«Fetuccini al dente» en el bar de la logia
SALZA ANTISEDEVACANTISTA
“Es que…, sin sentencia declaratoria, sin tener ante sus ojos la correspondiente ferendæ sententiæ…, hasta el Ángel del Apocalipsis debe abstenerse de apresar al Falso Profeta y arrojarlo vivo al lago del fuego encendido con azufre”
Pediré por anticipado perdón y reclamaré paciencia, esfuerzo y, sobre todo, atención, ya que no era posible realizar este trabajo, ni dar la respuesta que pretendo, de manera breve.
Superaremos largamente la cantidad de espacio que habitualmente me llevan los artículos normales y, créase o no, estoy muy lejos de un intento de exhibir una erudición que no tengo.
Para abreviar, y a los fines de este artículo solamente, cuando me refiera al sedevacantismo lo haré como «la tesis».
—0—
Hay varios aspectos novedosos en la actual controversia sobre la cuestión de si la Sede Apostólica se encuentra o no en estado de SEDE VACANTE.
Por una parte, ni siquiera el más refractario a la tesis sedevacantista podrá negar que la misma ha recibido providencialmente un nuevo y rejuvenecedor impulso, desde que Bergoglio se encaramó en el Sillón más importante del mundo. (Hay veces que pienso que el sillón más importante (por lo cómodo) del mundo es el mío, sobre todo a la hora de leer o escribir; una idea que se disipa rápidamente…, hasta que le llega el turno al siguiente texto).
Por otra, la virulencia de los ataques que recibía la tesis antes de Bergoglio, ha disminuido luego. Es decir…, se la ataca y contradice, por supuesto; pero ha ganado no solamente en cantidad de conocedores, partidarios y defensores, sino también (y he aquí lo más remarcable) en respetabilidad y consideración.
Incluso personas que antes se ofuscaban con la sola mención de la tesis, hoy se cuidan mucho de asumir actitudes destempladas o agresivas contra quienes la proponen como una solución, o como la llave que permite ver más clara la situación actual.
¿Las razones de dicho cambio? Pues…, creo que son diversas.
Seguramente que las hay de aquellas que provienen de la consternación de quienes se encuentran abrumados por todo lo que ha generado Bergoglio (son los mismos que no ven o que soslayan que Ratzinger es un engendro de igual o peor calibre que el argentino), pasando por los de espíritu práctico que ven que cada día se torna más indefendible el antisedevacantismo, a medida que transcurren años y décadas, y no sólo no retrocede sino que coagula la existencia de la Iglesia Conciliar y el consecuente Eclipse de la Iglesia Católica, cuestión puntual respecto de la que nada dicen los enemigos de la tesis, cuando suelen ser ellos los primeros en evocar signos y señales; y nos quedan por último los que hacen cuentas y especulan con el aumento de fieles partidarios de la tesis.
A fin de cuentas… De algo hay que vivir; y hasta el sacerdote, que vive del altar, tiene que pensárselo bien. Y esto vale con viceversa incluido. Saltar el charco es muy evidente, pero hay maneras de hacerlo con cierto disimulo.
Bendito sea Dios que también se aprovecha de esos medios.
Y hay de los honestos a ultranza, también. Los que dicen que no lo vieron antes, sino hasta que llegó Bergoglio. Y en tal sentido, yo creo que la llegada del impostor argentino es providencial.
Honestos, no lo niego, hay en ambos lados. Es decir honestos partidarios de la tesis y adversarios honestos de la tesis.
Pues bien; hechas esas aclaraciones, prosigamos.
Mons. Williamson, los Dominicos de Avrillé, el vocero Non Possumus y otros como ellos están especialmente ocupados desde hace ya bastante tiempo con esta cuestión, y existen razones inmediatas para que ello ocurra.
A las ya descritas, que son de orden general y más o menos pedestre, digamos que debe sumarse una en particular, que podríamos decir que es ominosa, próxima, y que se acerca lenta pero inexorablemente; a ésta le temen absolutamente todos los del sector conservador.
Se trata del evento a llevarse a cabo el próximo mes de octubre…: el cierre, la conclusión del llamado SÍNODO DE LA FAMILIA. El mismo que ya ha provocado diversos sismos estructurales en la jerarquía de la iglesia conciliar y tremendos disgustos entre conservadores y “prolijos” que, pese a todo, continúan sosteniendo que Bergoglio es Papa y que la iglesia oficial y conciliar sigue siendo la Iglesia Católica.
En prevención de un final del mencionado Sínodo que muchos sospechan, y con razón, que será escandaloso, tremendo y ruinoso, es que ciertos sectores están adelantándose a las consecuencias y procuran desalentar a los fieles que comienzan a mirar a la tesis con mayor respeto y consideración, y a quienes la defienden y sostienen, ya no como a locos, ni mucho menos como cismáticos, sino como personas respetables, tal vez algo adelantadas a su tiempo, o simplemente gente que se dio cuenta antes de las cosas.
Non Possumus, entre tanto, cuya administradora proviene de una familia que adhería fuertemente a la tesis, es ahora, o intenta ser, una defensora de la posición opuesta. Influenciada por el Obispo de la Rosa y otras personas de su entorno, intenta interpretar una realidad que se le escapa, como bien puede verse en sus cuantiosas contradicciones e incongruentes posiciones ideológicas.
En este caso, viene de publicar el siguiente artículo:
http://nonpossumus-vcr.blogspot.com.ar/2015/06/belarmino-y-suarez-sobre-la-cuestion.html
Voy a analizarlo y comentarlo en todas aquellas cosas que, a mi criterio, son significativas. Seguramente que no se tratará de un análisis exhaustivo, pero trataré de hacerlo de la mejor manera.
Pero antes es importante decir algunas cosas:
a) Como ocurre con las cuestiones atinentes a LA FE, en este tema también hay las suficientes luces como para que aquel que tiene amor por la Verdad la reconozca, y hay también un “espíritu de engaño para que aquellos que no amaron la Verdad se pierdan”. Cómo se sabe cuándo de la Verdad se trata, la Sagrada Escritura descarta toda ambigüedad.
b) Esta cuestión, en derredor de la tesis, tiene mucho más que ver con el SENSUS FIDEI que con los vericuetos y las interpretaciones canónicas; es más próxima a la sencillez evangélica que a las elaboraciones de la casuística jesuita. Es propia de aquellos que logran hacerse como niños y se toman de la mano del bondadoso Buen Pastor, y no de aquellos que se refugian, con obsesión propia de rabinos y fariseos, en la LETRA de LA LEY…
c) La tesis NUNCA se presenta como DOGMÁTICA, ya que no es un dogma ni jamás podría serlo.
d) En cambio, los enemigos o adversarios de la tesis, asumen una actitud dogmática casi en todo momento, salvo… cuando les conviene no asumir esa actitud.
e) Existen concomitancias entre la tesis y otra cuestión que es actualmente debatida entre los grupos tradicionales; esta es la cuestión APOCALÍPTICA y en menor grado EL MILENISMO. Es decir que quien defiende la tesis, será proclive a una mayor y mejor visión apocalíptica y posiblemente sea más abierto a considerar y aceptar lo que durante los primeros cuatro siglos casi todos las Padres enseñaban acerca del Milenio, y la completa cristiandad profesaba.
f) Por el contrario; los adversarios de la tesis (y cuanto más acérrimos lo sean, será peor) casi siempre o son completamente indiferentes a la cuestión apocalíptica o serán reacios a considerarla cada vez que dicha cuestión sea planteada; y en cuanto al MILENISMO, la casi totalidad de ellos lo rechazan prácticamente sin ninguna consideración.
En suma, el lector podrá ver qué espíritu hay de cada lado.
No negamos que existen sectores partidarios de la tesis que incurren en actitudes parecidas a la de los adversarios viscerales de la misma; repudiamos dichas actitudes (ej. “vaticano católico” de los Dimmond).
Siempre hemos propuesto la discusión y el debate, y eso es lo que proponemos ahora. Ese espíritu es el que alienta este artículo, que deberá ser tomado como nuestra respuesta…, no a Non Possumus (que más se parece a una asociación de autistas; aunque esperamos que a ellos también les sirva), sino al Sr. Siscoe, autor del artículo y al autor de los principales argumentos contra La Tesis utilizados por Siscoe, el sr. John SALZA, sobre quien tenemos, más que muchas dudas, muchas certezas.
Hago votos para que John Salza ponga dudas en esas certezas y sume certezas para sus propias dudas.
Ahora se entiende la supuesta falta de ortografía del título, ¿no?
ANTECEDENTES
Una pavorosa ingenuidad…
¿Antecedentes?
Sí. Porque es interesante e importante, antes que nada hacer una breve introducción dedicada al estadounidense John SALZA, quien tal vez sea el más inteligente contradictor actual de la tesis.
Es, sin dudas, un hombre inteligente.
Nacido en Wiscounsin 1967, abogado y… MASÓN, hasta que renunció, luego de alcanzar el grado 32.
¿Cómo?
Pues, no hace falta más que buscar en internet sus antecedentes para encontrarse con esto:
http://es.wikipedia.org/wiki/John_Salza
«John Salza fue bautizado católico. Después de su escuela de derecho, fue invitado a entrar en la masonería. Varios años después, recibió el grado 32° del Rito Escocés Antiguo y Aceptado en la logia del Wisconsin. Renunció a la masonería y expuso su caso en su libro Masonry Unmasked: An Insider Reveals the Secrets of the Lodge.»
Ok. El tipo se… ¿convirtió?
A ver…, una vez terminada su escuela de derecho ingresó a la masonería. Esto significa que no tenía 12 años, sino que más bien era ya un hombre de alrededor de 24 o 25 años. ¿Católico? Pues sí. Parece que era católico. Tal vez poco instruido en su fe; de lo contrario no se explica su ingreso a la masonería. ¿O fue por ambición? Es bien $abido aquello de lo$ beneficio$ que se $iguen de la pertenencia a la logia.
Bueno, como sea. El hombre alcanzó el grado 32; y después, se fue, se convirtió, o sea, que dejó la masonería y sus pompas y sus obras y escribió un libro para desenmascararla.
Pregunto: ese grado 32, ¿se alcanza en un par de semanas?…, ¿existen casos de particular interés por parte de la Logia para promover rápidamente a alguien, dada la importancia del personaje o su poder?
Debo decir que me parece que aquí ocurre algo similar a lo del Obispo de la Rosa y que, además, viene a sumarse al caso de otro conspicuo (me encanta esta palabra) “tradi”, como el pro-sionista Maximilian Krah o su amiguito, él también adorador de “la pared de los papelitos”, Matthias Schäppi; digo por lo de los “infiltradis”.
El Obispo inglés denunció alguna vez la presencia de un masón infiltrado en la F$$PX, pero jamás dio su nombre, mientras que en su blasón episcopal puso un claro símbolo rosacruz, y por ende masónico…
John Salza, por su parte, llegó hasta el grado 32 de la masonería, y después se fue y «desenmascaró» a la logia, publicando un libro contando algunos de sus secretos.
Es evidente que en el mundo actual ya nada es como era. Porque antes, si el que se alejaba de la secta masónica se atrevía a abrir la boca y desvelar sus secretos, era… “boleta”.
Claro…, por cuestiones “humanitarias” (léase estratégicas), ahora ya eso no ocurre más. Y así los masones arrepentidos hablan tranquilamente de los años en que portaban el mandil, y de ese modo demuestran que, aunque la masonería no es recomendable, los masones no son tan malos.
Pero, además, yo no puedo sino preguntarme ¿quién llega a tan alto grado en semejante organización «sin darse cuenta»? ¿Quién se pasa tantos años dentro de la masonería sin notar lo que la misma tiene de anticatólica? ¿Es posible tal clase de ingenuidad?
Tal vez sea posible ser tan pero tan ingenuo. En todo caso, ¿será el mismo tipo de ingenuidad que hace que una persona crea posible que los Papas Conciliares sean, al mismo tiempo, herejes pertinaces y sinceros católicos? Una ingenuidad tremenda la que hace creer que, a pesar de su notable y pública apostasía, continúen teniendo en sus manos ¡LAS LLAVES DEL REINO DE LOS CIELOS…!
¡Oh…, prístina y rara ingenuidad la del Sr. John Salza!; sobre todo porque la ingenuidad no suele ir de la mano con la agudeza intelectual y Salza es un tipo muy inteligente…
—“Sí. Y además es un petulante soberbio, como surge de la lectura de sus artículos“. —me soplan…
Pero esa es otra cuestión. No estoy aquí para descalificar a la persona (sobra el antecedente mencionado para eso). Lo que nos interesa son sus argumentos.
ARGUMENTOS
Fetuccini con Salza de Siscoe…
Los señores Siscoe y Salza, procuran sazonarnos un menú obligatorio para el almuerzo. Leer los argumentos de los antisedevacantistas durante años, es como si todos los días uno fuese a almorzar al mismo restaurante y el mesero le obligase a consumir todos los días lo que a él se le ocurre, siempre lo mismo, pero presentado de diversos modos.
En este caso se trata de fettuccini con Salza de Siscoe. Los mismos fettuccini (pero con salsa de Rosa) que nos sirve el Obispo Inglés; y los que vienen desde Avrillé… (fettuccini a la Dominicana), los que suelen servir en Menzingen (fettuccini a la Concilio, 95% solamente).
En el párrafo que a continuación tomamos de Non Possumus se encuentran los argumentos del Sr. Siscoe, quien, a su vez, los toma del Sr. Salza.
Salza menciona dos opiniones relativas al Papa herético, la de San Roberto Belarmino, que señala que un Papa manifiestamente hereje pierde su oficio sin una sentencia de la Iglesia, y la de Suárez, quien postula que el Papa hereje pierde su oficio en virtud de una declaración hecha por la Iglesia… Hay un punto importante que es necesario aclarar respecto a las opiniones de Belarmino y Suárez. Si bien es indudable que existe una diferencia en el nivel especulativo, cuando se desciende al aspecto práctico de la cuestión, ambas opiniones están de acuerdo. La diferencia radica en cuándo y cómo un papa hereje pierde su oficio, pero las dos posturas están de acuerdo en que o son las autoridades pertinentes quienes deben dictar una sentencia de culpabilidad, o bien es la misma parte culpable quien debe hacerlo, para que de esta manera conste que el papa no deba ser más considerado como tal. Y esta sentencia y la consiguiente determinación no se encuentran en la esfera de la opinión privada. La opinión de Belarmino (que sostiene que el papa herético pierde automáticamente su oficio) no excluye una sentencia de culpabilidad por parte de la Iglesia. Sólo postula que la sentencia no causa la pérdida del oficio del papa hereje, sino más bien confirma que es culpable de herejía y que por ello ha perdido su oficio. Esto se opone a la opinión de Suárez y de otros, quienes sostienen que es la sentencia de culpabilidad y la declaración de la Iglesia la que causa la pérdida del oficio. Una opinión indica que la Iglesia juzga la culpabilidad del papa y luego declara que él ya ha perdido su oficio como resultado de la herejía; y la otra opinión señala que la Iglesia juzga la culpabilidad y luego dicta una declaración que causa la pérdida del oficio.»
Como podemos ver la diferencia entre las dos opiniones se refiere solamente al aspecto hipotético (un asunto de orden especulativo) sobre todo al cuándo y cómo un papa herético pierde su oficio. En el nivel práctico ambas opiniones concuerdan en que es necesaria una sentencia de culpabilidad y en que debe dictarse una declaración.»
«La diferencia entre los dos sería más técnica que práctica. Estas son las dos principales posturas de los teólogos respecto a la cuestión del papa hereje y la Iglesia nunca ha emitido un juicio definitivo sobre cuál de las dos es la correcta. Pero lo que es importante advertir, es que ambas opiniones concuerdan en que para que un papa en ejercicio pueda ser removido de su oficio, en primer lugar debe ser declarado culpable de herejía por la Iglesia —por un concilio ecuménico o por el colegio de cardenales—. La cita que sigue a continuación, está tomada del libro Elements of Ecclesiastic Law del profesor de Derecho canónico, Sebastian B. Smith, D.D. “Pregunta: El papa que incurre en herejía ¿es destituido ipso jure? “Respuesta: Hay dos opiniones: una sostiene que es destituido ipso facto del pontificado por el propio Dios; la otra, que sólo se lo puede destituir jure divino. Ambas concuerdan en que como mínimo la Iglesia —es decir, un concilio ecuménico o el colegio cardenalicio— debe declararlo culpable de herejía. La cuestión es más hipotética que practica”.
Según el artículo hay dos posiciones que, si bien difieren técnicamente, ya que en lo práctico convergen, son iguales.
Ah… hay dos, y son iguales, y convergen…
Veamos si es tal cosa, con el texto que ellos mismos proporcionan (destacados nuestros).
La opinión de Belarmino… se opone a la opinión de Suárez… San Roberto Belarmino, que señala que un Papa manifiestamente hereje pierde su oficio sin una sentencia de la Iglesia, y la de Suárez, quien postula que el Papa hereje pierde su oficio en virtud de una declaración hecha por la Iglesia…
…Pero lo que es importante advertir, es que ambas opiniones concuerdan en que para que un papa en ejercicio pueda ser removido de su oficio, en primer lugar debe ser declarado culpable de herejía por la Iglesia — por un concilio ecuménico o por el colegio de cardenales.
—¿Qué dijo el tipo?
— Pues, que se oponen pero concuerdan.
— Ahhh, ¿lo del circulo cuadrado?
— Sí, y lo de los “papas” liberales.
En primer lugar, Siscoe dice que dice Smith; es decir ambos dicen lo que en ninguna parte dice San Roberto Bellarmino. Suarez dice lo que dicen Siscoe y Smith, y entre ellos y Salza dicen que sería lo mismo que diría San Roberto, pero… ¿Dónde lo dice San Roberto?
No hemos visto en ninguna parte que San Roberto afirme lo que estos enemigos de la tesis le hacen decir.
Básicamente entonces, lo que Smith propone, y Siscoe repite, es que Bellarmino, Suárez y Juan de Santo Tomás vienen a estar de acuerdo, siendo las diferencias entre ellos meramente TÉCNICAS, más que PRACTICAS, y que esa sería la postura de los teólogos respecto de la cuestión del papa hereje.
Según dice la Salza de Siscoe, siendo iguales concluyen en lo mismo, lo que sería que un Papa caído en herejía pierde su CARGO por medio de una DECLARACIÓN O SENTENCIA.
Para evitar dudas suspicaces utilizaré el diccionario de la RAE en todas sus acepciones pertinentes:
Oficio.
(Del lat. officium).
- m. Ocupación habitual.
- m. Cargo, ministerio.
- m. Profesión de algún arte mecánica.
- m. Función propia de alguna cosa.
- m. Comunicación escrita, referente a los asuntos de las administraciones públicas.
- m. Rel. oficio divino.
- m. desus. Lugar en que trabajan los empleados, oficina.
- m. pl. Funciones de iglesia, y más particularmente las de Semana Santa.
Como puede verse son dos las acepciones que se ajustan perfectamente bien al tema que nos ocupa, la SEGUNDA y la CUARTA.
Estas dicen que OFICIO es también CARGO O MINISTERIO.
Aplicando esta acepción al texto queda claro que caer en herejía PRIVA IPSO FACTO DEL CARGO O MINISTERIO QUE SE EJERCÍA HASTA ESE MOMENTO.
Esto lo corrobora la CUARTA acepción, toda vez que habla de FUNCIÓN PROPIA DE ALGUNA COSA… como por ejemplo, todo cargo o ministerio eclesiástico.
Perder el OFICIO es perder EL CARGO, y significa perder la FUNCIÓN PROPIA Y HABITUAL, o EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN INHERENTE AL CARGO.
Eso solamente puede significar una cosa: DEJAR DE SER LO QUE SE ERA Y NO POR SANCIÓN HUMANA NI POR DERECHO ECLESIÁSTICO, SINO POR SANCIÓN Y POR DERECHO DIVINO.
San Roberto Bellarmino dice que un Papa manifiestamente caído en herejía PIERDE SU OFICIO SIN NECESIDAD DE SENTENCIA.
Suárez dice que un Papa manifiestamente caído en herejía PIERDE SU OFICIO POR MEDIO DE UNA DECLARACIÓN DE LA IGLESIA.
Como consecuencia de todo esto las posiciones de San Roberto Bellarmino y de Suárez, NO SON LA MISMA POSICIÓN.
¿Puedo probar de alguna forma, y por si hiciera falta, todo lo que se ha dicho hasta aquí?
Claro que sí, y además por paradójico que parezca, es posible probarlo basándonos en las mismísimas conclusiones del artículo de Siscoe reproducidas por Non Possumus.
Siscoe admite que existen santos y doctores que creen y sostienen que el hereje manifiesto pierde automáticamente (ipso facto) su OFICIO, CARGO, MINISTERIO Y FUNCIÓN.
Lo que Siscoe no admite es que asumamos que un Papa caído en herejía manifiesta pierde su OFICIO, CARGO, MINISTERIO Y FUNCIÓN, antes de que La Iglesia haga efectiva una SENTENCIA o DECLARACIÓN.
Aplicando eso que dice Siscoe (y el ex masón Salza, y Williamson, etc etc,) a la realidad real y actual que nos toca vivir desde hace “apenas” unos 60 años, tendríamos que esperar que se pongan en marcha esos mecanismos que podríamos denominar ORDINARIOS para que, váyase a saber cómo, cuándo y quién, ALGUIEN (algún cardenal sacado de la galera por el mago Fa-Fa, o un obispo perdido en algún naufragio, pero sobreviviente en una isla del pacífico) se digne (luego de vista la situación y analizado el estado de cosas y… habiendo visualizado todas las posibles vías de escape por medio de las cuales lograr, una vez consumado el acto, salvar su vida) se disponga a llevar a cabo una DECLARACIÓN (anatema incluido) y SENTENCIA (con excomunión y todo…) de TODOS LOS PAPAS CONCILIARES y toda la jerarquía aneja y obsecuente, además de ignorante y aburguesada.
Fuera de broma, los señores Siscoe y Salza soslayan, como no podía ser de otro modo, la gravísima cuestión del TRASTOCAMIENTO del Sacramento del Orden perpetrado por las “autoridades modernistas destructoras de la Iglesia” (así las llama Non Possumus… Dios nos guarde a nosotros de “semejante“ osadía) hace ya más de CUARENTA AÑOS…
Dígase de dónde saldrá no ya un cardenal o un obispo, entre los conciliares, sino UN VERDADERO SACERDOTE… ¡¡¡y católico, además!!!
Por eso, no obstante, lo que piden estos señores, tan afectos a los vericuetos canónicos, también podrían verlo, si quisieran, aunque proviniendo desde otra dirección, o lugar, o ámbito (claro que, difícilmente, se los permita su prejuiciosa óptica “latina” y su manía jurisdicista).
Porque quizás, si hubiese quien hiciese eso, entonces sí, podría serles acepto a estos meticulosos y prolijísimos “canonistas” laicos, que tal vez pudiera ser que la Sede de Pedro estuviera VACANTE…
¡¡¡VAYA!!!
Pues… podrán ignorarlo. Podrán soslayarlo e incluso encogerse de hombros, pero, si acaso eso fuera necesario, deberían saber que también HA SIDO HECHO.
Porque los llamados Papas Conciliares, fueron advertidos, amonestados, e incluso anatematizados, de modo fehaciente y hasta por escrito y de un modo tal que no les resulta posible ignorarlo, ni a RATZINGER, ni a BERGOGLIO.
—¿Eso fue realizado por un Obispo? ¿Ratzinger y Bergoglio fueron anatematizados por un Obispo católico?
—Sí. Por varios Obispos, en realidad.
Pero claro… el actual reinado de la cátedra de fuego y confusión genera demasiado humo; y por andarse medio cerca de ella a muchos no se les permite ver con claridad.
CONCILIARISMO
Situaciones excepcionales en la Historia de la Iglesia
La teoría conciliarista tiene sus premisas en múltiples factores de índole histórica, política, canónica y, sobre todo, eclesiológica que, presentes en la época medieval, confluirían finalmente en la gran crisis que afectó la vida de la Iglesia en los siglos XIV-XV y que tomó el nombre de Cisma de Occidente (1378-1417).
La vía conciliar pareció ser la única posible para lograr nuevamente la unidad. El Concilio de Constanza (1414-1418) se convocó precisamente con esta finalidad, en pleno Cisma y con TRES RECLAMANTES DEL PONTIFICADO, cada uno de ellos con sus respectivas jerarquías, defensores, detractores, “sponsors”, ejércitos y todo eso que se necesita de por medio. Dicho Concilio declaró el 6 de abril de 1415:
Y [la asamblea] declara, en primer lugar, que congregada legítimamente en el Espíritu Santo, formando concilio general y representando a la Iglesia católica, recibe la potestad inmediatamente de Cristo. Todos, de cualquier estado o dignidad que sean, incluso papal, están obligados a obedecerla en aquellas cosas que pertenecen a la fe y a la extirpación de dicho cisma y a la reforma de dicha Iglesia, tanto en la cabeza como en los miembros. Declara, además, que todo aquel, de cualquier condición, estado o dignidad que sea, incluso la papal, que tercamente rehusara obedecer a los mandatos, determinaciones, ordenaciones o preceptos de este santo sínodo o de cualquier otro concilio general congregado legítimamente, en relación con lo que se ha hecho o debe hacerse en el futuro, si no entra en razón: se le someta a una penitencia conveniente y se le castigue con la pena debida; y se recurra (si fuera necesario) a otros medios que presta el derecho.
Todo esto era tan grave en sus consecuencias, que el mismo Papa electo por el Concilio de Constanza, Martín V, rechazó, al terminar el concilio, estos cánones, manteniendo así intacta la perpetua fe católica sobre el primado de Pedro y sus sucesores. Fue un momento excepcional de la historia de la Iglesia.
Ahora bien; las formas más radicales del conciliarismo se manifestaron a lo largo del concilio de Basilea, cuando se declaró que era una «verdad de fe católica» la superioridad del concilio sobre el papa (sesión XXXIII, 1439). Para ratificar la decisión del anterior concilio, el Papa Julio II convoca un Concilio Ecuménico en Letrán donde se define que la teoría conciliarista no se ajusta a la ortodoxia católica:
Ni debe tampoco movernos el hecho de que la sanción [pragmática] misma y lo en ella contenido fue promulgado en el Concilio de Basilea, como quiera que todo ello fue hecho, después de la traslación del mismo Concilio de Basilea, por obra del conciliábulo del mismo nombre y, por ende, ninguna fuerza pueden tener; pues consta también manifiestamente no sólo por el testimonio de la Sagrada Escritura, por los dichos de los santos Padres y hasta de otros Romanos Pontífices predecesores nuestros y por decretos de los sagrados cánones; sino también por propia confesión de los mismos Concilios, que aquel solo que a la sazón sea el Romano Pontífice, como tiene autoridad sobre todos los Concilios, posee pleno derecho y potestad de convocarlos, trasladarlos y disolverlos.
De la Bula Pastor Aeternus (SESION XI), del 19 de diciembre de 1516.
El problema del CONCILIARISMO en apariencia quedaba superado; y mucho más con la posterior definición del Vaticano I sobre la naturaleza y el valor del primado del Romano Pontífice (1870).
Sin embargo…
Una nueva iniciativa conciliarista surgía tras la condena del Sínodo de Pistoya en 1794, por medio de la Bula Auctorem Fidei del Papa Pío VI.
Esta vez el origen no era las antiguas doctrinas condenadas sino la revitalización de estas a través de la introducción de ideas liberales e ilustradas en las enseñanzas de la Iglesia católica.
Y AQUÍ VIENE LO INTERESANTE A LA VISTA DEL “CONCILIARISMO” QUE PROPONEN LOS FLÁCCIDOS EN GENERAL, JUNTO CON LA F$$PX Y LOS SECTORES CONSERVADORES, a los cuales pertenecen los señores Siscoe y Salza…
A pesar de que muchos Papas combatieron EL CONCILIARISMO, como Pío IX con el Concilio Vaticano I, el peso que ganó aquella doctrina entre los “católicos” liberales, fue creciendo en gran parte de la jerarquía católica.
De tal modo que el peso de ciertos teólogos de mucho prestigio (todos ellos progresistas, modernistas, partidarios de la democracia en detrimento de la Monarquía Papal) influyó para que el Concilio Vaticano II aprobase una declaración que fue denunciada por ambigua (era lo menos que podía decirse; más exacto es afirmar que es totalmente heterodoxa) y que, aunque más tarde, por orden de Pablo VI que se vio abrumado por el escándalo generado, fue “retocada” con el fin de intentar hacerla coherente con el magisterio anterior, no obstante, a pesar de los “retoques” representó el triunfo de los reformistas progresistas infiltrados en la estructura de la Iglesia.
Sumariamente: El Conciliarismo, muy lejos de ser algo deseable, representa varias cosas de signo negativo en la vida de la Iglesia. Es propio de LIBERALES, es reivindicado especialmente por los llamados “católicos” liberales y los progresistas y, en el actual estado de cosas, sería punto menos que SUICIDA desear una solución basada en dicho mecanismo.
Además, en tiempos del Concilio de Constanza… la Jerarquía Eclesiástica… LAS TRES EXISTENTES de los respectivos TRES reclamantes del Trono de Pedro, eran Doctrinalmente CATOLICAS…
Esto solo es determinante y convierte a la situación actual, además de totalmente distinta, en completamente inalcanzable a todo intento de solución humana.
Y esto es FUNDAMENTALMENTE lo que los señores Siscoe, Salza, etc., etc., no ven o no quieren ver.
COLEGIO DE CARDENALES
En cuanto a la opción que Siscoe y Salza proponen, es decir que sea el COLEGIO DE CARDENALES una alternativa al Conciliarismo…, no creo necesario abundar en esta cuestión, por las razones ya dichas que reitero brevemente:
a) ¿Qué cardenales? No existe seguridad ninguna de que los supuestos cardenales en verdad lo sean.
b) Concediendo que pudiera llegarse a demostrar que se trata de verdaderos cardenales, todos ellos, sin excepción, son de fe Modernista; todos son liberales en mayor o menor grado. Son todos hijos del Concilio Vaticano II.
c) Por otra parte, poner al Colegio de Cardenales como por encima de la autoridad de los Sumos Pontífices, fue una de los principales objetivos del ala más progresista y ultra liberal de los Padres Conciliares durante el Concilio Vaticano II. Un intento de DEMOCRATIZAR LA IGLESIA, y de ABOLIR EL SISTEMA MONÁRQUICO DE LA MISMA.
Puede verse, entonces, la clase de indeseable compañía con la que cuentan los señores Siscoe y Salza, para intentar desacreditar a la tesis.
EXCEPCIONALIDAD DEL CASO
Pero, si aún quisieran insistir, reclamando que una situación excepcional convierte en admisible y hasta NECESARIA la utilización de un sistema tan imperfecto como el del CONCILIARISMO con el argumento de que la historia demuestra que con dicho sistema (después condenado, no lo olvidemos) se logró salvar la UNIDAD de la Iglesia…, o poniendo la autoridad del COLEGIO DE CARDENALES por encima de la autoridad de los Sumos Pontífices, aunque haya sido esa una aspiración de los mismos modernistas que están ahora usurpando los cargos eclesiásticos… Entonces yo diré, o mejor preguntaré a nuestros controversistas (Salza, Siscoe, Williamson, y quienes quieran secundarlos) lo siguiente:
¿Cuál es la dificultad, entonces… (y dado lo grave del estado actual de cosas, donde incluso es legítimo dudar de la validez de los nuevos ritos del Sacramento del Orden impuestos desde hace unos 40 años y por tanto de la validez de TODOS los sacerdocios, episcopados, cardenalatos y de los cargos eclesiásticos actuales, y cuando parecen desencadenados todos los poderes del infierno…) repito… ¿cuál es el problema de aceptar que, frente a la EXCEPCIONAL situación actual, muy probablemente existe una única forma también COMPLETAMENTE EXCEPCIONAL, y jamás vista en la Historia de la Iglesia, que permite a los fieles…, al remanente que queda de la Iglesia de Cristo sobre esta tierra, al PUSILLUS GREX, apartarse definitivamente de lo que a todas luces es la Roma Anticristo, y huir de los Pseudo-Profetas que fungen como pseudo-papas?
Creo fervientemente que, si el estado de situación que hoy vemos, y del que nos habla cada día la realidad de manera elocuente, es el que describen generosamente cientos de artículos publicados en decenas de blogs y sitios web, que levantan las agencias de noticias, que muestran las imágenes televisivas, concluimos sencillamente analizando los hechos… Entonces, creo no equivocarme si digo que ese tal vez sea EL ÚNICO MODO para PRESERVAR LA FE.
FALTA DE LA LLAVE PROFÉTICO-APOCALÍPTICA
Es, para mí, la clave de todo este entuerto.
Aunque parezca de Perogrullo, hay que decirlo.
El gran escritor francés Leon Bloy, alguna vez dijo que: “Cuando quiero conocer las últimas noticias, leo el Apocalipsis”.
Ciertamente, hoy son muchos los que deberían detenerse a meditar con mucho cuidado estas palabras, y no seguir a aquellos que declaman en sus charlas o conferencias: “basta de Apocalipsis”, o “no aceptaré más preguntas sobre el Apocalipsis”…
Porque de esa clase son los que, por otro lado, prestan oídos y algo más, a cuanta cosa provenga de vertientes tan poco confiables como los diversos aparicionismos y revelaciones privadas que llegan a sus manos.
No voy a abundar sobre este tema en particular; basta con esta breve mención que, no obstante, me ha parecido que no debía faltar, ya que reitero que es la razón última, o la primera, mejor, de que a tantos se les haga tan dificultoso ver la realidad.
Se me ocurre que abandonar, con cristiana resignación, la idea de una restauración o reconquista de la Iglesia y del mundo, por mano humana o por medios ordinarios, resulta ser esencial para dejar que se opere en cada uno el milagro de comprender, y esperar solamente la Venida de Jesucristo en Gloria y Majestad.
Él, y sólo Él, restaurará todas las cosas.
Y habrá cielos nuevos y tierra nueva, y por fin, el Inmaculado Corazón de la Teotokos, habrá triunfado, con la llegada del Reino de Cristo Rey.
OMNIA INSTAURARE IN CHRISTO
====0====
Una vez visto el problema del CONCILIARISMO o la alternativa propuesta por Siscoe, y de la EXCEPCIONALIDAD de la situación actual (de la Iglesia y del mundo, consecuentemente) continuemos con el hilo que tratamos de llevar.
Lo que pretenden Siscoe, y especialmente Salza, es DILUIR la sentencia evangélica y paulina que sostiene: «Devita Hæreticum Hominem»; una cuestión que en Febrero de 1559 el Papa PABLO IV destacara en su BULA “CUM EX APOSTOLATUS OFFICIO”.
Me adelanto a decir a todos los impugnadores de la tesis (ya los veo abalanzarse) que los FUNDAMENTOS TEOLÓGICOS de la Bula mencionada, no sólo no han sido derogados (no pueden serlo) sino que se encuentran plena y absolutamente vigentes.
Pero antes, y para mejor entender lo que queremos decir, veamos primero la historia de San Hermenegildo:
Hermenegildo (nacido en Medina del Campo o Sevilla, 564 – martirizado en Tarragona, 13 de abril de 585) fue un príncipe visigodo, hijo del rey Leovigildo y de su primera mujer y hermano de Recaredo. Fue educado en el arrianismo imperante entre los visigodos de la Península en ese entonces (a diferencia de los hispanorromanos, que eran mayoritariamente católicos). Su conversión al catolicismo lo enfrentó con su padre y provocó una contienda militar, que acabaría con su captura y muerte.
Fue canonizado en 1585 como mártir de la Iglesia Católica; es patrono de los conversos y su festividad se celebra el aniversario de su muerte, el 13 de abril.
Ahora bien, ¿cómo y por qué se produjo su martirio?
Hermenegildo rechazó la oferta de perdón de su padre por fidelidad a la fe católica y fue decapitado por su carcelero, Sisberto, tras negarse a recibir la sagrada comunión de manos de un obispo arriano el día de Pascua de 585.
Dirán Siscoe y Salza que en el año 585 el arrianismo ya estaba condenado.
Diré yo entonces que el Modernismo está condenado también hoy, y que lo estaba antes del Concilio Vaticano II.
Dirán Siscoe y Salza, que el ignoto obispo arriano por medio del cual se le ofrecía la comunión a Hermenegildo no ignoraba en ese momento que los Concilios de Nicea y de Calcedonia habían condenado, formal e infaliblemente, a Arrio y su herejía…
Diré yo entonces que los señores Siscoe y Salza deberán admitir que Roncalli, Montini, Luciani, Wojtyla, Ratzinger y Bergoglio no pueden ignorar que el Papa San Pio X condenó, formal e infaliblemente, al Modernismo por medio de la Encíclica Pascendi ni que existe un documento fundamental denominado Syllabus Errorum, ni que Ratzinger admitió un día que Gaudium et spes (uno de los documentos fundacionales de la iglesia conciliar) era un antisyllabus.
Dirán entonces los Señores Siscoe y Salza que no está probado que los Papas conciliares sean modernistas.
Diré entonces que ellos mismos, como el Obispo de la Rosa y como Mons. Lefebvre, admiten que son LIBERALES.
Dirán los señores Siscoe y Salza que no es lo mismo…
Y yo diré que el Modernismo y el Liberalismo se nutren en los mismos valores revolucionarios inspirados por la Ilustración, que inspiran a su vez la Revolución Anticristiana, y que es en el LIBERALISMO donde encuentran su más acabada forma de expresión POLÍTICA. Esto significa (y Mons. Lefebvre estaba de acuerdo con lo que estamos diciendo) que el LIBERALISMO no es otra cosa que la IDEOLOGÍA que procura despojar a CRISTO REY DE TODOS SUS DERECHOS REALES.
Y eso es una herejía, hija del mismo padre que LA PEOR O LA SUMA DE TODAS ELLAS.
De pasada, recordemos y recomendemos “El Liberalismo es Pecado”, de Sardá y Salvany.
Veamos ahora el texto de los apartados 5, 6 y 7 de la Bula “Cum ex Apostolatus Officio”:
5. Excomunión ipso facto para los que favorezcan a herejes o cismáticos.
Incurren en excomunión ipso facto todos los que conscientemente osen acoger, defender o favorecer a los desviados o les den crédito, o divulguen sus doctrinas; sean considerados infames, y no sean admitidos a funciones públicas o privadas, ni en los Consejos o Sínodos, ni en los Concilios Generales o Provinciales, ni en el Cónclave de Cardenales, o en cualquiera reunión de fieles o en cualquier otra elección. Serán también intestables y no podrán participar de ninguna sucesión hereditaria, y nadie estará además obligado a responderles acerca de ningún asunto. Si tuviese alguno la condición de juez, sus sentencias carecerán de toda validez, y no se podrá someter a ninguna otra causa a su audiencia; o si fuera abogado, su patrocinio será tenido por nulo, y si fuese escribano sus papeles carecerán por completo de eficacia y vigor. Además los clérigos serán privados también por la misma razón, de todas y cada una de sus iglesias, incluso catedrales, metropolitanas, patriarcales y primadas; de sus dignidades, monasterios, beneficios y oficios eclesiásticos incluso como ya se dijo, cualquiera sea el grado y el modo de su obtención. Tanto Clérigos como laicos, incluso los que obtuvieren normalmente y que estuvieren investidos de las dignidades mencionadas, serán privados sin más trámite de sus reinos, ducados, dominios, feudos y de todos los bienes temporales que poseyeran, Sus reinos, ducados, dominios, feudos y bienes serán propiedad pública, y como bienes públicos habrán de producir un efecto de derecho, en propiedad de aquellos que los ocupen por primera vez, siempre que estos estuvieren bajo nuestra obediencia, O de nuestros sucesores los Romanos Pontífices, elegidos canónicamente), en la sinceridad de la Fe y en unión con la Santa Iglesia Romana.
6. Nulidad de todas las promociones o elevaciones de desviados en la Fe.
Agregamos que si en algún tiempo aconteciese que un Obispo, incluso en función de Arzobispo, o de Patriarca, o Primado; o un Cardenal, incluso en función de Legado, o electo Pontífice Romano que antes de su promoción al Cardenalato o asunción al Pontificado, se hubiese desviado de la Fe Católica, o hubiese caído en herejía. o incurrido en cisma, o lo hubiese suscitado o cometido, la promoción o la asunción, incluso si ésta hubiera ocurrido con el acuerdo unánime de todos los Cardenales, es nula, inválida y sin ningún efecto; y de ningún modo puede considerarse que tal asunción haya adquirido validez, por aceptación del cargo y por su consagración, o por la subsiguiente posesión o cuasi posesión de gobierno y administración, o por la misma entronización o adoración del Pontífice Romano, o por la obediencia que todos le hayan prestado, cualquiera sea el tiempo transcurrido después de los supuestos antedichos. Tal asunción no será tenida por legítima en ninguna de sus partes, y no será posible considerar que se ha otorgado o se otorga alguna facultad de administrar en las cosas temporales o espirituales a los que son promovidos, en tales circunstancias, a la dignidad de obispo, arzobispo, patriarca o primado, o a los que han asumido la función de Cardenales, o de Pontífice Romano, sino que por el contrario todos y cada uno de los pronunciamientos, hechos, actos y resoluciones y sus consecuentes efectos carecen de fuerza, y no otorgan ninguna validez, y ningún derecho a nadie.
7. Los fieles no deben obedecer sino evitar a los desviados en la Fe.
Y en consecuencia, los que así hubiesen sido promovidos y hubiesen asumido sus funciones, por esa misma razón y sin necesidad de hacer ninguna declaración ulterior, están privados de toda dignidad, lugar, honor, título, autoridad, función y poder; y séales lícito en consecuencia a todas y cada una de las personas subordinadas a los así promovidos y asumidos, si no se hubiesen apartado antes de la Fe, ni hubiesen sido heréticos, ni hubiesen incurrido en cisma, o lo hubiesen suscitado o cometido, tanto a los clérigos seculares y regulare, lo mismo que a los laicos; y a los Cardenales, incluso a los que hubiesen participado en la elección de ese Pontífice Romano, que con anterioridad se apartó de la Fe, y era o herético o cismático, o que hubieren consentido con él otros pormenores y le hubiesen prestado obediencia, y se hubiesen arrodillado ante él; a los jefes, prefectos, capitanes, oficiales, incluso de nuestra materna Urbe y de todo el Estado Pontificio; asimismo a los que por acatamiento o juramento, o caución se hubiesen obligado y comprometido con los que en esas condiciones fueron promovidos o asumieron sus funciones, (séales lícito) sustraerse en cualquier momento e impunemente a la obediencia y devoción de quienes fueron así promovidos o entraron en funciones, y evitarlos como si fuesen hechiceros, paganos, publicanos o heresiarcas, lo que no obsta que estas mismas personas hayan de prestar sin embargo estricta fidelidad y obediencia a los futuros obispos, arzobispos, patriarcas, primados, cardenales o al Romano Pontífice, canónicamente electo. Y además para mayor confusión de esos mismos así promovidos y asumidos, si pretendieren prolongar su gobierno y administración, contra los mismos así promovidos y asumidos (séales lícito) requerir el auxilio del brazo secular, y no por eso los que se sustraen de ese modo a la fidelidad y obediencia para con los promovidos y titulares, ya dichos, estarán sometidos al rigor de algún castigo o censura, como sí lo exigen por el contrario los que cortan la túnica del Señor.
Muy bien… ahora aplíquense los fundamentos teológicos (no los jurídicos) contenidos en estos textos, los cuales se encuentran absolutamente vigentes, a los llamados Papas Conciliares, a toda la Jerarquía Conciliar; a quienes los apoyan, sostienen, secundan y defienden; y aplíquese también a aquellos que son sacerdotes u obispos de la tradición, o simples laicos que se empecinan en afirmar que los Papas Conciliares son VÁLIDOS y que sus actos son VÁLIDOS y dígase en qué termina toda esta cuestión.
Y como ya hemos dado la vuelta completa, ahora sí puedo decir que:
a) Una herejía lo es incluso antes de una declaración en tal sentido.
b) Un hereje lo es incluso antes de una sentencia en tal sentido.
c) La obligación de apartarse, tanto de la herejía como del hereje, NO DESAPARECE por la falta de declaración o sentencia.
De no ser cierto, San Pablo, San Pedro y San Juan deberían haberse expresado de la siguiente manera:
Más aun si alguno, nosotros mismos, o incluso un Ángel del cielo os anunciare otro Evangelio del que os hemos anunciado, una vez que tengáis en vuestras manos la correspondiente Declaración y (aún mejor) la Sentencia que separe del cargo u oficio, ahí, si (nunca antes) sea anatema. Si se tratase de un Ángel la cosa será un tanto más complicada, hermanos míos; deberéis esperar hasta la consumación de los siglos, ya que hasta donde sé, no nos resulta posible constituir una Oficina de asuntos angélicos.
Pero se levantaron en otros tiempos falsos profetas, así como entre vosotros habrá falsos maestros, o maestros del error que introducirán herejías destructoras; en esos casos, ni se os ocurra a vosotros tomaros la libertad de reconocerlos como herejes, hasta que algún cardenal u obispo que ande por ahí medio despistado, se digne a emitir una bonita sentencia con el correspondiente anatema, porque si no la destrucción repentina que debía caer sobre ellos caerá sobre vosotros.
Es que…, sin sentencia declaratoria, sin tener ante sus ojos la correspondiente ferendæ sententiæ…, hasta el Ángel del Apocalipsis debe abstenerse de apresar al Falso Profeta y arrojarlo vivo al lago del fuego encendido con azufre.
d) Si, a los fines prácticos, la existencia o no de una sentencia o declaración no invalida el deber de apartarse de un hereje, ¿cómo podría apartarse un fiel de un hereje que funge como Papa, si este no perdiera su cargo ipso facto como consecuencia de su herejía formal, pública y manifiesta? Dado que la principal característica distintiva de la Iglesia Católica es el reconocimiento de la autoridad y primacía del Papa, obispo de Roma, siendo claro que estar UNIDO y en COMUNIÓN con el PAPA es esencial para la CONDICIÓN DE CATÓLICO, tanto como lo es EVITAR AL HEREJE y su HEREJÍA, todo fiel estaría inmerso en una situación contradictoria imposible de resolver.
De allí la sabiduría de la Bula “Cum ex Apostolatus Officio”… CURIOSAMENTE DEROGADA EN EL AÑO 1917… sí, exactamente hace casi 100 años… Como los sucesos de Fátima; coincidencias, nada más.
e) Dado lo manifestado en el punto anterior… ¿Qué prevalecerá entonces? Es claro para mí que es imposible que en un estado de situación como el actual, por un tiempo de más de 50 años y que puede prolongarse de modo indefinido, varias generaciones de católicos estén impedidas de discernir sobre cuestión tan importante. Por lo tanto, la caída de un Papa o de varios Papas en herejía, la caída de la iglesia conciliar en la apostasía, el consecuente ECLIPSE de la IGLESIA CATÓLICA, el declive del mundo entero hacia el mundialismo anticristiano… vistas todas estas cosas con el cristal de la Revelación Divina, y en especial bajo la mirada apocalíptica de San Juan, nos llevan inexorablemente a concluir que la Sede de Pedro se encuentra en estado de VACANCIA.
f) Reclamar una sentencia o declaración por parte de la Iglesia cuando la misma Sede y toda la estructura eclesial se encuentra IMPEDIDA, por estar INVADIDA y USURPADA por el enemigo, es intentar impedir que los fieles hagan lo ÚNICO que pueden hacer en defensa de su fe: APARTARSE DEL HEREJE.
g) Los fieles tienen la OBLIGACIÓN de profundizar su fe para no caer en manos de herejes ni ser seducidos por las herejías. Caer en la herejía no es otra cosa que un justo castigo por la falta de amor por la verdad.
h) De todas maneras, y a pesar de la abrumadora presencia del mal en estos tiempos, debemos confiar en la promesa de que los tiempos serán acortados en atención a la salvación de los elegidos.
i) En este contexto, es INACEPTABLE que los señores Siscoe y Salza defiendan la posición de que hombres que han hecho por décadas una carrera eclesiástica sean LIBERALES y MODERNISTAS de «buena fe», que no se den cuenta que son liberales, o que crean que siéndolo pueden ser perfectamente católicos.
j) En suma… es inaceptable que sostengan que los llamados “Papas” Conciliares tienen la Fe Católica.
Y si los señores Siscoe y Salza, vienen ahora con la típica pregunta de “Y eso, ¿quién lo determina? ¿USTED?”… Pues, no quedará más remedio que responderles que sí.
Podría responderles que “Cristo y yo, mayoría absoluta”… como algún amigo muy joven nos decía hace mucho tiempo; sin embargo, la respuesta va mucho más allá de esa divertida manera de hacerlo.
Entonces, así como Hermenegildo prefirió la muerte antes que comunicar con un hereje arriano, nosotros en pleno siglo XXI debemos hacer exactamente lo mismo respecto de los llamados Papas Conciliares. Es decir EVITARLOS, APARTARNOS DE ELLOS. Si fuesen verdaderos Papas, no podríamos hacerlo, dada la obligación de todo católico de mantenerse en comunión con Pedro. Es por dicha razón, y MAS ALLÁ DE LO QUE DIGAN O QUE LE HAGAN DECIR A LAS LEYES ECLESIÁSTICAS, que los llamados Papas Conciliares, no pueden ser verdaderos Pontífices.
¿Y cómo es que decimos que “más allá de lo que digan las leyes eclesiásticas”?
Porque las Leyes están al servicio de los hombres y en función del Bien Supremo, que es la salvación de las almas, razón por la cual el Señor pudo curar un enfermo en sábado e incluso poner el ejemplo de (“contra la ley”) salvar al burro en día de precepto.
Y en cuestiones prácticas significa DENUNCIAR a los usurpadores (aquellos que pueden y saben cómo hacerlo), y evitar todo tipo de COMUNICACIÓN CON ELLOS, en especial en las cosas sagradas (por esta razón es que creo que la cuestión del UNA CUM debe ser evitada).
Ahora bien… el testimonio público no es un mero detalle.
La PROFERICIÓN DE LA FE involucra también evitar todo aquello (que sea evitable, claro está) que pudiera hacer que personas pudieran suponer que nosotros estamos en comunión con un hereje. Sepan esas personas o no sepan que se trata de un hereje…, ni siquiera es necesario que sepan lo que significa la palabra herejía, o esa herejía en particular).
Porque LA PROFERICIÓN DE LA FE CATÓLICA, no se agota solamente en lo que se dice, sino que se hace manifiesta especialmente en el testimonio público. Es por esa razón que un católico NO PUEDE INGRESAR A UN TEMPLO LUTERANO, A UNA MEZQUITA O UNA SINAGOGA, sin que eso represente un grave escándalo.
Me parece que lo dicho hasta aquí es una buena respuesta a los argumentos propuestos por los señores Siscoe y Salza; las razones expuestas van, como es visible, en una dirección distinta que la propuesta por dichos señores.
Y la razón por la cual tomo esta dirección, y no la que ellos asumen, no es otra que la REALIDAD que vivimos actualmente.
No estamos en el RENACIMIENTO; ni siquiera en el siglo XX.
Estamos en el siglo XXI y en plena APOSTASÍA.
Nos encontramos en una situación de emergencia, que las personas (extrañas personas, por cierto) como Siscoe y Salza parecen querer soslayar.
Son como aquellos que ante la inminencia de un desenlace fatal atinan a decir a los familiares del enfermo y al enfermo mismo: «Tranquilos… todo va a estar bien». «No hay que preocuparse.»
Ese mensaje, pretendidamente tranquilizador, traducido a la cuestión que nos ocupa es el siguiente:
«Tranquilos, no hay necesidad de llegar al extremo que propone la tesis. Ya llegará el día en que la Iglesia juzgue y sepamos que pasó. Mientras tanto, hereje o no, el Papa sigue siendo el Papa».
Tal la posición de los jurisdicistas y apegados a la letra de La Ley Eclesiástica, los señores o “doctores” Smith, Williamson, Suárez, Siscoe y el ¿ex? masón Salza.
Por mi parte, me quedo con San Pablo y con San Hermenegildo.
