LA SOCIEDAD CIVIL CRISTIANA
SEGÚN LA DOCTRINA DE LA IGLESIA ROMANA
Texto de enseñanza moral para la juventud
Ilmo. Sr. Dr. PEDRO SCHUMACHER
Obispo de Portoviejo
CAPÍTULO TERCERO
DE LOS GOBIERNOS
GOBIERNO CRISTIANO Y GOBIERNO ATEO O LIBERAL
«Tomen ejemplo los príncipes de Dios, sumamente bueno y grande de quien les viene la autoridad, y proponiéndose a sí mismos en la administración de la república la imagen de Aquél, gobiernen al pueblo con equidad y fe, y aun, al usar la paternal severidad que es necesaria, acomódenla con la caridad.» (Palabras de León XIII. Enc. Sapientiae christianae).
1. ¿Qué se entiende por gobierno cristiano?
Gobierno cristiano es el que toma por norma y regla de sus actos el Evangelio o la doctrina de Jesucristo.
2. ¿Qué se entiende por gobierno ateo o liberal?
Ateos o liberales son los gobiernos que excluyen de la vida pública la religión, pretendiendo que ésta no tiene nada que ver con la política.
3. ¿Es acaso conforme a la razón que los gobiernos prescindan de Dios?
La misma razón pide que los gobiernos se sujeten a Dios y le sirvan; porque no hay ser alguno que pueda desconocer la autoridad de Dios. «Le adorarán todos los reyes de la tierra; todos los pueblos le servirán.» (Salm. 71, 11).
4. ¿Por qué deben los gobiernos sujetarse a Dios y servirle?
Los gobiernos deben obedecer a Dios por las razones siguientes:
1ª Porque de Dios tienen el poder para mandar, según aquello de S. Pablo: «Todo poder viene de Dios.»
2ª Porque Dios es el dispensador de los bienes de la nación: Dios da los frutos y las riquezas de la tierra, y los elementos necesarios para la industria y el comercio.
3ª Porque sin el temor de Dios ni los gobernantes cumplirán con sus obligaciones, ni los pueblos observarán las leyes del Estado.
5. ¿Por qué es el temor de Dios el apoyo necesario de los gobiernos?
El temor de Dios enseña a los gobernantes que deben dar cuenta a Dios, aun por sus actos ocultos, y los apartará de injusticias y arbitrariedades.
«Un juicio muy severo espera a los que gobiernan.» (Sap. 6, 6.)
«Dad oído a mis palabras vosotros que tenéis el gobierno de los pueblos. Porque la potestad la ha dado el Señor; del Señor tenéis la fuerza.» (Sap 6, 3. 4.)
El temor de Dios enseña a los gobernados que los magistrados son ministros de Dios y que desobedecerles es ofender al mismo Dios.
«Ellos son ministros de Dios y sirven por esto mismo» (Rom. 13, 6).
6. ¿Qué enseña la Iglesia sobre las revoluciones?
La Iglesia enseña que los revolucionarios, atacando a la autoridad legítima, atacan al mismo Dios, y son responsables de las muertes que causan y de todos los daños de la revolución, ni más ni menos como los homicidas y ladrones.
«El que resiste a la autoridad, resiste a la ordenación de Dios.» (Rom. 13, 2).
Singular, estupenda e incomprensible para el buen sentido común es la confusión de ideas que sobre esto ha introducido el liberalismo: al ladrón que quita la vida al prójimo y le roba, lo castiga como a criminal común; al revolucionario que para apoderarse de los dineros públicos mata alevosamente a un magistrado justo o al soldado que por deber sagrado defiende el orden, lo llama «delincuente» y su crimen no es crimen, sino «delito político» que merece respeto y hasta admiración.
Todo esto se comprende, porque el liberalismo es esencialmente revolucionario y no le tiene cuenta que las leyes públicas castiguen sus crímenes como los demás.
Entretanto el Papa León XIII llama la revolución contra la autoridad legítima crimen de lesa majestad civil; así es, y así será siempre para el sentido común y la conciencia cristiana.
7. ¿Quién está encargado de enseñar a los pueblos y sus gobiernos la obediencia que deben a Dios?
La Iglesia Católica recibió de Jesucristo misión y autoridad para enseñar a todos los pueblos la religión que deben profesar y los preceptos de la moral que deben ser observados en la vida política como en la privada.
«Como mi Padre me envió a mí, así os mando yo a vosotros. Id pues por todo el mundo, enseñad a todas las naciones… mandadles observar todo lo que yo os he dicho.» (S. Juan 20, 21. S. Mat. 28, 19. 20).
«Amonéstales que estén sujetos a los príncipes y autoridades, y obedezcan a lo que se manda.» (Tit. 3, 1).
8. Pero ¿no son los gobiernos temporales libres e independientes de la Iglesia?
Los gobiernos son independientes de la Iglesia en todas aquellas disposiciones que no interesan a la religión o al orden moral; esto es, en las cosas indiferentes; pero cuando se trata de la religión o de los principios de conciencia, los gobiernos deben escuchar a la Iglesia y obedecerla.
«La verdadera maestra de la virtud y la que conserva las buenas costumbres es la Iglesia de Cristo. Ella guarda intactos los principios en que se fundan los deberes mutuos.» (Palabras de León XIII. Enc. Immortale Dei).
9. ¿Qué verdades enseña la Iglesia principalmente a los gobiernos?
La Iglesia inculca principalmente las dos máximas siguientes:
1ª Que Dios es el verdadero Soberano de los pueblos: «Rey de los reyes y Señor de los que gobiernan», para que los que gobiernan teman a Dios y se abstengan de toda injusticia, en vista de la cuenta que han de dar a Dios.
2ª Que es deber de los gobiernos civiles ayudar a la Iglesia.
«La Iglesia ha recibido de Dios el poder de oponerse cuando las leyes civiles son contrarias a la religión, y de procurar diligentemente que el espíritu de la legislación evangélica vivifique las leyes e instituciones de los pueblos.» (Palabras de León XIII. Enc. Sapientiae christianae).
10. ¿De dónde nace este deber que tienen los gobiernos de ayudar a la Iglesia?
Resulta esta obligación de la misma naturaleza de las dos sociedades que son la Iglesia y el Estado y del fin inmediato que es propio a cada uno.
11. ¿Cuál es pues el orden natural que existe entre la Iglesia y el Estado?
A la Iglesia pertenece directamente el orden sobrenatural, esto es, lo que conduce al hombre a la felicidad eterna. Deber directo del Estado es trabajar por la felicidad temporal de los ciudadanos. Mas, como lo temporal está subordinado a lo eterno, la razón pide que los gobiernos civiles, lejos de contrariar a la Iglesia, la sostengan y ayuden.
12. ¿Cómo se llama este orden entre la Iglesia y el Estado?
Se llama armonía entre las dos potestades, según la cual la sociedad religiosa y la civil, aunque distintas entre sí, no se separan, porque las cosas temporales que administra el gobierno deben servir como medios para adquirir los bienes eternos del Cielo.
13. Y ¿cuál es la distinción que existe entre la Iglesia y el Estado?
El Estado no puede en manera alguna mandar en asuntos religiosos; la Iglesia, por su parte, no pretende tomar para sí el gobierno temporal, porque Dios no se lo ha confiado. Oigamos al Papa León XIII:
«Dios ha repartido el gobierno humano entre dos potestades, la eclesiástica y la civil, encargando a la primera las cosas sagradas, a la otra los asuntos temporales. Cada una es suprema en su esfera, cada una tiene sus límites que resultan de su propia naturaleza.
Todo cuanto en las cosas humanas es sagrado o se refiere a la salvación de las almas… todo esto pertenece a la potestad y jurisdicción de la Iglesia. Lo demás, a saber lo civil y político, está sometido a la autoridad civil, porque Jesucristo ha mandado dar al César lo que es del César, y a Dios lo que es de Dios.» (Enc. Immortale Dei).
14. Y ¿en qué consiste la armonía que debe reinar entre la Iglesia, y el Estado?
La Iglesia y el Estado son dos sociedades distintas, pero no separadas ni mucho menos opuestas entre sí; pues así como lo temporal, aunque distinto de lo espiritual, debe servir de medio para conseguir los bienes sobrenaturales, así mismo el gobierno civil, aunque distinto del eclesiástico, debe servir y ayudar a la Iglesia.
Tal es el orden y armonía que deben existir entre la Iglesia y el Estado para el bien de ambos.
15. ¿Cuáles son los bienes que la Iglesia procura al Estado?
Muchos y muy preciosos; los principales son:
1º La Iglesia ennoblece la autoridad de los que gobiernan, porque enseña que viene de Dios y representa a Dios.
2º La Iglesia se opone a las revueltas públicas, porque enseña que los que se oponen a la autoridad se oponen al mismo Dios.
3º La Iglesia instruye y educa a los ciudadanos en todas las virtudes religiosas y civiles; ella es quien enseña la verdadera fraternidad e igualdad mandando que todos se amen como hijos del mismo Padre.
4º La Iglesia alivia los sufrimientos de la humanidad, formando casas de caridad para enfermos, pobres, huérfanos y ancianos.
«Los que pretenden que la doctrina de Cristo sea perjudicial para la República, que nos presenten un ejército que sea tal como la doctrina de Cristo manda que sean los soldados, que nos presenten gobernadores de provincias, maridos, esposos, padres, hijos, amos, siervos, reyes, jueces y en fin tales cobradores y pagadores del fisco como manda que sean la doctrina Cristiana; y entonces ¿se atreverán a llamarla opuesta a la República? antes bien no vacilarán en declarar que es un gran bien para la República cuando es practicada» (De S. Agustín, citado en Enc. Immortale Dei).
16. ¿Qué bienes procuran los gobiernos cristianos a la Iglesia?
Los gobiernos cristianos procuran a la Iglesia los bienes siguientes:
1º Favorecen y protegen la predicación del Evangelio.
2º Se oponen a la propagación de doctrinas antirreligiosas e inmorales.
3º Prestan su apoyo a la Iglesia para reprimir y castigar los escándalos públicos.
4º Suministran los medios y recursos temporales que la Iglesia necesita para cumplir con su divina misión.
17. ¿Tiene la Iglesia derecho para exigir de los pueblos los recursos temporales que necesita para cumplir con su divina misión?
Los pueblos tienen un deber estricto de suministrar a la Iglesia los medios temporales que necesita para propagar la religión, para ejercer el culto divino y proveer a la decente sustentación de sus ministros.
Este deber es de justicia y equidad natural porque los sacerdotes se consagran al pueblo; su vida, su tiempo, toda su existencia se consume en servir a sus hermanos; mientras los seglares pueden dedicarse a los negocios temporales y adquirir riquezas, el sacerdote por su vocación debe renunciar a los negocios lucrativos y por tanto es justo que los fieles provean siquiera a su decente sustento.
Además es una obligación de religión, porque estando el pueblo obligado a dar culto a Dios, se sigue de aquí que debe ofrecer religiosamente los medios para que el culto sea digno de la majestad de Dios, y para que los ministros de la religión puedan consagrarse sin estorbo a su divino ministerio.
Por esto dijo San Pablo: «Si nosotros os damos los bienes espirituales ¿será mucho que recibamos de vosotros los bienes corporales?» (I Cor. 9, 11.)
18. ¿De qué manera deben proveer fas pueblos a la dignidad o independencia del Supremo Pastor de la Iglesia que es el Papa?
Siendo el Papa el Vicario de Dios en la tierra y el Pastor espiritual de todos los pueblos, su dignidad y su ministerio exigen que sea independiente de cualquier gobierno particular, y por consiguiente los pueblos deben conceder al Papa un estado o dominio temporal propio.
No se diga contra esto que ni Jesucristo ni San Pedro ni los primeros Sumos Pontífices han poseído dominio temporal; porque la Iglesia se organizó y progresó poco a poco, y no llegó de una vez a su perfección. Jesucristo la fundó, San Pedro y los primeros Pontífices la propagaron en medio de pueblos paganos.
Pero una vez que los pueblos de Europa entraron en la Iglesia, reconocieron la necesidad de ofrecer al Sumo Pontífice un estado propio para que no estuviera bajo la dependencia de ninguna nación determinada.
No se diga tampoco que Jesucristo rechazó todo poder temporal cuando contestó a Pilatos: «Mi reino no es de este mundo»; pues con estas palabras enseñó al gobernador romano que su poder no le había sido dado por el mundo, sino que lo tenía de su Padre según declaró a los apóstoles: «Todo poder me ha sido dado en el cielo y en la tierra.» Además, Jesucristo declaró expresamente que ni Él ni San Pedro, a quien había constituido cabeza visible de la Iglesia, estaban sujetos al poder temporal.
Cuando los recaudadores del fisco le pidieron el tributo general, dijo a San Pedro: «¿Qué te parece, Simón? Los reyes de la tierra ¿de quién cobran tributo o censo? ¿de sus hijos o de los extraños? De los extraños, dijo él. Replicó Jesús: Luego los hijos están exentos. Con todo, por no escandalizarlos… paga por mí y por ti» (S. Mat. 17, 24 sgs).
19. ¿Cómo explica el Romano Pontífice aquella unión que debe existir entre la Iglesia y el Estado?
El Papa León XIII explica la unión entre las dos potestades comparándola con la que existe entre el alma y el cuerpo; pues así como el alma da vida al cuerpo y lo dirige con la razón, de igual manera la Iglesia comunica a los pueblos la verdadera luz y civilización. Y como el cuerpo sirve al alma por medio de los sentidos corporales, así mismo los gobiernos cristianos proporcionan a la Iglesia los medios temporales que le son indispensables para cumplir plenamente su misión entre los hombres.
«Es, pues, necesario que haya cierta unión ordenada entre las dos potestades, la cual se compara justamente con la unión que existe en el hombre entre el alma y el cuerpo» (Enc. Sapientiae christianae).
COROLARIO
La teoría católica que acabamos de proponer sobre la unión entre las dos potestades y la preeminencia de la Iglesia, fundada en el orden superior que ella representa, es la doctrina que más ofende a los adversarios del catolicismo. Y, a falta de razones que oponerle, acuden a su método ordinario, que es falsear la doctrina católica para cubrirla en seguida de vituperios.
Para lo primero atribuyen a la Iglesia la pretensión de querer usurpar para sí la autoridad temporal sobre los pueblos. Nada más falso e injusto que esta acusación; pues la Iglesia enseña expresamente que el gobierno y la administración de las cosas temporales no le pertenecen, interpretando siempre en este sentido aquellas palabras del Señor: «Dad a Dios lo que es de Dios, y al César (esto es al gobierno civil) lo que es del César.» (s. Mat. 22, 21.)
Más todavía: la Iglesia precisamente es la que adorna al poder temporal con una dignidad esplendorosa, enseñando a los pueblos que los ministros del orden público deben ser mirados como ministros de Dios, garante supremo de todo orden; ella robustece el poder, declarando que es pecado y ofensa del mismo Dios, resistir a las autoridades establecidas, cuando ellas no se apartan de la ley divina.
Pero en cambio exige la Iglesia de las autoridades públicas que reconozcan a Dios por Legislador supremo, que no olviden que los bienes de la tierra deben servir de medios para conseguir los bienes del Cielo y que por consiguiente la buena política nunca debe oponerse a la religión.
Pero esta subordinación de lo terrenal a lo eterno está fundada en la misma razón, pues Dios debe ser la última y final aspiración de todas las empresas humanas.
Después de atribuir a la Iglesia ambiciones y pretensiones que ella rechaza, sus adversarios acuden con sus sabidas declamaciones contra toda intervención religiosa en los asuntos públicos. Claman contra la teocracia, contra el clericalismo y se presentan a sí mismos como generosos defensores de la soberanía popular, para llegar a la completa separación de la Iglesia y del Estado.
Importa, por lo tanto, adquirir un conocimiento claro y profundizado de estas diversas materias para no tropezar en los sofismas del liberalismo ni dejarse imponer con el estruendo de sus insultos.
Por esto explicamos en seguida las expresiones más usuales de la escuela liberal cuando acomete las enseñanzas católicas en el orden político y social.
***
I. DE LA TEOCRACIA
«Bienaventurado el pueblo cuyo Señor es Dios.» (Salmo 148, 16).
1. ¿Qué significa la palabra «teocracia»?
La palabra «teocracia» tiene una significación nobilísima y sagrada, pues expresa ni más ni menos que «gobierno de Dios» o «reino de Dios»; esto es, Teocracia; y como al reino de Dios se opone el reino de Satanás, se podría llamar a este último «Demonocracia» o «Diablocracia».
Desde luego se ve que si los liberales quieren injuriar al sistema político católico, llamándolo teocracia, se inspiran de un odio verdaderamente satánico, pues sólo el demonio puede atreverse a tanto; pero de hecho muchos liberales no entienden aquellas palabras y no saben lo que dicen.
2. ¿Hay o hubo jamás en la tierra algún gobierno teocrático?
Sólo el pueblo de Israel fue una teocracia o un gobierno teocrático en sentido perfecto, porque Dios mismo en el monte Sinaí había dado a aquel pueblo las leyes políticas para gobernarse, y además Dios mismo por sus profetas o por los oráculos del Tabernáculo se encargó de dirigir a su pueblo escogido. «El Señor te ha escogido hoy, dijo Moisés al pueblo de Israel, para que seas un pueblo peculiar suyo» (Deut. 26, 18).
3. ¿No son acaso los gobiernos cristianos también teocráticos?
Los gobiernos cristianos no son teocráticos en el sentido propio y pleno de esta palabra, porque Dios, si bien les ha dado su norma y fundamento en la ley natural y en la revelación cristiana, sin embargo deja a los gobernantes que por sí mismos escojan lo conveniente para el bien común, y se reserva tomarles cuenta rigurosa de su administración.
4. ¿Por qué razón dan los liberales el título de teocracia a los gobiernos cristianos?
El liberalismo llama teocracia un gobierno que toma por norma al Evangelio o la ley de Dios, pensando desacreditarlo con este nombre, pues no consiente en manera alguna que los pueblos se sujeten en su política a esta ley.
***
II. DE LO QUE LLAMAN «CLERICALISMO» LOS ENEMIGOS DE LA IGLESIA
1. ¿Qué entienden los adversarios de la religión por clericalismo?
La palabra «clericalismo» es derivado de clero, y con ella designan los enemigos de la Iglesia la intervención del clero en las leyes y disposiciones de la política.
2. ¿Pueden los ministros de la Iglesia tomar parte en los asuntos políticos?
Los sacerdotes, como particulares, esto es, cuando proceden fuera de su sagrado ministerio, pueden ejercer los derechos de cualquier otro ciudadano, con excepción de los casos en que la autoridad eclesiástica o la prudencia exigen de ellos que se abstengan.
Los sacerdotes, cuando proceden como ministros de la Iglesia, predicando, enseñando y dirigiendo al pueblo cristiano, tienen autoridad y derecho para intervenir cuando se trata de los intereses de la religión y del bien de las almas.
Para aclarar esta materia, es preciso distinguir dos cosas en el orden político, a saber: los principios religiosos y morales que la política cristiana debe seguir, y la administración de la cosa pública.
En cuanto a los principios que deben formar la conciencia de los magistrados, es evidente que deben emanar de la ley divina. Mas, como la Iglesia está encargada de proponer y explicar esta ley divina, claro está que la política debe recibir de la Iglesia luz y dirección moral.
En cuanto a los principios de pura sabiduría política y su aplicación para el desarrollo de la riqueza pública, pertenece a los magistrados civiles excogitarlos y aplicarlos. Los magistrados y no los ministros de la Iglesia han recibido de Dios misión y encargo de disponer en estas materias en cuanto no interesan a la religión y la moral.
Pero, como muchas veces los intereses religiosos se hallan unidos y mezclados con los intereses temporales del pueblo, la participación e injerencia de los ministros sagrados en los asuntos públicos depende de ciertas reglas prácticas, que en sustancia se reducen a las siguientes:
1ª Necesaria e indispensable es la intervención del sacerdocio en los asuntos políticos cuando se trata de los bienes religiosos o morales de la nación. Así lo enseña el Papa León XIII con estas palabras: «Querer excluir a la Iglesia de las leyes, de la educación de los jóvenes, de la familia, es un grande y pernicioso error.
La sociedad no puede tener costumbres buenas, si se quita la religión. La verdadera maestra de la virtud y la que conserva las buenas costumbres es la Iglesia de Cristo.»
2ª La cooperación y participación de los eclesiásticos es útil y provechosa para los pueblos en muchos asuntos públicos. El sacerdote, por su cultura e instrucción superior, por el conocimiento práctico que tiene de las necesidades del pueblo, con el cual vive en contacto continuo, y por la independencia de su posición social, puede muchas veces ejercer una influencia benéfica y saludable, ya calmando las pasiones políticas, ya tomando para sí el amparo y la defensa de las clases pobres.
3ª La intervención del sacerdote en los asuntos políticos se hace perjudicial a los intereses de la religión y desdice de su carácter sagrado, cuando las tendencias de la política sólo tratan de satisfacer miras egoístas de los diversos partidos, perdiendo de vista el bien común.
El sacerdocio no puede prestar su augusto ministerio para estos tristes juegos de la ambición política.
4ª Finalmente, hay circunstancias y situaciones en que la Iglesia se retira sabia y prudentemente, y esto sucede cuando la violencia de las pasiones ha subido de punto, y no se puede esperar algún resultado favorable de la intervención del sacerdote.
El Romano Pontífice y los Obispos deben en estos casos difíciles y delicados dirigir la conducta práctica del clero.
***
III. DE LO QUE LLAMAN «SOBERANÍA POPULAR»
1. ¿Qué se entiende por soberanía?
Soberanía es el poderío supremo; y soberano es el que no depende de nadie.
2. ¿Qué quieren dar a entender los sectarios del liberalismo cuando hablan de «soberanía popular»?
Quieren persuadirnos que los pueblos y sus gobiernos no tienen otro superior en lo religioso y en lo civil que su propia voluntad.
3. ¿Se puede admitir semejante soberanía del pueblo?
De ninguna manera; admitirla es contrariar la razón, la religión y la historia.
1º La razón enseña que sólo Dios es soberano, en el sentido de que todo depende de Él, y Él no depende de nadie; la misma razón nos hace ver que el pueblo depende de la ley natural de Dios, en cuanto debe necesariamente ajustar sus leyes a la voluntad de Dios.
2º La soberanía popular en el sentido del liberalismo, es opuesta a las enseñanzas católicas; oigamos al Papa León XIII: «Toda autoridad viene de Dios como de su fuente principal; así lo atestigua la naturaleza.
La soberanía popular al contrario, la cual pretende derivar naturalmente de la muchedumbre, sin tomar a Dios en cuenta, no se apoya en ninguna razón plausible, es buena tan sólo para excitar y encender muchas pasiones» (Enc Immortale Dei).
3º Esta pretendida soberanía popular es condenada por los hechos de la historia, pues, como observa el mismo Pontífice, cuando se niega la soberanía de Dios, se establece la tiranía de las revoluciones y se oprime al pueblo. He aquí sus palabras: «En verdad, con estas doctrinas (de la soberanía popular) las cosas han llegado a tal estado, que muchos pretenden proclamar la revolución como un derecho, y como ley fundada en la sabiduría política. Pretenden abiertamente que los gobernantes no sean más que unos mandatarios que deben ejecutar la voluntad del pueblo: de donde resulta necesariamente que todo sea inconstante como lo es la voluntad del pueblo, y que siempre haya alguna amenaza por parte de la muchedumbre.»
4. ¿Qué pretende el liberalismo con su soberanía popular respecto de la Iglesia?
Pretende que los pastores de la Iglesia no pueden dar ninguna ley ni disposición que no fuese del agrado del pueblo.
5. ¿Es esto conforme con el derecho divino?
Esta pretensión es muy contraria a la autoridad que la Iglesia recibió de Dios y no del pueblo.
Cuando Jesucristo dijo a San Pedro: «Apacienta (esto es gobierna) a mis ovejas» y cuando San Pablo dijo a los Obispos: «Apacentad la grey del Señor sobre la cual os ha puesto el Espíritu Santo para gobernar la Iglesia de Dios», no se les mandó consultar al pueblo para dictarle leyes y exigir obediencia.
6. ¿En dónde halla pues el pueblo la seguridad de sus verdaderos derechos y justas libertades?
Sólo en la Iglesia Católica, la cual posee la verdadera doctrina de Jesucristo. Esto se demuestra fácilmente por las observaciones siguientes:
1ª La Iglesia enseña que la autoridad debe seguir en todo la ley del Señor, fuente de justicia y bondad, la aparta de la arbitrariedad y de la tiranía, sobre todo cuando hace entrever la cuenta que deberán dar a Dios los magistrados.
2ª Este mismo temor de Dios que la Iglesia enseña, debe mover a los magistrados a consultar el verdadero interés del pueblo, estudiando sus necesidades y dándole ocasión y libertad para manifestar sus deseos y justas aspiraciones, sea por la prensa, sea en reuniones populares, sea en fin por medio de sus verdaderos representantes.
Tan cierto es que aun en la política, el temor de Dios es principio de sabiduría. Oigamos otra vez sobre esto al Supremo Pastor de la Iglesia:
«Importa, pues, para que la potestad se mantenga en la justicia, que los que administran la sociedad entiendan que el poder de gobernar no se les ha concedido para su utilidad propia, y que la administración de la cosa pública debe conducirse para utilidad de los que a ella están confiados, no de los que la tienen confiada.
Tomen ejemplo los príncipes de Dios óptimo, máximo, de quien a ellos viene la autoridad; y proponiéndose a sí mismos en la administración de la cosa pública la imagen de Aquél, gobiernen el pueblo con equidad y fe, y aun, al usar la paternal severidad que es necesaria, acomódenla con la caridad.
Por este motivo se hallan amonestados en las Escrituras Sagradas de que un día darán cuenta al Rey de las reyes, al Dominador de los dominadores, y si han faltado a su deber, no podrán escapar de modo alguno a la severidad de Dios: El Altísimo examinará vuestras obras, y escudriñará hasta los pensamientos.
Porque siendo vosotros unos ministros de su reino universal, no juzgasteis con rectitud… Él se dejará ver o caerá sobre vosotros espantosa y repentinamente: pues aquellos que ejercen potestad sobre otros serán juzgados con extremo rigor… Que no exceptuará Dios persona alguna; pues al pequeño y al grande Él mismo los hizo, y de todos cuida igualmente, si bien a los más grandes amenaza mayor suplicio. (Sap. 6, 4. 5. 8. 9).
Si estos preceptos rigen la cosa pública, cesará toda razón y deseo de sublevarse; estarán asegurados el honor y la incolumidad de los príncipes, la quietud y salvación de la ciudad. Además se proveerá óptimamente a la dignidad de los ciudadanos, a quienes, en la obediencia misma, les es dado conservar el decoro que es consiguiente a la naturaleza del hombre. Puesto que ellos comprenden que ante el juicio de Dios no hay esclavos ni libres, y que es uno el Señor de todos, para todos aquellos que le invocan (Rom. 10, 12). Y que por ello están sometidos y obedecen a los príncipes, porque éstos llevan consigo en cierto modo la imagen de Dios, servir al cual es reinar.
A los príncipes les amonesta (la Iglesia) a seguir la justicia y a no desviarse jamás del deber. Ella es la que con su caridad infundió siempre en los ánimos la mansedumbre, la dulzura de las costumbres, la equidad de las leyes; y, nunca enemiga de la libertad honrada, detestó siempre el dominio de la tiranía. Esta benéfica conducta, que es propia de la Iglesia, la expresó breve y clarísimamente San Agustín en estas palabras: La Iglesia enseña a los reyes que miren por sus pueblos, y a cada pueblo que esté sumiso a su rey, manifestando como es que se debe no todo a todos, pero sí a todos la caridad, sin inferir a nadie daño alguno. (De Morib. Eccl. lib. I, cap. 30)».
***
IV. DE LA SEPARACIÓN DE LA IGLESIA Y DEL ESTADO
1. ¿Quiénes hablan de separación entre la Iglesia y el Estado?
Los que siguen el principio fundamental del liberalismo, según el cual el Estado debe ser sin Dios y sin religión.
2. ¿Qué se debe pensar de la separación de la Iglesia y del Estado?
Que con esta separación se privarían ambos del apoyo que necesitan, y perderían por consiguiente los grandes bienes que resultan de este mutuo auxilio: sin religión no hay virtud, y sin el apoyo del poder temporal la Iglesia carece de los medios que le facilitan su divina misión.
Además, esta separación está en oposición con la doctrina clara y expresa de la Iglesia, la cual habla así por la boca de León XIII:
«No son más consecuentes consigo mismos los que dicen que, aun cuando la vida y costumbre de los particulares se hayan de regir según las leyes divinas, pero no las del Estado, y que en las cosas públicas sería permitido apartarse de los preceptos de Dios, y no tenerlos en cuenta al establecer las leyes. De donde sale aquella perniciosa consecuencia que es necesario separar la Iglesia del Estado.
No es difícil conocer lo absurdo de todo esto; porque como la misma naturaleza exige del Estado que proporcione a los ciudadanos medios y oportunidad con qué vivir honestamente, esto es, según las leyes de Dios, ya que es Dios principio de honestidad y justicia, repugna ciertamente por todo extremo, que sea lícito al Estado el descuidar del todo esas leyes, o establecer la menor cosa que las contradiga.»
3. ¿No se puede convenir jamás en la separación de la Iglesia y del Estado?
Se puede convenir en ella, cuando un gobierno es tenazmente hostil a la Iglesia y trata de oprimirla.
Pues entonces se puede escoger de dos males el menor, pero siempre es un mal, porque pide el orden natural que las dos potestades se ayuden mutuamente para el bien de los pueblos.
Así un divorcio es siempre lamentable, aun cuando las circunstancias lo aconsejen, como medida extrema.
El Papa León XIII nos enseña esta doctrina en las siguientes palabras:
«Si en alguna parte existe o se supone un Estado tal que persiguiese abierta y tiránicamente el nombre cristiano, podrá esto (la separación) parecer más tolerable. Pero los principios en que se funda, son tales, según hemos dicho, que nadie les debe dar su asentimiento» (Enc. Immortale Dei).
