NO MATARÁS

ESPECIALES DE RADIO CRISTIANDAD

 

Sobre la pena de muerte

Decimoquinta entrega

 

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A continuación, y como complemento de los especiales sobre la pena de muerte, transcribimos el libro del Padre David Núñez:

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Continuación:

LA PENA DE MUERTE

Frente a la Iglesia y al Estado

BUENOS AIRES 1956

PRIMERA PARTE

CAPÍTULO III

CONVENIENCIA DE LA PENA DE MUERTE

ARTÍCULO ÚNICO

Contra la lenidad penal absoluta

181. — Hemos probado en los capítulos anteriores la justicia y legalidad de la pena de muerte.

La justicia; porque no sólo es la única paga moral justa debida a ciertos crímenes particularmente atroces; sino también el único medio de verdadera eficacia para contener la audacia de los criminales, y por consiguiente el único medio para restaurar el Derecho perturbado.

La legalidad, porque está perfectamente de acuerdo con todas las exigencias necesarias para este fin.

182. — Pero los partidarios de la abolición de la pena de muerte amontonan razones y más razones, de muy escaso o ningún valor, como luego veremos en la segunda parte, y fingen inconvenientes en su aplicación que, cuando fueran verdaderos, podrían persuadir al medio de obviarlos para no desvirtuar las ventajas que proporciona dicha pena; pero siempre dejarían a salvo los dos principios asentados y probados de su justicia y legalidad.

183. — Otra es la fuente, otro el origen de esa decantada e insensata lenidad penal con que gobiernos y pueblos cooperan a su propia destrucción.

Porque si la exigencia de esa lenidad de los gobiernos proviniera de la espontánea conformidad que ha de haber entre el gobierno y la naturaleza del gobernado, cuya razón estuviera profundamente penetrada y poseída del principio universal de obediencia, base de toda existencia social; en buena hora entonces se podría conceder que no hubiera en la sociedad necesidad de violencia, porque también entonces los esfuerzos del gobernante podrían tender a gobernar simplemente por convencimiento de la razón, por el movimiento de los afectos nobles de los gobernados y por la combinación de todos los intereses en beneficio del bien universal de la sociedad; en cuyo caso la actividad social del gobernado tendería también a sacrificar de buen grado el individualismo disolvente al principio unificador de la autoridad en provecho del bien común, con lo que todo marcharía por el cauce natural señalado por el Creador, a conseguir, con la honestidad de vida, la felicidad que puede gozarse en este mundo.

184. — De aquí se derivaría una suavidad de gobierno que traería consigo la lenidad penal, pero no una LENIDAD ABSOLUTA que, so pretexto de CLEMENCIA INDEBIDA para los instintos salvajes del hombre perverso dejase impunes sus delitos y le alentase a la opresión del hombre pacífico y honrado; sino una LENIDAD RELATIVA, PROPORCIONADA A LAS CIRCUNSTANCIAS ACCIDENTALES DE LOS DELINCUENTES Y DE LA SOCIEDAD, Y EN GRADO TAL QUE, SIN EXCEDER LOS LÍMITES DE LA DEBIDA NECESIDAD, FUESE LO SUFICIENTEMENTE JUSTA Y SEVERA PARA REPRIMIR LOS DELITOS.

185. — Esta especie de lenidad SÍ QUE SE PUEDE Y AUN DEBE DESEAR Y PROCURAR, porque no está reñida ni con la razón, ya que ajusta con la discreción y prudencia los medios al fin, queriéndolos ni más ni menos que el fin mismo exige, y TENDIENDO A MITIGAR LAS PENAS CUANTO SEA POSIBLE, SIN DAÑO DE LA SOCIEDAD; ni con el espíritu cristiano, el cual jamás sanciona el delito ni santifica la pasión o el interés que le produjo, sino que lo detesta, abomina de él y lo deja con todo el peso de su maldad; pero al mismo tiempo mira en el delincuente un vivo ejemplo de la humana fragilidad y una hechura de Dios que, santificada por la gracia que le hace semejante a Él, puede llegar a ser un hijo suyo, e instrumento de la gloria divina por toda una eternidad.

Por esto, cuando la humana sociedad arroja de sí al desgraciado reo cubierto de oprobio y de baldón, la caridad cristiana se inclina hacia él y trabaja por hacerle reconocer la justicia de la condena y la utilidad que para él mismo tiene ese humilde reconocimiento, pues que le abre la esperanza y el perdón del Padre celestial, y con ello el ser adoptado y hecho en realidad verdadero hijo de Dios.

He aquí cómo la doctrina católica, manteniendo siempre viva la idea de la culpa y la compasión para con el que sufre, mantiene también siempre vivos y coordina esos dos principios del derecho penal: SUAVIZAR LA PENA SIN DAÑO DE LA SOCIEDAD.

186. — Pero no, esa fatídica lenidad penal no proviene de esos principios que, por ser conformes con la naturaleza, no podrían ceder en ruina de la sociedad.

Muy otros son los que la dirigen. Y si examinamos a fondo LA IDEA LIBERAL Y EPICÚREA QUE MUEVE HOY DÍA LA OPINIÓN SOCIAL EN FAVOR DE LOS CRIMINALES, hasta hacer la apología de todo delito y absolverlo y santificarlo, hasta casi abolir de la conciencia pública la idea de culpa, renunciando a toda seguridad social por amor a un falso principio y por tenacidad a una lógica exterminadora, sin atender a las consecuencias, al menos mientras el interés no sea herido en lo vivo y en peligro de asalto por los precedentes atracadores absueltos; echaremos de ver cuán profunda perversión de ideas encierra esa tendencia de considerar la pena, no como LA EXPIACIÓN de la culpa cometida que por sí misma MERECE CASTIGO; sino a lo más como una pura DEFENSA, en la cual se funda el derecho de imponer la pena.

Porque de ahí se sigue lógicamente que, si la pena no es una expiación del desorden cometido, será puramente un combate contra el malhechor; y en ese caso se coloca a éste en el mismo grado de dignidad moral, v. gr. que al soldado que muere a manos del enemigo, el cual mata a su contrario no para castigar un delito, sino para defenderse de un ataque.

¡QUÉ PROFUNDA PERVERSIÓN DE IDEAS! ¡Ahí tenemos moralmente nivelados al que sacrifica la vida por defender a sus conciudadanos y al que la expone por combatirlos y aun asesinarlos!

187. — Pero no para aquí la huera filantropía del liberalismo demoledor de toda idea recta de derecho. Porque abolida la idea de delito, queda por sí misma abolida la idea del castigo; ya que éste no puede ni siquiera concebirse sino en orden al delito.

¿Y qué se sigue de ahí? Pues se sigue lo que dice con profunda razón el P. Taparelli, que «podrá la sociedad sacrificar una víctima como el carnicero trincha la carne de un ternero; podrán unos compadecerse de la víctima con la ternura de la simpatía y otros aprobar el sacrificio por el interés de la propia conservación; pero el SACRIFICIO NO ES UN CASTIGO, y cualquiera que discurra no podrá ver en esto más que el triunfo de la sociedad fuerte, contra el criminal débil; no ya el mal de la pena debido al mal de culpa.»

Se sigue también que, abolida y aún quizá repudiada la idea de delito, cualquier acto por criminoso y aborrecible que sea podrá, no digo ya dejarse sin castigo, que esto, dada la hipótesis que venimos haciendo debería hacerse siempre, sino sancionarse por la ley, quedando cualquiera por ella facultado para poder cometerlo sin temor de ninguna clase, antes con derecho legal a ser tenido por el hombre más honrado del mundo porque, sencillamente, cumple con la ley y nada hace contra ella, aunque siguiéndola ejecute los crímenes más abominables.

188. — Ahí está en testimonio de lo que afirmo la supresión del castigo para el asesinato premeditado, y que se llama duelo; para el asesinato legal, que se llama eutanasia, aborto libre, toxicomanía, y tantos otros modos de asesinar y asesinarse que tiene la sociedad cursi y elegante… (66).

Es propio de corazones pervertidos inventar eufemismos para ocultar sus bárbaras deformaciones. Así modernamente no sólo se ha dado a este doble crimen de suicidio y homicidio el altisonante nombre de «eutanasia», muerte buena o feliz, siendo así que es sumamente perversa y desdichada, ya que el infeliz que así quiere morir y muere de hecho se acarrea infaliblemente la condenación eterna; sino que perpetrado el crimen ante Dios se ha querido ocultar ante los hombres con la añagaza de «derecho a morir”, como bárbaramente se la ha llamado.

¡Derecho a morir! ¡Qué increíble audacia y asquerosa perversión la de esa gente que, para ocultar el hedor de sus cobardías y pasiones, sienten la necesidad de bellas palabras! Pero esto prueba también que su conciencia les reprueba tales hechos, ya que ni siquiera se atreven a darles su verdadero nombre, a fin de no aparecer ante los demás con toda la ignominia y baldón que ellos significan y reportan.

Ahí están las perniciosas, irracionales y absurdas leyes del derecho ilimitado de asilo, inmunidad parlamentaria y no extradición, abortos del por todos los conceptos abominable liberalismo, a cuyas sombras políticos audaces, sin conciencia ni moral de ninguna clase que no sea la del puro medro personal, perpetran cobardemente y con absoluta impunidad crímenes más execrados que los de las cuadrillas de públicos asaltantes y bandoleros, y a los que la moderna democracia liberal, cuyas hechuras son, repetimos, todas estas y otras muchas lindezas semejantes, contempla, acepta y aún ayuda con candidez y ataraxia inexplicable; resignándose a sonar de cuando en cuando el cencerro de la soberanía popular, no para destruir por los siglos de los siglos esa plaga social de hombres desalmados que roe sin piedad los huesos mismos de la sociedad, sino para ahuyentar a la manga presente y dejar el campo libre a la venidera, a fin de que remate la obra de la pandilla que se va con el vientre pleno de lo que no le pertenece y la conciencia atestada de injusticias, violencias y maldades (67).

Duro es este juicio y duras son estas palabras; pero creo que puedo asegurar sin temor a ser desmentido, que los todavía sangrantes sucesos españoles y los recientes argentinos, corroboran con superabundancia la dura verdad de mis afirmaciones.

189. — Pero en fin, dejemos que el tiempo corra; que si hoy sucede así con esta clase de delitos, tal vez no tarde mucho en llegar el día, y por ventura está ya presente, que se juzgue de la misma manera con todos los otros. Y entonces, al prevalecer en la sociedad la opinión que niega la malicia moral del acto, y quedar, por consiguiente, abolida por sí misma la idea de castigo, ya que éste no puede ni siquiera concebirse sin relación al delito; tendremos por una parte a la justicia enfrente de los criminales como lo está el león en presencia del cordero, presto a devorarlo, sin otro delito que el de no tener suficiente fuerza para defenderse.

Pero como, si por una parte no hay culpa tampoco hay ningunísimo derecho a infligir la pena, tendremos por la otra que a los ojos y conciencia de los delincuentes, que en ese caso no serían tales, sino más bien desventurados, también habrá desaparecido la idea y necesidad de la justicia; y por consiguiente las leyes que imponen la pena, el juez que la decreta, el ministro que la ejecuta, la sociedad que la consiente serán unos asaltantes del derecho ajeno, ladrones de ladrones y asesinos de asesinos, contra los cuales hay que luchar a brazo partido para deshacerse de ellos por todos los medios posibles.

190. — Y aquí comienzan de lleno las gloriosas jornadas de barricadas y pedradas, de asaltos e incendios, de robos y asesinatos de todas las personas honradas y conspicuas de todo orden que puedan haber a las manos y que, por sólo serlo, son también enemigos natos de esos malhadados caudillos del pueblo soberano, de ese soberano arrabalesco que en esos días se muestra desde su trono de «fango, lágrimas y sangre» en todo el esplendor de su majestad, manejando sin piedad el cetro de su justicia y su barbarie contra las víctimas designadas para la venganza del partido o de los odios, rencores, ambiciones, envidias y venganzas personales, hasta consumar el martirio con fiereza más desenfrenada e impasible que la que pudiera hacerlo una horda de caníbales.

191. — ¡Así concluye el pueblo soberano sus juicios sumarísimos, si no nos equivocamos, algo más severos, precipitados, equivocados, extralegales e injustos que aquellos en que los jueces condenan con la pena de muerte a los verdaderos delincuentes!

Y así también los juristas que introducen en los códigos y los jueces que aplican con las leyes una injustificada y absurda lenidad penal para con los malhechores, se hacen a su vez solidarios de sus maldades (68).

Notas:

(66) Véase el libro del Dr. García Pintos Salvador «El Respeto a la Vida», parte, págs. 32-36, Montevideo 1936.

(67) Léase sobre este punto particular a Taparelli, Examen crítico de los gobiernos representativos, vol. 2º, parte 2º, párrafo 5º, págs. 473-476, nº 1227 y sgs.

Esto se escribía en el año 1937, y se publica en el año 1956 a cinco meses de haberse realizado el bochornoso escándalo de Perón y comparsa, acogido, con mayor escándalo todavía de toda la gente honrada, al derecho de asilo en la Embajada paraguaya y de ella partido al extranjero, en donde está gozando libre de toda pena del estupendo producto de sus innumerables crímenes!!!…

Y el discurso de Pío XII al Congreso de Penalistas habido en Roma el año 1953, en donde da normas prudentísimas y segurísimas para evitar los enormes males sociales que irremediablemente se siguen del derecho de asilo político ilimitado.

(68) Todo esto está tan asazmente probado por los hechos, que podemos dispensarnos de alegar aquí las razones, y así sólo nos contentamos con indicar las fuentes de donde esos hechos se derivan. Dígase, si no, qué otro significado tienen los hechos desgraciados de Rusia, Méjico y España, y en todas las naciones esclavizadas por Rusia del otro lado del telón de acero, en donde la DEMOCRACIA DE ABAJO HA ASESINADO Y SAQUEADO «RACIONALMENTE» A LA DEMOCRACIA DE ARRIBA…

«Racionalmente», esto es, según las teorías de Proudhon, Marx, Lenín, Stalin, Calles, Alcalá Zamora, Largo Caballero, Azaña, Negrín, etc., que para el caso todo es lo mismo.

Lo mismo quizá se podría decir de esas bandas de asaltantes que tanto pululan por las ciudades como Nueva York, Buenos Aires, Londres, etc., y contra los cuales se emplean constantemente y se sacrifica a veces todo un ejército de policías.

¿No es verdadero baldón que la vida de esos asesinos se guarde a veces con mayor cuidado que la de tantos otros pobres honrados obreros, muertos de hambre por no quererse meter al lucrativo y no pocas veces honrado oficio de asesinos públicos? Recuérdense varios casos recientes ocurridos en Montevideo y que son del dominio público. A ver si no es una vergüenza y una conspiración contra la paz y seguridad de los hombres honrados, que se larguen de esa manera tan veladamente manifiesta a semejantes…

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