EL CRISTIANISMO
SUS DOGMAS, ORACIONES,
MANDAMIENTOS Y SACRAMENTOS
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TERCERA PARTE
LO QUE SE HA DE OBRAR
DOCTRINA DE LA CARIDAD
MANDAMIENTOS DE LA LEY DE DIOS
PRECEPTOS DE LA IGLESIA – VIRTUDES CRISTIANAS
MANDAMIENTOS DE LA LEY DE DIOS EN PARTICULAR
Segundo mandamiento.
El segundo mandamiento es: No tomar el Nombre de Dios en vano.
Nos manda tener mucho respeto al santo Nombre de Dios.
Prohíbe nombrar a Dios sin respeto, la blasfemia, los juramentos vanos y la violación de votos.
El nombrar a Dios y las cosas santas por enojo, risa, juego o de otro modo poco reverente, es pecado venial.
LA BLASFEMIA
La blasfemia es decir o hacer algo injurioso a Dios o a los Santos.
Es un pecado gravísimo: es el lenguaje del infierno: si no se oyera, no se podría creer que hubiera hombres capaces de blasfemar.
Todas las razones que se alegan, para defender tan detestable vicio, son puras excusas de ningún valor.
Si el blasfemo debiera pagar una suma importante por cada blasfemia, ciertamente se enmendaría inmediatamente.
JURAMENTO
Jurar es poner a Dios por testigo.
Jura en vano el que jura sin verdad, sin justicia y sin necesidad.
Jurar sin verdad es jurar contra lo que uno siente o con mentira.
Jurar sin justicia es jurar una cosa injusta y mala, como hacer algún mal al prójimo.
El que ha jurado hacer una cosa mala no debe ni puede cumplir el juramento, pues el cumplirlo sería otro pecado más.
Jurar sin necesidad es jurar sin causa grave o por cosa de poco momento.
Jurar con mentira es siempre pecado mortal, aún en cosa leve.
Poner a Dios, Verdad infinita, por testigo de lo falso, es una grave irreverencia.
Jurar sin justicia en cosa grave, es pecado mortal; en cosa leve, es venial.
Jurar sin necesidad es pecado venial.
También es pecado jurar en vano por las criaturas, porque se jura al Creador de ellas.
Jurar por las criaturas es decir por ej.: juro por mi alma, por el Cielo, por la tierra, etc., que esto es así.
Para no jurar en vano debemos acostumbrarnos a decir simplemente sí o no, como Jesucristo nos enseña.
EL VOTO
El voto es una promesa hecha a Dios, de un bien mejor, con intención de obligarse.
El que ha hecho un voto tiene obligación de cumplirlo.
Antes de hacer un voto conviene pensarlo bien y pedir consejo al confesor.
El voto se puede cumplir haciendo otra cosa mejor que lo que se prometió.
Cuando el cumplimiento de un voto fuera muy difícil, se puede pedir la conmutación o la dispensa.
El propósito de hacer una cosa buena, de por sí no obliga.
Por ejemplo: uno hace el propósito de oír Misa o rezar el Rosario diariamente; si lo cumple ganará mucho, pero si no lo cumple no comete pecado.


