Padre Juan Carlos Ceriani: EL MOTU PROPRIO, LOS PEREGRINOS SUMMORUM PONTIFICUM Y ALGO MÁS…

Motu-Proprio-Summorum-PontificumEL MOTU PROPRIO

LOS PEREGRINOS SUMMORUM PONTIFICUM

Y ALGO MÁS…

ARTÍCULO 1º del MOTU PROPRIO

(versión latina)

Missale Romanum a Paulo VI promulgatum ordinaria expressio «Legis orandi» Ecclesiæ catholicæ ritus latini est.

Missale autem Romanum a S. Pio V promulgatum et a B. Ioanne XXIII denuo editum habeatur uti extraordinaria expressio eiusdem «Legis orandi» Ecclesiæ et ob venerabilem et antiquum eius usum debito gaudeat honore.

Hæ duæ expressiones «legis orandi» Ecclesiæ, minime vero inducent in divisionem «legis credendi» Ecclesiæ; sunt enim duo usus unici ritus romani.

Proinde Missæ Sacrificium, iuxta editionem typicam Missalis Romani a B. Ioanne XXIII anno 1962 promulgatam et numquam abrogatam, uti formam extraordinariam Liturgiæ Ecclesiæ, celebrare licet.

ARTÍCULO 1º del MOTU PROPRIO

(versión castellana)

El Misal Romano promulgado por Pablo VI es la expresión ordinaria de la «Lex orandi» de la Iglesia católica de rito latino.

El Misal Romano promulgado por San Pío V y reeditado por el bienaventurado Juan XXIII debe considerarse como la expresión extraordinaria de la misma «Lex orandi» y gozar del respeto debido por su uso venerable y antiguo.

Estas dos expresiones de la «lex orandi» de la Iglesia no inducen ninguna división de la «lex credendi» de la Iglesia; son, de hecho, dos usos del único rito romano.

Por eso es lícito celebrar el Sacrificio de la Misa según la edición típica del Misal Romano promulgada por el bienaventurado Juan XXIII en 1962 y nunca abrogada, como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia.

ARTÍCULO 1º del MOTU PROPRIO

El Misal Romano promulgado por Pablo VI es la expresión ordinaria de la «Lex orandi» de la Iglesia católica de rito latino.


De la Carta a todos los Obispos

Es necesario afirmar en primer lugar que el Misal, publicado por Pablo VI y reeditado después en dos ediciones sucesivas por Juan Pablo II, obviamente es y permanece la Forma normal –la Forma ordinaria– de la Liturgia Eucarística.

El Misal Romano promulgado por San Pío V y reeditado por el bienaventurado Juan XXIII debe considerarse como la expresión extraordinaria de la misma «Lex orandi» y gozar del respeto debido por su uso venerable y antiguo.

La última redacción del Missale Romanum, anterior al Concilio, que fue publicada con la autoridad del Papa Juan XXIII en 1962 y utilizada durante el Concilio, podrá, en cambio, ser utilizada como Forma extraordinaria de la Celebración litúrgica.

… el nuevo Misal permanecerá, ciertamente, la Forma ordinaria del Rito Romano, no sólo por la normativa jurídica sino por la situación real en que se encuentran las comunidades de fieles.

Estas dos expresiones de la «lex orandi» de la Iglesia no inducen ninguna división de la «lex credendi» de la Iglesia; son, de hecho, dos usos del único rito romano.

No es apropiado hablar de estas dos redacciones del Misal Romano como si fueran «dos Ritos». Se trata, más bien, de un doble uso del mismo y único Rito.

No hay ninguna contradicción entre una y otra edición del Missale Romanum.

Por lo demás, las dos Formas del uso del Rito romano pueden enriquecerse mutuamente.

Por eso es lícito celebrar el Sacrificio de la Misa según la edición típica del Misal Romano promulgada por el bienaventurado Juan XXIII en 1962, y nunca abrogada, como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia.

Por lo que se refiere al uso del Misal de 1962, como Forma extraordinaria de la Liturgia de la Misa, quisiera llamar la atención sobre el hecho de que este Misal no ha sido nunca jurídicamente abrogado y, por consiguiente, en principio, ha quedado siempre permitido.

Obviamente para vivir la plena comunión los sacerdotes de las Comunidades que siguen el uso antiguo no pueden, en principio, excluir la celebración según los libros nuevos. En efecto, no sería coherente con el reconocimiento del valor y de la santidad del nuevo rito la exclusión total del mismo.

***

El Rito Romano de la Santa Misa nunca perdió su derecho de única forma ordinaria y oficial.

Pero, si se acepta el Motu Proprio del 7 de julio de 2007, es necesario aceptar que el Rito Romano de la Santa Misa perdió, de jure, su condición de única forma ordinaria y oficial.

La Roma anticristo y modernista, por medio del Motu proprio, humilló el Rito romano de la Santa Misa, relegándolo a la condición de «forma extraordinaria» y uniéndolo al «rito bastardo», que sería la «forma ordinaria» de un único rito romano.

Por lo tanto, si se acepta el Motu Proprio del 7 de julio de 2007, es necesario aceptar que el Misal Romano ya no es la expresión ordinaria; es necesario aceptar, pues, que, al menos de manera implícita, el Misal Romano debe ser considerado abrogado como expresión ordinaria de la Liturgia de la Iglesia.

***

El Motu proprio permite una doble lectura:

a)

Proinde licet celebrare Sacrificium Missae iuxta editionem typicam Missalis Romani a B. Ioanne XXIII anno 1962 promulgatam et nunquam abrogatam uti forman extraordinariam Liturgiae Ecclesiae.

Por eso es lícito celebrar el Sacrificio de la Misa según la edición típica del Misal Romano promulgada por el B. Juan XXIII en 1962 y nunca abrogada como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia.

Según esta lectura, el adverbio «uti» modica el verbo «abrogatam».

Y esto es una confirmación de la conclusión a que hemos llegado más arriba: el Misal Romano promulgado por S. Pío V debe darse como abrogado en cuanto forma ordinaria de la Liturgia de la Iglesia.

b)

Proinde Sacrificium Missae licet celebrare uti forman extraordinariam Liturgiae Ecclesiae, iuxta editionem typicam Missalis Romani a B. Ioanne XXIII anno 1962 promulgatam et nunquam abrogatam.

Por eso es lícito celebrar como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia el Sacrificio de la Misa, según la edición típica del Misal Romano promulgada por el B. Juan XXIII en 1962 y nunca abrogada.

Según esta lectura, el adverbio «uti» modifica el verbo «celebrare».

En esta lectura quieren apoyarse algunos y sólo retienen la edición típica del Misal Romano promulgada por el B. Juan XXIII en 1962 y nunca abrogada.

Pero, es necesario preguntar: ¿por qué es lícito celebrarla como forma extraordinaria y no como forma ordinaria?

Si se ha comprendido el texto del Motu proprio y de la Carta que lo acompaña, la respuesta es fácil: pues como forma ordinaria ha sido abrogada…

***

Por todo lo que antecede y para ajustarse a la realidad del Motu proprio, es necesario decir:

* El Misal Tradicional no se abrogó nunca como forma extraordinaria.

* El Misal Tradicional quedó abrogado como forma ordinaria.

* Está permitido celebrar la Misa Tradicional como forma extraordinaria.

* Está prohibido celebrar la Misa Tradicional como forma ordinaria.

* No se puede excluir la celebración según el Novus Ordo.

* Es necesario reconocer el valor y la santidad del Novus Ordo.

* Estas dos formas no inducen ninguna división en la fe.

* Es más, las dos Formas del uso del Rito romano pueden enriquecerse mutuamente.

***

Por lo tanto, si se acepta el Motu proprio, el estado de Derecho de la Misa Tradicional, como Misa oficial y ordinaria del Rito Latino Romano de la Iglesia es el siguiente:

1º) Hasta 1969, por la Bula Quo primum la Misa Tradicional era la única Misa oficial y ordinaria del Rito Latino Romano de la Iglesia.

2º) A pesar de la Constitución de Pablo VI, desde 1969 hasta el 7 de julio de 2007, en la realidad y en la verdad del Derecho, la Misa tradicional siguió siendo la única Misa oficial y ordinaria del Rito Latino Romano de la Iglesia.

3º) Según el Motu Proprio y la Carta a los Obispos de julio de 2007, la Misa Tradicional ya no es la Misa oficial y ordinaria del Rito Latino Romano de la Iglesia. Es la forma extraordinaria.

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No cabe, pues, ninguna sorpresa ante el texto de la Secretaría de Estado a los peregrinos de Summorum Pontificum. Es lógico. Y no le falta una nota de ironía:

«…que la celebración del Santo Sacrificio junto a la tumba de los Apóstoles suscite una fervorosa adhesión a Cristo celebrado en la Eucaristía y en el culto público de la Iglesia y conceda un renovado entusiasmo en el testimonio evangélico…»

Este texto debe leerse de este modo:

«…que la celebración junto a la tumba de los Apóstoles del Sacrificio de la Misa según la edición típica del Misal Romano promulgada por el B. Juan XXIII en 1962 (abrogada como forma ordinaria, pero nunca abrogada como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia), suscite una fervorosa adhesión a Cristo celebrado en la Eucaristía y en el culto público de la Iglesia (es decir, al Misal Romano promulgado por Pablo VI, expresión ordinaria de la «Lex orandi» de la Iglesia católica de rito latino), y conceda un renovado entusiasmo en el testimonio evangélico…»

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Lo que sí deben sorprender son las declaraciones de Monseñor Williamson respecto del bastardo Motu proprio de Benedicto XVI. He aquí algunas de ellas:

* En la Fraternidad San Pío X, un «Te Deum» fue cantado en agradecimiento por todo lo que en el documento favorece y, hasta cierto punto, libera el rito antiguo de la Misa.

* Teniendo en cuenta la terrible persecución oficial del verdadero rito de la Misa desde 1969, cuando el Novus Ordo fue introducido, sin duda dos cosas, al menos, en el «Motu Proprio» valían un Te Deum:

En primer lugar, el oficial, papal, público reconocimiento de que la Misa antigua nunca fue realmente suprimida. Siempre lo supimos, pero ahora lo sabe todo Católico en la Iglesia Universal. ¡Qué cambio de percepción debe conllevar!

Y en segundo lugar, una cierta definida libertad para los sacerdotes de rito Latino para celebrar la Misa antigua, al menos en privado y, en mayor medida que antes, también en público.

* El Motu Proprio reconoció que el rito tridentino nunca fue abrogado y concedió a todo sacerdote católico una cierta libertad para celebrarlo.

* Algunos han condenado el documento debido a su doble lenguaje y afirmaron que esto era sólo un señuelo para atraer a los católicos tradicionalistas hacia las arenas movedizas de la Iglesia Conciliar.

* La doctrina del Motu Proprio de Benedicto XVI y la Carta a los Obispos que lo acompaña no es más que una mezcla confusa y desconcertante de catolicismo y de religión del Vaticano II.

No puedo dejar de destacar los errores de este Concilio que quería reconciliar la única fe verdadera con las falacias del mundo moderno.

Pero, por otro lado, la Misa llamada «tridentina» está llena de sana doctrina católica; por lo tanto, no puedo sino alegrarme de que el Motu Proprio reconozca que ella nunca ha estado prohibida y que le acuerde una cierta libertad para celebrarla.

En el reino de los ciegos, donde incluso los tuertos son reyes, este reconocimiento y esta liberalización son, sin duda, un paso adelante.

* Yo en el 84, por ejemplo, saludé un paso aparentemente importante de Roma a favor de la buena Misa, el indulto, porque, honestamente, no veía una trampa. Y quería ver el bien; y, si Roma hacía algo bien, quería saludar el bien y no buscaba siempre criticar, criticar, criticar a Roma. Entonces, hubo de lado mío un cierto sentimiento tal vez de querer aprobar algo de Roma, una benevolencia hacia Roma.

Igual, en 2007, quería ver el bien. Y hubo un cierto bien. Si se lee exactamente lo que he escrito a favor, en pro, de Summorum Pontificum, creo que se ve que lo que aprobé no era completamente falso, no se ha mostrado falso después. Aprobé el hecho de que había sacerdotes que podrían celebrar la buena Misa.

* El Comentario Eleison comenzó con dos o tres comentarios en pro de Summorum Pontificum. Es verdad que yo no vi una trampa, que yo no escribí algo sobre el mal que podría representar Summorum Pontificum. ¿He sido, en esta medida, naïf (ingenuo)? Es posible. Lo que escribí era incompleto, sí; pero falso, no, creo que no.

Pero desde aquel tiempo he leído críticas de Summorum Pontificum que son mucho más severas, y acepto que yo no vi esto en aquel momento. Quería aprobar algo de Roma para no siempre criticar, criticar, criticar. Y, de hecho, hubo algo bueno. Hubo algo bueno. Hablar sólo, principalmente, de lo bueno era incompleto, lo admito. Admito que era incompleto. Sí.

* Las contradicciones están ciertamente allí, porque mientras que el Papa se aferra en su corazón a la antigua liturgia de su infancia bávara de antes de la guerra, él cree con su espíritu conciliar en la reconciliación de los irreconciliables, como el Catolicismo y el mundo revolucionario que nos entorna.

Salvo un milagro, Benedicto XVI pensará así hasta su muerte. He aquí lo que es muy triste, pero por lo que al Motu Proprio se refiere, todo esto tiene poca relación.

*¡Oremos más que nunca por el Papa, si no más, para que su corazón bávaro continúe empujando su cabeza conciliar en una dirección Católica!

***

Sin embargo, estas escandalosas declaraciones en boca de uno de los cuatro Obispos consagrados por Monseñor Lefebvre para preservar la Operación Supervivencia de la Tradición, no sólo son aceptadas por aquellos que han puesto su confianza en él, sino que el mismo autor, aun hoy en día, no las retracta, antes bien las sostiene y justifica.

Que les valga, pues, también a todos ellos la ironía vaticana, que castiga con humor su falta de firmeza en la defensa de la Fe y del Santo Sacrificio de la Misa:

«…que la celebración del Santo Sacrificio junto a la tumba de los Apóstoles suscite una fervorosa adhesión a Cristo celebrado en la Eucaristía y en el culto público de la Iglesia y conceda un renovado entusiasmo en el testimonio evangélico…»

Padre Juan Carlos Ceriani