EN HONOR A LA VERDAD

¿Puede un sacerdote degradado consagrar la Sagrada Eucaristía ?
Respuesta
SI
Fundamento teológico
SANTO TOMÁS DE AQUINO
Suma Teológica
CUESTIÓN 82
ARTÍCULO 8
Objeciones por las que parece que un sacerdote degradado no puede consagrar este sacramento:
1ª. Nadie puede consagrar este sacramento si no tiene potestad para ello. Pero el degradado no tiene potestad de consagrar, aunque tensa potestad de bautizar. Luego parece que el sacerdote degradado no puede consagrar la eucaristía.
2ª. Quien da una cosa puede quitarla también. Pero es el obispo quien da al sacerdote la potestad de consagrar, al ordenarle. Luego también se la puede quitar, degradándole.
3ª. Por la degradación, el sacerdote pierde: o la potestad de consagrar o solamente el ejercicio de la misma. Pero no pierde sólo el ejercicio, porque en ese caso el degradado no perdería más que el excomulgado, quien, efectivamente, no puede ejercer su facultad. Luego parece que pierde la potestad de consagrar. En cuyo caso parece que no puede hacer este sacramento.
Contra esto: prueba San Agustín que los apóstatas de la fe no pierden el bautismo, puesto que cuando vuelven arrepentidos no se les bautiza de nuevo, con lo cual se indica que no lo pueden perder. E, igualmente, al sacerdote degradado, si se reconcilia, no se le vuelve a ordenar. Luego no pierde la potestad de consagrar. De donde se deduce que el sacerdote degradado puede consagrar este sacramento.
Respondo: La potestad de consagrar la eucaristía pertenece al carácter sacerdotal del orden.
Ahora bien, el carácter, puesto que se da con una consagración, es indeleble, de la misma manera que es perpetua, indeleble e irrepetible la consagración de cualquier cosa.
Por donde se manifiesta que la potestad de consagrar no se pierde con la degradación.
Dice, en efecto, San Agustín: uno y otro, o sea, el bautismo y el orden, son sacramentos y se confieren al hombre mediante una consagración: uno con el bautismo, otro con la ordenación, por cuyo motivo no está permitido a los católicos reiterarlos.
Con lo cual se demuestra que el sacerdote degradado puede realizar este sacramento.
Respuesta a las objeciones:
1ª. Ese canon no habla en tono afirmativo, sino interrogativo, como se deduce del contexto.
2ª. El obispo no otorga la potestad del orden por potestad propia, sino de modo instrumental como ministro de Dios. Y el efecto de Dios no puede ser borrado por el hombre, según aquello de Mt 19, 6: Lo que Dios unió, que no lo separe el hombre. Por tanto, el obispo no puede quitar esta potestad, de la misma manera que quien bautiza tampoco puede quitar el carácter bautismal.
3ª. La excomunión es medicinal. Por eso, a los excomulgados no se les priva perpetuamente del ejercicio de la potestad sacerdotal, sino temporalmente hasta que se corrijan. A los degradados, sin embargo, se les priva del ejercicio como si estuviesen condenados para siempre.
De un total de 72 respuestas:
46 contestaron SI
24 contestaron NO
2 contestaron OTRO
Según esta estadística la mayoría contestó CORRECTAMENTE .
Insistimos en la importancia de conocer la doctrina de nuestra Iglesia para conservar intacta nuestra fe como nos ha sido mandado por Nuestro Señor y, de esta manera, no correr el riesgo de ser engañados por los errores, que pueden llevarnos a una eternidad sin Dios.
