NO MATARÁS

ESPECIALES DE RADIO CRISTIANDAD

 

Sobre la pena de muerte

Segunda entrega

 

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La venganza es lícita

SUMA TEOLÓGICA

IIª-IIæ, cuestión 108

ARTÍCULOS 1 y 3

La venganza se lleva a cabo mediante algún mal penal impuesto al pecador.

Por consiguiente, en la venganza se debe tener en cuenta la intención del vengador.

Pues si lo que principalmente intenta es el mal de aquel de quien se venga y en él se complace, eso es totalmente ilícito; porque gozarse del mal de otro es odio, opuesto a la caridad con que debemos amar a todos los hombres.

Ni vale el que alguien se excuse diciendo que intenta causar un daño a quien injustamente se lo causó a él, como tampoco queda uno excusado por odiar a quien lo odia. Pues no hay razón que justifique el que peque yo contra otro porque este primero pecó contra mí, lo que sería dejarse vencer por el mal, cosa que prohíbe el Apóstol cuando dice (Rom 12, 21): No debes dejarte vencer por el mal, sino que debes vencer el mal con el bien.

En cambio, si lo que principalmente intenta el vengador es un bien, al que se llega mediante el castigo del pecador, por ejemplo, su enmienda, o por lo menos el que se sienta cohibido, la tranquilidad de los demás, la conservación de la justicia y del honor debido a Dios, entonces puede ser lícita la venganza, siempre que queden a salvo las otras circunstancias debidas.

***

Quien ejerce la venganza sobre los malos según su jurisdicción, no usurpa lo que es de Dios, sino que usa del poder que Dios le ha dado. Mas si alguien ejerce la venganza fuera del orden establecido por Dios, usurpa lo que es de Dios, y por consiguiente peca.

Los malos son tolerados por los buenos en lo de soportar pacientemente las injurias propias; pero no así las injurias contra Dios o contra el prójimo. Ser paciente en las injurias propias es digno de alabanza; pero disimular las injurias contra Dios es demasiado impío.

La injuria contra una persona redunda a veces en ofensa de Dios y de la Iglesia, y entonces debe uno exigir reparación de la misma.

Mas, por lo que se refiere a la injuria contra alguien que afecta únicamente a su propia persona, debe ser tolerada con paciencia si así conviene que se haga.

La venganza del pecado de la colectividad toda entera debe recaer, o sobre la totalidad, como en el caso de los egipcios, sumergidos en el mar Rojo por perseguir a los israelitas, y el de los sodomitas, que murieron todos; o sobre una gran parte de la misma, como en el castigo de los que adoraron al becerro.

Pero a veces, si se espera la corrección de muchos, la severidad de la venganza debe ejercerse sobre unos pocos principales, con cuyo castigo escarmienten los demás, como mandó el Señor ahorcar a los príncipes del pueblo por el pecado que el pueblo había cometido.

Mas, si no todos pecaron, sino tan sólo una parte, y es posible separar los buenos de los malos, se debe ejercer la venganza sobre éstos, si es que cabe hacerlo sin escándalo de los demás. De no ser así, se debe perdonar a todos y renunciar a la severidad.

Lo mismo debe decirse del príncipe a quien obedece la multitud. Se debe tolerar su pecado si no se le puede castigar sin escándalo del pueblo, a no ser que su pecado sea tal que cause más daño espiritual o temporal a sus súbditos que el escándalo que se podría temer.

Debe llevarse a cabo la venganza aplicando los castigos de uso corriente entre los hombres

A algunos, que no sienten afecto a la virtud, los mantiene a raya el temor a perder aquello que prefieren a lo que van a conseguir pecando.

Por consiguiente, se debe tomar venganza del pecado privando al hombre de lo que tiene en mayor estima.

Y éstas son las cuatro cosas que prefiere a cualquier otra el hombre: la vida, la integridad corporal, la libertad y los bienes exteriores, tales como las riquezas, la patria y la buena fama.

Por eso, como refiere San Agustín en XXI De Civ. Dei, en los escritos de Tulio se habla de ocho géneros de penas con que castiga la ley, a saber: la muerte, por la que se quita a uno la vida; los azotes y el talión (el perder ojo por ojo), por los que se pierde la incolumidad del cuerpo; la esclavitud y la cárcel, por las que se le priva de la libertad; el destierro, que le arranca de la patria; la confiscación de bienes, que le despoja de sus riquezas; la ignominia, que le priva de su buena fama.

IIª-IIæ, cuestión 64

ARTÍCULO 2

¿Es lícito matar a los pecadores?

Objeciones por las que parece que no es lícito matar a los pecadores:

1. El Señor prohibió, en la parábola de Mt 13, 29-30, extirpar la cizaña, que representa a los hijos del mal, como allí se dice (v.28). Pero todo lo que Dios prohíbe es pecado. Luego matar al pecador es pecado.

2. La justicia humana debe conformarse a la justicia divina. Mas, según esta divina justicia, son conservados los pecadores para que hagan penitencia, de acuerdo con aquellas palabras de Dios que consigna Ez 18, 23: No quiero la muerte del pecador, sino que se convierta y viva. Luego parece que es absolutamente injusto matar a los pecadores.

3. Lo que es malo en sí no puede en modo alguno hacerse con buen fin, como manifiestan Agustín en el libro Contra mendacium, y el Filósofo en III Ethic. Pero matar al hombre es en sí malo, puesto que hemos de tener caridad con todos los hombres, y queremos que los amigos existan y vivan, como se dice en IX Ethic. Luego en ningún caso es lícito matar al hombre pecador.

Contra esto: está Ex 22, 18, que dice: No permitirás que vivan los hechiceros; y en Sal 100, 8: De madrugada matad a todos los pecadores del país.

Respondo: Según se ha expuesto (a.1), es lícito matar a los animales brutos en cuanto se ordenan de modo natural al uso de los hombres, como lo imperfecto se ordena a lo perfecto. Pues toda parte se ordena al todo como lo imperfecto a lo perfecto, y por ello cada parte existe naturalmente para el todo.

Y por esto vemos que, si fuera necesaria para la salud de todo el cuerpo humano la amputación de algún miembro, por ejemplo, si está podrido y puede inficionar a los demás, tal amputación sería laudable y saludable.

Pues bien: cada persona singular se compara a toda la comunidad como la parte al todo; y, por tanto, si un hombre es peligroso a la sociedad y la corrompe por algún pecado, laudable y saludablemente se le quita la vida para la conservación del bien común; pues, como afirma I Cor 5, 6, un poco de levadura corrompe a toda la masa.

A las objeciones:

1. El Señor mandó que se abstuvieran de arrancar la cizaña por evitar que se arrancara el trigo, esto es, los buenos, lo que ocurre cuando no puede matarse a los malos sin que al mismo tiempo sean muertos también los buenos, ya porque estén ocultos entre éstos, ya porque tengan muchos secuaces, de modo que no puedan ser suprimidos sin peligro para los buenos, como observa Agustín en Contra Parmen. Por eso el Señor enseña que vale más dejar vivir a los malos y reservar la venganza hasta el juicio final, que hacer perecer al mismo tiempo a los buenos. Pero cuando la muerte de los malos no entraña un peligro para los buenos, sino más bien seguridad y protección, se puede lícitamente quitar la vida a aquéllos.

2. Dios, según el orden de su sabiduría, arrebata, algunas veces, inmediatamente la vida de los pecadores para liberar a los buenos; pero otras veces les concede tiempo de arrepentirse, si prevé que es conveniente para sus elegidos. También en esto le imita la justicia humana según su posibilidad, pues hace morir a los que son funestos para los demás, pero reserva a los que pecan sin perjudicar gravemente a otros, para que hagan penitencia.

3. El hombre, al pecar, se separa del orden de la razón, y por ello decae en su dignidad, es decir, en cuanto que el hombre es naturalmente libre y existente por sí mismo; y se hunde, en cierto modo, en la esclavitud de las bestias, de modo que puede disponerse de él en cuanto es útil a los demás, según aquello del Sal 42, 21: El hombre, cuando se alzaba en su esplendor, no lo entendió; se ha hecho comparable a las bestias insensatas y es semejante a ellas; y en Prov 11, 29 se dice: El que es necio servirá al sabio. Por consiguiente, aunque matar al hombre que conserva su dignidad sea en sí malo, sin embargo, matar al hombre pecador puede ser bueno, como matar una bestia, pues peor es el hombre malo que una bestia y causa más daño, según afirma el Filósofo en I Polit. y en VIII Ethic.

ARTÍCULO 3

¿Es lícito a una persona particular matar al hombre pecador?

Objeciones por las que parece que es lícito a un simple particular matar al hombre pecador:

1. En la ley divina no se manda ninguna cosa ilícita. Mas Moisés mandó en Ex 32, 27: Cada uno mate a su hermano, a su amigo y a su prójimo por haber adorado al becerro de oro. Luego es lícito, aun a las personas particulares, matar al pecador.

2. El hombre, a causa del pecado, es comparable a las bestias, como se ha dicho anteriormente (a.2 ad 3); pero matar la bestia salvaje que causa mucho daño es lícito a cualquier persona particular. Luego por igual razón le será lícito matar al hombre pecador.

3. Es laudable que el hombre, aunque sea una persona privada, realice lo que es útil al bien común. Ahora bien: quitar la vida a los malhechores es útil al bien común, como se ha demostrado (a.2). Luego es laudable que incluso las personas privadas maten a los malhechores.

Contra esto: está Agustín, en I De civ. Dei, que dice: El que matare a malhechor sin tener administración pública, será juzgado como homicida, y tanto más cuanto que no temió usurpar una potestad que Dios no le había concedido.

Respondo: Como hemos dicho (a.2), es lícito matar al malhechor en cuanto se ordena a la salud de toda la comunidad, y, en consecuencia, el realizarlo le compete sólo a aquel a quien esté confiado el cuidado de conservar la comunidad, igual que al médico le compete amputar el miembro podrido cuando le fuera encomendada la curación de todo el cuerpo. Pero el cuidado del bien común está confiado a los príncipes, que tienen la autoridad pública. Por consiguiente, solamente a éstos es lícito matar a los malhechores; en cambio, no lo es a las personas particulares.

A las objeciones:

1. Realmente realiza una acción aquel por cuya autoridad o mandato se hace, como expresa Dionisio en el c.3 De cael, hier.; y por esto escribe Agustín, en I De civ. Dei, que no mata aquella persona que cumple su ministerio de obedecer al que manda, de quien es instrumento, como una espada en manos del que se sirve de ella. Por consiguiente, los que mataron a los parientes y amigos por mandato del Señor no parece que ellos mismos lo hayan hecho, sino, antes bien, aquel a cuya autoridad obedecían, como un soldado mata al enemigo por orden del príncipe y el verdugo al ladrón por autoridad del juez.

2. La bestia es por su naturaleza distinta del hombre, y, por consiguiente, sobre este punto no se requiere juicio alguno de si hay que matarla si es salvaje; pero, si es doméstica, se requiere un juicio, no por ella misma, sino por el perjuicio del dueño. Mas el hombre pecador no es por naturaleza distinto de los hombres justos; por consiguiente, habrá necesidad de un juicio público para decidir si se le debe matar en atención al bien común.

3. Hacer algo en servicio del bien común, que a nadie perjudique, es lícito a cualquier persona particular; pero si es con perjuicio de otro, no debe hacerse sino según el juicio de aquel a quien pertenece decidir qué se debe quitar a las partes para la salvación del todo.

SUMA CONTRA GENTILES

Libro III

CAPITULO CXLVI

Es lícito a los jueces imponer penas. Pero como algunos, entregados a las cosas sensibles, sólo se cuidan de lo que se ve, menospreciando las penas infligidas por Dios, dispuso la divina providencia que en la tierra haya hombres que con penas sensibles y presentes obliguen a algunos a la observancia de la justicia. Y es evidente que no pecan cuando castigan a los malos, puesto que nadie peca cuando hace justicia. Y como es justo castigar a los malos, porque las culpas se corrigen por las penas, según se ve por lo dicho (c. 140), no pecan, pues, los jueces al castigar a los malos.

Los hombres que en la tierra están situados sobre los demás son como ejecutores de la divina providencia; porque Dios, según el orden de su providencia ejecuta las cosas inferiores mediante las superiores según consta por lo dicho (c. 77). Es así que nadie paca al ejecutar el orden de la divina providencia porque lo propio de dicho orden es premiar a los buenos y castigar a los malos, como consta por lo dicho (c. 140). Luego los hombres que están al frente de los demás no pecan al remunerar a los buenos y castigar a los malos.

Además, el bien no tiene necesidad del mal, sino lo contrario. Por tanto, lo que es necesario para la conservación del bien no puede ser esencialmente malo. Mas para conservar la concordia entre los hombres es necesario imponer penas a los malos. Por consiguiente, castigar a los malos no es esencialmente malo.

El bien común es mejor que el bien particular de uno. En consecuencia el bien particular de uno solo ha de sacrificarse para conservar el bien común. Pero la vida de algunos hombres perniciosos impiden el bien común, que es la concordia de la sociedad humana. Luego tales hombres han de ser apartados de la sociedad humana mediante la muerte.

Así como el médico intenta con su actuación procurar la salud, que consiste en la concordia ordenada de los humores, así el jefe de la ciudad intenta con su actuación la paz, que consiste en la concordia ordenada de los ciudadanos. Pero el médico corta justa y útilmente el miembro pútrido si éste amenaza corromper al cuerpo. Según esto, justamente y sin pecado mata el jefe de la ciudad a los hombres perniciosos para que la paz de la misma no se altere.

Por esto dice el Apóstol: ―¿No sabéis que un poco de levadura hace fermentar toda la masa?‖ Y poco después añade: ―Vosotros extirpad el mal de entre vosotros mismos‖. Y de la potestad terrena se dice: ―No en vano lleva la espada. Es ministro de Dios, vengador para castigo del que obra el mal‖. Y en la primera de San Pedro: ―Por amor del Señor estad sujetos a toda autoridad humana, ya al emperador, como soberano; ya a los gobernadores, como delega dos suyos, para castigo de los malhechores y elogio de los buenos‖.

Y con esto se refuta el error de quienes decían que no es lícito imponer castigos corporales, alegando en favor de su error lo que se dice en el Éxodo y se vuelve a repetir en San Mateo: ―No matarás‖.

–Alegan también lo que se dice que respondió el Señor a los criados que querían recoger la cizaña de entre el trigo: ―Dejad que ambos crezcan hasta la siega‖. Y por cizaña se entiende, según se dice en el mismo lugar, ―los hijos del maligno‖, y por siega, ―la consumación del siglo‖. En consecuencia, no se debe matar a los malos por separarlos de los buenos.

Alegan, además, que mientras el hombre está en el mundo puede hacerse mejor. Por tanto, no se le ha de separar del mundo por la muerte, sino que se le ha de conservar para que haga penitencia.

Pero estas razones son inconsistentes.

Porque en la ley que dice: ―No matarás‖, se añade poco después: ―El reo de bestialidad será muerto‖. Con lo cual se da a entender que la muerte injusta está prohibida.

–Cosa que se deduce también de las palabras del Señor, porque al decir: ―Habéis oído que se dijo a los antiguos: ―No matarás‖, añadió: ―Pero yo os digo que quien se irrita contra su hermano‖, etc. Y esto demuestra que la muerte que procede de la ira está prohibida pero no la que obedece al celo por la justicia. Y lo que dice también el Señor: ―Dejad que ambos crezcan hasta la siega‖, se ve cómo ha de entenderse por las siguientes palabras: ―No sea que, al querer arrancar la cizaña, arranquen con ella el trigo‖. Por consiguiente se prohíbe la muerte de los malos allí donde no puede hacerse sin peligro de los buenos; cosa que acontece ordinariamente cuando todavía no se han distinguido los malos de los buenos por pecados manifiestos o cuando se teme el peligro de que los malos arrastran tras de sí a muchos buenos. Y el que los malos puedan enmendarse mientras viven no es obstáculo para que se les pueda dar muerte justamente, porque el peligro que amenaza con su vida es mayor y más cierto que el bien que se espera de su enmienda.

Además los malos tienen en el momento mismo de la muerte poder para convertirse a Dios por la penitencia. Y si están obstinados en tal grado que ni aun entonces se aparta su corazón de la maldad, puede juzgarse con bastante probabilidad que nunca se corregirían de ella.

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