CONSERVANDO LOS RESTOS
A propósito de los alborotados tiempos en que nos toca vivir, y tantos temas de la ideología de género que se quieren imponer, no está demás recordar las enseñanzas de la Iglesia para seguir manteniendo entera nuestra fe.

DISCURSO DEL PAPA PÍO XII
AL CONGRESO DE LA UNIÓN CATÓLICA ITALIANA DE OBSTÉTRICAS
CON LA COLABORACIÓN DE LA FEDERACIÓN NACIONAL
DE COLEGIOS DE COMADRONAS CATÓLICAS
Lunes 29 de octubre de 1951
II.
El segundo aspecto de vuestro apostolado es el celo para sostener el valor y la inviolabilidad de la vida humana
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El Señor ha hecho todas las restantes cosas sobre la faz de la tierra para el hombre, y el hombre mismo, por lo que toca a su ser y a su esencia, ha sido creado para Dios y no para criatura alguna, aunque en cuanto a sus obras tiene también obligaciones hacia la sociedad. Ahora bien, «hombre» es el niño, aunque no haya todavía nacido; en el mismo grado y por el mismo título que la madre.
Además, todo ser humano, aunque sea el niño en el seno materno, recibe derecho a la vida inmediatamente de Dios, no de los padres, ni de clase alguna de la sociedad o autoridad humana.
Por eso no hay ningún hombre, ninguna autoridad humana, ninguna ciencia, ninguna «indicación» médica, eugenésica, social, económica, moral, que pueda exhibir o dar un título jurídico válido para una disposición deliberada directa sobre una vida humana inocente; es decir, una disposición que mire a su destrucción, bien sea como fin, bien como medio para otro fin que acaso de por sí no sea en modo alguno ilícito.
Así, por ejemplo, salvar la vida de la madre es un nobilísimo fin; pero la muerte directa del niño como medio para este fin no es lícita. La destrucción directa de la llamada «vida sin valor», nacida o todavía sin nacer, que se practicó pocos años hace, en gran escala, no se puede en modo alguno justificar.
Por eso, cuando esta práctica comenzó, la Iglesia declaró formalmente que era contrario al derecho natural y divino positivo, y por lo tanto ilícito matar, aunque fuera por orden de la autoridad pública, a aquellos que, aunque inocentes, a consecuencia de taras físicas o psíquicas, no son útiles a la nación, sino más bien resultan cargas para ella (Decr. S. Off. 2 dic. 1940; AAS, val. 32, 1940, páginas 553-554).
La vida de un inocente es intangible y cualquier atentado o agresión directa contra ella es la violación de una de las leyes fundamentales, sin las que no es posible una segura convivencia humana.
No tenemos necesidad de enseñaros en detalle la significación y la importancia en vuestra profesión de esta ley fundamental, pero no olvidéis que por encima de cualquier ley humana, de cualquier «indicación», se eleva, indefectiblemente, la ley de Dios.
