fácil concebir una clase entera reducida a la servidumbre por la ley positiva, y compelida por la misma a trabajar en beneficio de otra clase libre y no sujeta a servidumbre, sin que se permita ningún acto directo de posesión de la persona de un hombre por parte de otro hombre.

El contraste final así establecido entre el esclavo y el libre podría mantenerlo el Estado garantizando al que carece de libertad la seguridad de su subsistencia, y al libre, la seguridad de su propiedad y sus ganancias, rentas e intereses.

Lo que caracterizaría al esclavo en una sociedad de ese tipo sería el hecho de pertenecer al grupo o clase compelida, no importa en virtud de qué definición, al trabajo, y separada así del otro grupo o clase no compelida a trabajar, sino libre de hacerlo o no a su albedrío.

Además, el Estado Servil existiría seguramente aunque un hombre, compelido sólo a trabajar durante una parte de su tiempo, se hallara en libertad de negociar e inclusive atesorar en sus horas «libres». Los juristas antiguos solían hacer una distinción entre siervo «personal» y siervo «real», o «solariego». Un siervo «real» lo era a todas horas y en todo lugar, y no respecto a un determinado señor. Un siervo «personal» lo era solamente en su obligación de servir a un señor determinado; con respecto a los demás hombres, era libre. Y bien, se podría tener perfectamente esclavos que fueran solamente esclavos «personales» respecto a un tipo determinado de empleo durante un número determinado de horas. Mas no por eso dejarían de ser esclavos, y si esas horas fueran muchas y su clase numerosa, el Estado que sustentarían sería un Estado Servil.

Por último, recuérdese que el régimen servil sigue siendo exactamente una institución del Estado cuando se une permanente e irrevocablemente en cualquier tiempo a una condición dada de seres humanos, como cuando afecta a una clase particular por toda la vida. Así las leyes del paganismo permitían que el esclavo fuera emancipado por su amo, y permitían también que los hijos y los prisioneros fuesen vendidos como esclavos. La institución servil, si bien cambiando perpetuamente en los elementos de su composición, seguía siendo, empero, un factor invariable dentro del Estado.

Análogamente, aunque el Estado sometiera a la esclavitud solamente a los que tuviesen réditos por debajo de un nivel determinado, dejando además a los hombres la libertad de salir de la esclavitud en virtud de una herencia u otra eventualidad por el estilo, y, viceversa, la de caer en ella por empobrecimiento, tal clase de esclavos, aun cuando fluctuante en su composición, seguiría existiendo en modo permanente.

Así, si el Estado industrial moderno da una ley por la cual las condiciones de servidumbre no comprenden a aquellos capaces de ganar con su propio trabajo arriba de cierta suma, sino a los que ganan por debajo de la misma; o bien, si el Estado industrial moderno define en una forma determinada el trabajo manual, haciéndolo obligatorio durante un plazo fijado para aquellos que lo llevan a cabo, aunque dejándolos en libertad de dedicarse después a otras ocupaciones si así lo quieren; entonces, sin duda alguna, tales distinciones, aunque se refieran a condiciones y no a una clase, bastan para determinar la institución servil.

Cierto número considerable de individuos deben ser obreros manuales por definición, y mientras sean así definidos, serán esclavos. Otra vez fluctuaría aquí la composición del grupo servil, pero la institución quedaría asentada y en medida bastante extensa como para caracterizar a toda la sociedad.

No necesito insistir sobre la consecuencia positiva de esto: que tal condición, una vez establecida, tiende a perpetuarse en la gran mayoría de los que la soportan, y que los individuos que caen en la servidumbre o salen de ella tienden a constituir un número reducido en relación a la masa total.

Queda un último punto por considerar en esta definición, y es:

Puesto que, por la naturaleza de las cosas, una sociedad libre debe imponer el cumplimiento de un contrato (una sociedad libre no consiste sino en la obligatoriedad de cumplir con los contratos libremente concluidos), ¿hasta qué punto puede llamarse condición servil a la que resulta de un contrato nominal o realmente libre? En otros términos, un contrato de trabajo, aun cuando libremente concluido, ¿no es servil por naturaleza cuando el Estado impone su cumplimiento?

Por ejemplo, yo carezco de alimento o ropa, y no poseo los medios de producción mediante los cuales puedo producir una riqueza susceptible de ser cambiada por lo que a mí me falta. Me hallo en circunstancias tales que un poseedor de los medios de producción no me permitirá el acceso a ellos a menos que firme yo un contrato por el cual debo servirlo durante una semana a cambio de la simple manutención. ¿Me convierte el Estado en un esclavo durante esa semana imponiéndome el cumplimiento de tal contrato?

Evidentemente, no. Pues la institución de la esclavitud presupone una determinada mentalidad en el hombre libre y el esclavo, un régimen de vida en ambos, y la marca de aquellos dos regímenes sobre la sociedad. Un contrato exigible durante el plazo de una semana no produce tales efectos. Tomando en cuenta la duración de la vida humana y la perspectiva de la posteridad, el cumplimiento de tal contrato no vulnera en modo alguno el sentido de la libertad y de la opción.

¿Y si se tratase de un mes, un año, diez años, la vida entera? Supongamos un caso extremo: un hombre en la miseria firma un contrato que lo obliga a él y a todos sus hijos, menores en esa época, a trabajar a cambio de la simple manutención hasta la muerte, o hasta la mayoría de edad de los hijos, suceda lo que sucediere ulteriormente. ¿Convertiría el Estado a un hombre en un esclavo imponiéndole el cumplimiento de ese contrato?

Lo convertiría en un esclavo, indudablemente, tal como no lo convertiría en el primer caso.

Sólo cabe responder a viejos reparos sofísticos de esta clase que el sentido común de los hombres establece por sí mismo los límites reales de cualquier cosa, y así también los de la libertad. Lo que es, o no es, la libertad, en tanto se la considere como simple medida de tiempo (aunque, desde luego, la componen muchos otros ingredientes además del tiempo), es cosa que determina el hábito humano; pero la obligatoriedad de cumplir con un contrato de trabajo que deje con certeza o probablemente la libertad de opción a su vencimiento es compatible con la libertad. La obligatoriedad de cumplir con un contrato que, según toda probabilidad, ate de por vida no es compatible con la libertad. En cuanto al que obligue a servir a los herederos naturales de un hombre, es intolerable del punto de vista de la libertad.

Considérese otro caso inverso. Un hombre se obliga a trabajar toda la vida y, después de él, todos sus hijos, en la medida en que la ley le permita comprometerlos en una sociedad determinada, mas no por la simple manutención, sino por un salario tan crecido, que se enriquecerá en pocos años, y más se enriquecerá aún su posteridad cuando venza el contrato. Si el Estado impone el cumplimiento de ese contrato, ¿convierte al afortunado trabajador en un esclavo? No. Pues está en la esencia de la esclavitud que no deba asegurarse al esclavo sino la subsistencia o poco más. La esclavitud existe a fin de que el libre se beneficie con su existencia, y determina una condición en la cual los hombres sujetos a ella sólo pueden reclamar que se les asegure la existencia o poco más.

Pretender trazar una línea precisa, diciendo que un contrato vitalicio de observación forzosa por la ley es esclavitud a tantos chelines semanales, pero deja de serlo pasando ese límite, constituye una insensatez. Sin embargo, en toda sociedad hay un nivel de subsistencia: garantizar éste, o un poco más, con la obligación de trabajar compulsivamente, es esclavitud; garantizar mucho más no es esclavitud.

Podría seguirse con estos malabarismos verbales. Es un tipo de objeción verbal que se presenta en toda indagación abierta al disputador profesional, pero sin efecto alguno sobre la mente del indagador honesto, a quien le interesa la verdad y no la dialéctica.

Siempre es posible plantear la incontrovertible objeción de grado efectuando una sección transversal en un conjunto de definiciones, pero eso no puede invalidar nunca la sustancia de la discusión. Sabemos, verbigracia, lo que se entiende por tortura cuando un código legal la establece, o la prohíbe. Y ninguna objeción imaginaria de grado entre tirar del pelo a un hombre y arrancarle el cuero cabelludo preocupará al reformador que se proponga extirpar la tortura de un código penal cualquiera.

Del mismo modo, sabemos lo que es y lo que no es el trabajo compulsivo, lo que es y lo que no es la condición servil. Prueban su existencia, lo repito, el hecho de que se prive a un hombre de su libre opción a trabajar o no trabajar, acá o allá, por tal o cual cosa, y el hecho de compelerlo en virtud de la ley positiva a trabajar en beneficio de otros a quienes no comprende la misma compulsión.

Cuando se presenta eso, hay esclavitud, con todas las múltiples consecuencias, espirituales y políticas, que derivan de esa antigua institución.

Cuando la esclavitud afecta a una clase tan numerosa, que imprime su sello sobre el Estado y determina su carácter, entonces tenemos el Estado Servil.

Resumiendo, pues: El Estado Servil es aquel en que hallamos en número tan considerable familias e individuos diferenciados de los ciudadanos libres por la marca del trabajo obligatorio, que imprimen un sello general sobre la sociedad, la que aparece entonces como impregnada por todos los caracteres principales, malos o buenos, anexos a la institución de la esclavitud, sea que los esclavos estén directa y personalmente anexados a sus amos, o sólo indirectamente por medio del Estado, o bien anexados, en una tercera forma, por su subordinación a corporaciones o a determinadas industrias.

El esclavo así compelido a trabajar carecerá de los medios de producción, y será compelido por la ley a trabajar en beneficio de todos los que los posean o de algunos de ellos.

La marca distintiva del esclavo deriva de la acción especial que ejerce sobre él una ley positiva que, dentro del cuerpo general de la comunidad, separa un sector de hombres, los menos libres, de otro, los más libres, en función de un contrato.

Ahora bien, nosotros, los europeos, surgimos de una concepción puramente servil de la producción y del régimen social. El pasado inmemorial de Europa es un pasado servil. Durante algunos siglos, cultivados, penetrados y edificados por la Iglesia, Europa se fue liberando o divorciando gradualmente de esta concepción inmemorial y básica de la esclavitud.

Y bien, es a esta concepción, a esta institución, a que está volviendo ahora nuestra sociedad industrial o capitalista, lo que significa, dicho en otras palabras, que estamos creando de nuevo al esclavo.

Antes de pasar a la prueba de esto, haré una digresión en las pocas páginas que siguen para esbozar muy sumariamente el proceso mediante el cual la esclavitud pagana antigua fue trasformada, hace algunos siglos, en una sociedad libre.

Luego bosquejaré el proceso ulterior mediante el cual fue desbaratada la nueva sociedad no servil con la Reforma en algunas zonas de Europa, y particularmente en Inglaterra, para instituirse en lugar suyo la transitoria fase de la sociedad (hoy próxima a su fin) que se llama generalmente Capitalismo o Estado Capitalista.

Tal digresión, por su carácter meramente histórico, no es necesaria lógicamente en una elucidación de nuestro tema, pero sirve de mucho al lector, pues el conocimiento de cómo, en realidad y concretamente, sucedieron las cosas nos habilita mejor para comprender el proceso lógico mediante el cual se dirigen aquéllas a un fin determinado en el futuro.

Podría demostrarse la tendencia al Estado servil en la Inglaterra moderna a un hombre enteramente ignorante del pasado de Europa; pero esa tendencia le parecerá a éste con mucha más razón probable, mucho más un asunto de experiencia y menos un asunto de mera deducción, cuando sepa lo que nuestra sociedad fue un tiempo, y cómo vino a dar en lo que vemos hoy día.

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