P. BASILIO MÉRAMO: INFALIBILISMO PAPÓLATRA E IDÓLATRA – TEXTOS QUE PRUEBAN QUE UN PAPA SE PUEDE DESVIAR DE LA FE

INFALIBILISMO PAPÓLATRA E IDÓLATRA

DEL GALICANISMO A LA PAPOLATRÍA

 radio-cristiandad-cruzado

Textos que prueban que un Papa se puede desviar de la fe

Ya decía proféticamente el P. Le Floch:

«La herejía que viene será la más peligrosa de todas;

ella consiste en la exageración del respeto debido

al Papa y la extensión ilegítima de su infalibilidad».

Erróneamente muchos creen como algo dogmático que un Papa no se puede equivocar o errar en cosas de fe, dada una mala interpretación del dogma que define la Infalibilidad del Papa ex cathedra. Sobre la infalibilidad del Romano Pontífice, lo definido única y exclusivamente como dogma por la Santa Madre Iglesia Católica, es que el Papa solo (individualmente, unilateralmente) no puede errar o equivocarse en cosas que conciernen a la fe cuando habla ex cathedra. Y hago la aclaración de él solo individualmente porque algunos lo interpretan como referido a solamente, únicamente cuando habla ex cathedra, es decir, confunden el término solo (sin tilde) que es un adjetivo, con sólo (con tilde) que es un adverbio.

Cuando la Iglesia define la infalibilidad del Papa ex cathedra precisa las condiciones que la constituyen sin las cuales no se da, esto es, en una recta y sana inteligencia, que si no se cumplen tales condiciones, (límites, limitantes o especificaciones) no se da. Hay que estar muy obcecado para no verlo ni querer entenderlo, haciendo de su parecer un dogma, es decir: que el Papa siempre es infalible en todo lo que diga en materia de fe, hable o no hable ex cathedra; o que hable ex cathedra cada vez que habla sobre la fe y la moral, sin darse cuenta que extralimitan la infalibilidad más allá de lo estrictamente definido por la Iglesia. Así, al afirmar de una manera absoluta, categórica, tajante o dogmática que el Papa es infalible siempre, cuando habla sobre la fe, van más allá de lo definido por la Iglesia; por la sencilla razón que la Iglesia habla formalmente de ex cathedra, y no es lo mismo decir ex cathedra que decir siempre, los términos no son iguales, ni tampoco los conceptos que estos términos encierran. Es a todas luces evidente que no se puede equiparar, ni comparar, ni igualar infalibilidad ex cathedra con infalibilidad siempre. Si esto no se entiende, hay un problema de lógica y además un problema de captación de las cosas en el sentido que las palabras (términos) encierran y que están contenidas en los conceptos o ideas, lo cual deriva también en un problema filosófico.

Si además de esto, por si fuera poco, se incursiona dentro del campo teológico que es el de escudriñar los prolegómenos de la ciencia sacra o teología, y confundimos que ese discurrir racional sobre lo revelado, (la Revelación) que es una verdad, (conclusión teológica) la asumimos como una verdad de fe, como un dogma de fe; ese es, lamentablemente, el error de algunos sedevacantistas viscerotónicos que en aras de querer probar categórica, apriorística, absoluta, rotunda y dogmáticamente la sede vacante, catalogan a todo el que no piense como ellos, y no la acepte como una verdad de fe o revelada, de impío, miserable y vil hereje.

Y digo sedevacantistas viscerotónicos, no porque el sedevacantismo en sí mismo sea un imposible teórica y prácticamente, ni porque sea un absurdo desechable como lo han querido pintar para eclipsarlo y silenciarlo en la más dramática y amordazante dialéctica infernal, sino para diferenciarlo de la consideración teológica de la sede vacante, que sin ser un imperativo dogmático, es una conclusión teológica evidente quoad sapientes (y ahora cada vez más, para muchos) y es lo que podríamos denominar un sedevacantismo cerebrotónico (teológico, equilibrado, ponderado) sin exigir bajo pena de herejía, que sea por todos aceptado cual si fuera un dogma.

Por ese conviene aclarar que fuera de las alocuciones ex cathedra, en su magisterio ordinario el Papa solo (él solo, individualmente, unilateralmente, sin los demás obispos) se puede desviar o equivocar en materia de fe. Por eso, para diferenciar el magisterio ex cathedra, del que no lo es, se ha introducido por la fuerza misma de las cosas, el término de «doctor privado» que no es el más apropiado, conveniente, preciso y exacto, pero que ha sido utilizado por los teólogos para referirse a todo otro magisterio que no fuera el magisterio ex cathedra, y por lo tanto falible.

Así, Palmieri afirma: «Quaeritur quoque qualis obedientia debeatur Romano Pontifici aliqui circa doctrinam fidei vel cum ea connexam docenti, quando non ex Cathedra definit; qualisque obedientia debeatur sententiis doctrinalibus congregationum Cardinalium. Iam vero posse aliquid docere Rom. Pontificem quin ex Cathedra definiat manifestum est. Nam factus pontifex non amittit qualitates communes omnibus, exercitium autem auctoritatis docendi multiplex esse potest; exercitium vero plenum supremae potestatis liberum est illi qui eam obtinet. Dignosci vero potest Romanum Pontificem non loqui identidem ex cathedra; cum enim docens quidem aliquid, tamen no intendit obligationem imponere credenda illud tamquam aliquid tenendum ab universa Ecclesia, sive id non significat se velle, tunc non dicitur loqui ex cathedra, etsi de doctrina loquator spectante fidem vel mores. Qua in hypothesi non satis bene dicitur loqui ut doctor privatus; licet enim non loquator ex plenitudine auctoritatis, loquitor tamen ex auctoritate: quocirca Romanus Pontifex sic loquens non est detrudendus in censum quorumque doctorum privatorum nullam habentium auctoritatem». (Tractus De Romano Pontífice, p.632). (Se pregunta, también, qué obediencia se debe dar al Romano Pontífice enseñando algo acerca de la doctrina de fe o conexo con ella cuando no define ex cathedra, y qué obediencia se debe dar a las sentencias doctrinales de la Congregación de Cardenales. Por otra parte el Romano Pontífice puede enseñar algo sin definir ex cathedra. En efecto hecho Pontífice no pierde las cualidades comunes a todos, pero el ejercicio de la autoridad puede ser múltiple; por cierto, el ejercicio pleno de la suprema potestad es libre para aquel que la detenta. Se puede, por cierto, distinguir que el Romano Pontífice no hable siempre ex cathedra, en efecto cuando enseña algo, pero no pretende imponer la obligación de que sea creído como algo que debe ser tenido por toda la Iglesia, si no manifiesta quererlo, entonces no se dice que hable ex cathedra, aun cuando hable de doctrina contemplando la fe o las costumbres. En esa hipótesis, no se dice con suficiente propiedad que él habla como «doctor privado». Pues, aunque no hable con la plenitud de su autoridad, habla sin embargo con autoridad; por eso, el Romano Pontífice que se pronuncia de esa forma, no puede ser rebajado a la categoría de cualquier doctor privado que no tenga autoridad alguna).

Por lo cual hay que tener presente que el Papa no siempre ejerce su autoridad en el grado sumo «ex plenitudine auctoritatis» (con toda la plenitud de su autoridad) sino que la ejerce simplemente «ex auctoritate», por eso cuando habla ex cathedra, es únicamente cuando habla con toda la plenitud de su autoridad para ser infalible.

Así advierte Da Silveira: «En el ‘Dictionnaire de Theologie Catholique’, artículo ‘Infaillibilité du Pape’, Dublanchy muestra que hay enseñanzas pontificias no infalibles, a las cuales no obstante, el fiel debe normalmente adherir. Deshaciendo una posible objeción contra el principio de que existen tales pronunciamientos pontificios oficiales pero no infalibles, escribe: ‘Es verdad que en el siglo XVI y en los siguientes, muchos teólogos dan frecuentemente a entender que el Papa habla como doctor privado, cuando no enseña infaliblemente como pontífice. Así San Roberto Belarmino y Bañez. Pero si se examinan atentamente todas esas aserciones, por otra parte con frecuencia contradichas por aserciones totalmente opuestas, es fácil verificar que se trata tan solo de respuestas dadas de paso a ciertas objeciones históricas, sin que con eso se halla deseado establecer una doctrina aplicable de modo general a todos los casos en que no existe la infalibilidad pontificia’ «. (col.1710 – Da Silveira, Implicaciones Teológicas y Morales del Nuevo ‘Ordo Missae’, obra mimeografiada Sao Pablo – Brasil, junio 1971, p.207).

Conviene observar, como se verá, que Inocencio III, ni San León II, ni Adriano IV, han hablado de doctor privado, cuando admitían que un Papa puede desviarse en la fe y en consecuencia, caer en la herejía, así como tampoco Torquemada, ni Melchor Cano, pues fue un concepto que fue más reciente, utilizado por los teólogos y canonistas posteriormente.

La Iglesia considera que el Papa puede errar fuera de su magisterio ex cathedra, que el Papa puede equivocarse sobre la fe fuera de cuando habla ex cathedra, esto es fuera de la infalibilidad que tiene el Papa como Doctor y Pastor universal de la Iglesia cuando ejerce plenamente su autoridad suprema (ex plenitudine auctoritatis) para definir una verdad de fe o costumbres debiendo ser creída por todos en la Iglesia, bajo pena de herejía. Es decir, que fuera del oficio de confirmar el Papa a sus hermanos en la fe, gracias a la promesa de Nuestro Señor Jesucristo, el Papa confirma a sus hermanos en la fe de modo indefectible e infaliblemente. Fuera de este privilegio o prerrogativa exclusiva y personal de la cabeza visible de la Iglesia y fundamento (piedra), por ser el vicario (que hace las veces) de Cristo, el Romano Pontífice no es infalible y en consecuencia puede errar al enseñar como todo otro mortal, como cualquier otro doctor privado, privado no tanto de particular sino más bien por no ejercer la plenitud (privado) de su autoridad, al no ejercer su sublime y máximo magisterio de confirmar infaliblemente a sus hermanos en la fe inmaculada, pura y virginal. Por esto es que los teólogos han adoptado comúnmente la expresión, no del todo feliz pero si comprensible, de «doctor privado» para calificar toda otra enseñanza del Papa aparte o fuera de la ex cathedra.

Claro está que el Papa aparte o fuera del magisterio ex cathedra, puede ser infalible como lo son a su vez todos los obispos dispersos por el mundo en sus diócesis ejerciendo unánimemente, coadunados y concordes, el Magisterio Ordinario y Universal de la Iglesia, o también cuando reunidos en Concilio y como siempre, bajo su cabeza, el Papa, ejercen el Magisterio Extraordinario Universal de la Iglesia; pero es evidente que ya no se trata del Papa solo, sino de todo el cuerpo episcopal de la Iglesia docente, es decir, el Colegio Episcopal que está constituido bajo su cabeza que es el Papa y sin la cual no hay formalmente colegio episcopal.

Existen en la historia de la Iglesia, muy autorizadas citas que dan razón y fundamento a lo que venimos afirmando.

Textos de los Papas donde expresan y reconocen que puede un Papa desviarse de la fe:

San León II (682-683) en una carta de agosto de 682 al Emperador Constantino IV le dice: «Anatematizamos también a los inventores del nuevo error de: Teodoro Obispo de Pharan, Ciro de Alejandría, Sergio, Pirro… y también Honorio, que no ilustró esta Iglesia apostólica, sino que permitió, por una traición sacrílega, que fuese maculada la fe inmaculada». (Dz. 563).

Adriano II (867-872) leyó la frase de San Bonifacio que está en los Decretales de Graciano: «Culpas [Rom. Pontífice] isti redarguere presumit mortalium nullus, quia cunctos ipse judicaturus a nemine judicandus, nisi forte deprehendatur a fides devius». (Palmieri, Tractus de Romano Pontifici, p.631). (Que ninguno de los mortales tenga la osadía de pensar que los errores se argüirán en contra de aquel por el cual todos somos juzgados, a no ser que se le sorprendiese desviado de la fe).

«Leemos que el Pontífice Romano siempre juzgó a los jefes de todas las iglesias (esto es, los Patriarcas y Obispos); pero no leemos que jamás alguien lo haya juzgado. Es verdad que, después de muerto, Honorio fue anatemizado por los Orientales, pero se debe recordar que él fue acusado de herejía, único crimen que torna legítima la resistencia de los inferiores a los superiores, así como, el rechazo de sus doctrinas perniciosas». (alloc. III lecta in Conc. VIII, Act.7 – Citado por Billot, «Trac. de Eccl. Christi», tom.1, p.611 – Da Silveira, op. cit, p.149).

Inocencio III (1198-1216) dijo claramente reconociendo en su Sermón 2° de Consecratione sua: «In tantum fides nihi necessaria est, ut cum de ceteris peccatis solum Deum iudicem habeam, propter solum peccatum quod in fide committerem possem ab Ecclesia iudicare». (Palmieri Trac. de Rom. Pont. , p. 631). (En tanto en cuanto la fe no sea conculcada, ya que sólo a Dios tengo por Juez del resto de mis pecados, únicamente por el pecado que contra la fe cometiere, puede juzgarme la Iglesia).

«Prefacio del Sermón del Papa Inocencio III: ‘La fe es para mí a tal punto necesaria que, teniendo a Dios como único Juez en cuanto a los demás pecados, sin embargo, solamente por el pecado que cometiese en materia de fe, podría ser yo juzgado por la Iglesia». (Citado por Billot, «Tract. de Ecclec. Christi», tom. I, p. 610 – Da Silveira, op. cit., p. 153).

Santos que han admitido que el Papa puede desviarse en la fe y caer en la herejía:

San Bonifacio. Como vimos arriba sus palabras fueron consignadas en el Decretum de Graciano: «Ningún mortal tendrá la presunción de argüir al Papa de culpa, pues, incumbido de juzgar a todos, por nadie debe ser juzgado a menos que se aparte de la fe». (Da Silveira, op. cit. p. 152).

San Bruno exclamó después que se retractó Pascual II de su error sobre las investiduras por el poder temporal: «Dios sea loado pues he aquí que el propio Papa condena ese pretendido privilegio que es herético». (Da Silveira, op. cit. p.151). Cosa que jamás hubiera podido decir San Bruno si no pensara que el Papa podía caer en herejía.

San Roberto Belarmino. Aunque por una pía opinión suya se inclinaba por la tesis de Pighi, sin embargo, teológicamente considera la opinión contraria, por lo cual cobra mayor valor lo que él dice sin dogmatismos febriles, como algunos fanáticamente hacen como si fuera de fe, descartando dogmáticamente todo lo que la contradiga: «Sobre eso se debe observar que, aunque sea probable que Honorio no haya sido hereje, y que el Papa Adriano II, engañado por documentos falsificados del VI Concilio, haya errado al juzgar a Honorio como hereje, no podemos sin embargo negar que Adriano, juntamente con el Sínodo romano e inclusive con todo el VIII Concilio general, consideró que en caso de herejía el Pontífice Romano puede ser juzgado». (Da Silveira, op. Cit. p.154).

La opinión contraria a la de Pighi es la más común y por eso San Roberto Belarmino la considera, pues más vale una sentencia común de los teólogos, que la propia opinión del santo cardenal que es más por piedad que por consideración teológica, pues aunque muy pía no es la más doctrinal teológicamente hablando. Esto demuestra la verdadera humildad e inteligencia de un verdadero santo, ejemplo que no siguen hoy muchos de los que enarbolan como dogma cierto y seguro, y por ende infalible, la tesis de Pighi. Por eso dice S. Roberto Belarmino: «(…) sobre ese asunto hay cinco opiniones. La primera es la de Alberto Pighi (Hierarch. Eccles., lib.4, cap.8), para quien el Papa no puede ser hereje y por tanto no puede ser depuesto en caso alguno. Esa sentencia es probable y puede ser defendida con facilidad, como después mostraremos en el lugar debido. Sin embargo, como no es cierta, y como la opinión común es la contraria, es útil examinar qué solución dar a la cuestión en caso de que el Papa pueda ser hereje». (Da Silveira, op. cit. p.155). Este solo texto del gran santo y cardenal Belarmino debe de ser más que suficiente y evidente para que no se siga empecinadamente haciendo un dogma de fe de la opinión de Pighi, que no es cierta teológica y doctrinalmente, con el agravante de que, como lo reconoce el mismo San Roberto, no es la opinión común en la Iglesia. Esto solo debe servir para dar la luz, la calma y el equilibrio en este debate que hoy se vuelve una carnicería de negros (con perdón de los negros muy queridos).

Con respecto a la opinión del cardenal Cayetano (Tomás de Vío, de Gaeta), San Roberto dice: «La cuarta opinión es la de Cayetano, para quien (De Auctoritate Papae et Concilli, cap. 20 et 21), el Papa manifiestamente herético no está ipso facto depuesto, pero puede y debe ser depuesto por la Iglesia. A mi juicio, esa sentencia no puede ser defendida. Pues, en primer lugar, se prueba con argumentos de autoridad y de razón que el hereje manifiesto esta ipso facto depuesto. El argumento de autoridad se basa en San Pablo (Epist. ad Titum, 3), que ordena que el hereje sea evitado después de dos advertencias, es decir, después de revelarse manifiestamente pertinaz, lo que significa antes de cualquier excomunión o sentencia judicial. Eso es lo que escribe San Jerónimo, agregando que los demás pecadores son excluidos de la Iglesia por sentencia de excomunión, pero los herejes se apartan y separan a sí mismos del cuerpo de Cristo. (…) Este principio es certísimo. El no cristiano no puede ser Papa, como lo admite el propio Cayetano (ibídem, cap.26). La razón de ello es que no puede ser cabeza el que no es miembro, ahora bien, quien no es cristiano no es miembro de la Iglesia, y el hereje manifiesto no es cristiano como claramente enseña San Cipriano, San Atanasio, San Agustín, San Jerónimo y otros; luego el hereje manifiesto no puede ser Papa.» (De Rom. Pont. lib.II cap.30, p.418-420 – Da Silveira, op. cit. p. 167).

Y prosigue San Roberto Belarmino para dar su posición: «Luego, la opinión verdadera es la quinta, de acuerdo con la cual el Papa hereje manifiesto deja por sí mismo de ser Papa y cabeza, del mismo modo que deja por sí mismo de ser cristiano y miembro del cuerpo de la Iglesia; y por eso puede ser juzgado y punido por la Iglesia. Esta es la sentencia de todos los antiguos padres, que enseñan que los herejes manifiestos pierden inmediatamente toda jurisdicción (…). El fundamento de esta sentencia es que el hereje manifiesto no es de modo alguno miembro de la Iglesia, es decir, ni espiritualmente ni corporalmente, lo que significa que no lo es ni por unión interna ni por unión externa. Porque inclusive los malos católicos están unidos y son miembros espiritualmente por la fe, corporalmente por la confesión de la fe y por la participación en los sacramentos visibles; los herejes ocultos están unidos y son miembros aunque solamente por unión externa, contrario los buenos catecúmenos permanecen en la Iglesia tan sólo por una unión interna, no por la externa; pero los herejes manifiestos no pertenecen de ningún modo, como ya probamos». (De Rom. Pont. Lib. II, cap. 30, p.420 – Da Silveira, op. cit. p.172-173).

Canonistas que admiten o afirman que un Papa puede errar en la fe.

Prümmer: «Per haeresim certam en notoriam Papam amittere suam potestatem autores quidem communiter docent, sed utrum iste casus revera possibilis sit, merito dubitatur». (Manuale Iuris Canonici, ed. Herder, Friburgo 1927, p.131). (Los autores enseñan comúnmente que el Papa pierde su potestad por herejía cierta y notoria, pero si fuese otro el caso, es de justicia dudar).

Regatillo: «Ob haeresim publicam ipso facto communior: quia non esset membrum Ecclesiae, ergo multo minus caput». (Institutiones Iuris Canonici, vol. I, ed. Sal Terrae, Santander 1951, p.280). (Simplemente por el hecho de herejía pública: como ya no fuese miembro de la Iglesia, mucho menos podría ser su cabeza).

Coronata, sobre la cuestión de la pérdida del oficio de Papa (Amissio officii R. Pontificis) dice: «Haeresis notoria. Quidam auctores negant suppositum: dari nempe posse R. Pontificem haereticum. Probari tamen nequit R. Pontificem, ut doctorem privatum, haereticum fiere non posse, e. g., si dogma antecedenter definitum contumaciter deneget; haec impeccabilitas nullibi a Deo promissa est. Immo Innc. III expresse admittit dare posse casum. Si vero casus accidat ipse ex iure divino ab officio sine ulla sentencia, ne declaratoria quidem, decidit. Qui enim haeresim palam profitetur se ipsum extra Ecclesiam ponit et non est probabile Christum suae Primatum Ecclesiae tale indigno servare. Proinde si R. Pontifex haeresim profiteatur ante quamqumque sententiam, quae impossibilis est, sua autoritate privatur». (Institutiones Iuris Canonici, vol. I ed. Marietti, Torino p.373). (Por herejía notoria. Algunos autores niegan el supuesto: puede, ciertamente, darse un Romano Pontífice hereje. Sin embargo, no puede probarse que el Romano Pontífice, como doctor privado, no pueda ser hereje, por ejemplo, si niega contumazmente un dogma definido anteriormente; esta impecabilidad no es prometida por Dios a ninguna persona. Por cierto Inocencio III admite expresamente el caso. Si el caso acontece en realidad, por el mismo derecho divino sin ninguna sentencia ni declaración alguna, se separa del cargo. En efecto, quien profesa abiertamente la herejía, él mismo se pone fuera de la Iglesia y no es probable que Cristo conserve su Primado de la Iglesia a uno con tal indignidad. Así pues, si el Romano Pontífice profiere una herejía, antes de cualquier sentencia, la cual es imposible, queda privado de su autoridad).

Vermeersch sobre la cesación de la potestad del Romano Pontífice dice: «Cessat R. Pontificis potestad morte; renuntiationen libera, quae valida est sine cuiuspiam acceptatione (c.221); amentia certa et certo perpetua; haeresi notoria». (Epitome Iuris Canonici, tom. I, 1927, p.222). (La potestad del Romano Pontífice cesa por muerte; por renuncia libre, la cual es válida sin ninguna aceptación (c.221); por la demencia cierta y ciertamente perpetua; por la herejía notoria).

Los teólogos que opinan que el Papa puede ser hereje, y además cismático o apóstata, cosa que no hay que olvidar, tanto el cisma como la apostasía, además de la herejía, pueden tener lugar.

El Cardenal Juan de Torquemada (tío del Primer Gran Inquisidor de España), de quien Da Silveira trae la siguiente cita muy esclarecedora: «(…) El cardenal español Juan Torquemada es el vigoroso y más influyente paladín del primado pontificio en el siglo XV, en cuyos escritos todos los futuros defensores del primado fueron a buscar sus argumentos: desde Doménico Jacobazzi y Cayetano, pasando por Melchor Cano, Suarez, Gregorio de Valencia y Belarmino, hasta los teólogos del primer Concilio Vaticano. (…) Para demostrar que el Papa puede ilícitamente separarse de la unidad de la Iglesia y de la obediencia a la cabeza de la Iglesia, y por lo tanto caer en cisma, el cardenal Torquemada usa tres argumentos: ‘1° (…) por la desobediencia el Papa puede separarse de Cristo que es la cabeza principal de la Iglesia y en relación a quien la Iglesia primariamente se constituye. Puede hacer eso desobedeciendo a la ley de Cristo u ordenando lo que es contrario al derecho natural o divino. De ese modo se separaría del cuerpo de la Iglesia, en cuanto está sujeta a Cristo por la obediencia. Así, el Papa podría sin duda caer en cisma. 2° El Papa puede separarse sin ninguna causa razonable, sino por pura voluntad propia, del cuerpo de la Iglesia y del colegio de los sacerdotes. Hará eso si no observa aquello que la Iglesia universal observa con base en la tradición de los Apóstoles, según el c.’Ecclesiasticarum’, d.11, o si no observase aquello que fue, por los Concilios universales o por la autoridad de la Sede Apostólica, ordenando universalmente sobre todo en cuanto al culto divino. Por ejemplo, no queriendo personalmente observar lo que se relaciona con las costumbres universales de la Iglesia o con el rito universal del culto eclesiástico. (…) Apartándose de tal modo y con pertinacia de la observancia universal de la Iglesia, el Papa podría incidir en cisma. (…) Por eso, Inocencio dice: ‘De Consue.’ Que en todo se debe obedecer al Papa en cuanto este no se vuelva contra el orden universal de la Iglesia, pues en tal caso el Papa no debe ser seguido, a menos que haya para eso causa razonable. 3° Supongamos que más de una persona se considere Papa y que una de ellas sea verdadero Papa, aunque tenido por algunos como probablemente dudoso. Supongamos que ese Papa verdadero se comporte con tanta negligencia y obstinación en la búsqueda de la unión de la Iglesia, que no quiera hacer cuanto pueda para el establecimiento de la unidad, en tal hipótesis, el Papa sería tenido por fomentador del cisma, conforme muchos argumentaban, aun en nuestros días, a propósito de Benedicto XIII y de Gregorio XII’ «. (Summa de Ecclesia, pars. I, lib. IV cap. 11, p.369 vuelta. Citado por Da Silveira, op. cit. p.186-187).

Melchor Cano uno de los grandes teólogos del Concilio de Trento que combatió la posición de Pighi como una opinión además de errónea, innovadora, en contra de lo que hasta entonces se había pensado en la Iglesia, como Dublanchy lo reconoce citándolo: «Todos admiten sin dificultas que el Papa puede caer en la herejía como en toda otra falta grave; ellos se preocupaban solamente de buscar por qué y dentro de cuáles condiciones, él puede en ese caso ser juzgado por la Iglesia». (Infaillibilité du Pape, col. 1715). Y continúa más adelante Dublanchy: «En los comienzos del siglo XVI la opinión del cardenal Torquemada es reproducida por Cayetano (…). Al encuentro de esta afirmación, Pighi afirma que según las promesas de Jesucristo, tomadas en toda su extensión, Mt. 16,18, es imposible que el Papa sea herético porque, el fundamento de la Iglesia cesando de estar unido a Jesucristo sería verdad que las puertas del infierno han prevalecido contra la Iglesia (…). Esta afirmación de Pighi fue pronto combatida por Melchor Cano, quién, después de haber rechazado la mayor parte de las explicaciones dadas por Pighi para justificar a varios Papas con respecto a la fe, concluye que no se puede negar que el soberano Pontífice pueda ser herético, porque en efecto hay un ejemplo o quizás dos. Cano fue seguido por Domingo Soto, Gregorio de Valencia y Bañez». (DTC. Infaillibilité du Pape. col. 1715-1716).

Aquí conviene resaltar que según San Alfonso, Pighi se encontraba con su infalibilismo, en el extremo opuesto a Lutero y Calvino que negaban toda infalibilidad del Papa. Valga de paso recalcar que San Alfonso también refuta el Galicanismo, por lo cual nadie puede ni siquiera dudar de su ortodoxia, ni sospechar de semejante error y herejía en el santo; además tiene justamente la posición contraria a la que otro santo como Roberto Belarmino que, piadosamente (y no teológicamente) como él mismo lo dice, apoyaba la opinión de Pighi como probable y no como cierta, y menos aún como de fe o dogma, lo cual rayaría en la papolatría, es decir, hacer del Papa una persona divina que no se puede equivocar cuando habla sobre la fe y la moral, porque goza su persona de una infalibilidad sin condiciones o límites, por lo cual se trataría de una infalibilidad absoluta en materia de fe, y esto es pura papolatría y una especie de piadosa idolatría.

Es por eso que la constitución dogmática Pastor Æternus del Concilio Vaticano I define dogmática y solemnemente la infalibilidad del Papa con la fórmula ex cathedra y nada más; y es a eso a lo que hay que atenerse. Vemos como dos santos sobre un mismo punto pensaban contrariamente, el punto sobre la opinión de Pighi, uno por razones teológicas, el otro por consideraciones piadosas, pero que no le impedían analizar el tema teológicamente según la sentencia más común.

Esto lo recalco para que no se diga ahora como pretenden muchos sedevacantistas categóricos, que es un dogma de fe, puesto que los dogmas de fe, como sabemos, no se discuten; es más, si la cuestión de la imposibilidad de la herejía, del cisma o de la apostasía de un Papa fuera un dogma de fe y por lo tanto no pudiese caer en ello, ningún teólogo podría darse el lujo de considerarlo, ni aun como mera hipótesis, ni posibilidad, como de hecho hizo San Roberto Belarmino, y todos lo hicieron, excepto su majestad real, el innovador Pighi, quién fue llamado a la corte pontificia por Adriano VI, el único Papa holandés como él, y que ciertamente se pasó de raya queriendo ser más papista que el Papa. Quiso congraciarse con su correligionario que lo favorecía en la corte papal a su lado en Roma, por eso Melchor Cano, con todo el ímpetu que le caracterizaba, no dudó y lo combatió teológicamente sin reparos.

Todo esto debe servir por lo menos para que todos nos percatemos por encima de cualquier discusión teológica y doctrinal, que el tema de un Papa hereje no es algo que se impone dogmáticamente en la Iglesia, como hoy vemos a muchos pretenderlo. Eso es todo el punto, que piensen erradamente o no, con razón o sin razón, lo que no es aceptable es hacer de esto un imperativo dogmático de fe. Si no se entiende esto no se puede entender nada porque quiere decir que no somos capaces de distinguir entre lo que es del orden de la fe y lo que es del orden teológico. Como es sabido las conclusiones teológicas para que sean de fe o dogmáticas tienen que ser enseñadas por la Iglesia infalible y no por los teólogos falibles. Eso es todo para el que quiera verlo.

El Cardenal Journet dice: «Los antiguos teólogos (Torquemada, Cayetano, Bañez), que pensaban que de acuerdo con el Decreto de Graciano, que el Papa, infalible como Doctor de la Iglesia podía sin embargo personalmente pecar contra la fe y caer en herejía, con mayor razón admitían que el Papa podía pecar contra la caridad, inclusive en cuanto esta realiza la unidad de la comunión eclesiástica, así caer en el cisma. La unidad de la Iglesia, según ellos decían, subsiste cuando el Papa muere, por lo tanto ella podría subsistir también cuando un Papa incidiese en cisma. (…) En cuanto al axioma donde está el Papa está la Iglesia vale cuando el Papa se comporta como Papa y como jefe de la Iglesia; en caso contrario ni la Iglesia está en él ni el en la Iglesia. (Cayetano, ibídem)». (Da Silveira, op.cit. p.185). Y esto viene como anillo al dedo en la tan cacareada y famosa comunión con Roma apóstata y anticristo, tanto de parte de los modernistas liberales y de los tradicionalistas traidores como Monseñor Fellay, los padres Schmidberger, du Chalard, Lorans, Celier y compañía.

Podríamos parar aquí pero vamos a citar un pasaje que no deja de ser muy interesante, sobre todo para deshacer algunos argumentos que hoy se barajan y esgrimen, y que sirven para redondear el panorama.

Suarez, así, dice: «Por lo tanto, si la fe es fundamento de la Iglesia, es también fundamento del Pontificado y del orden jerárquico de la Iglesia. Esto se confirma por el hecho de que esa es la razón presentada para explicar que Cristo haya pedido a San Pedro una profesión de fe antes de prometerle el papado (Mt. 16). Segunda confirmación: con frecuencia los Padres dicen que quien no tiene fe no puede gozar de jurisdicción en la Iglesia, San Cipriano, San Ambrosio, San Gelasio Papa, Alejandro II, San Agustín, Santo Tomás. Tercera confirmación, a través de un argumento muy simple: El hereje no es miembro de la Iglesia, tampoco es cabeza de ella. Aún más, el hereje ni siquiera debe ser saludado sino que debe ser absolutamente evitado, como enseña San Pablo (Tito 3) y San Juan (II Epístola), mucho menos por lo tanto debe ser obedecido. Finalmente el Pontífice herético, niega a Cristo y a la verdadera Iglesia; luego, niégase también a sí mismo y a su cargo; luego está por eso mismo privado de ese cargo». (De Fide. Obra citada por Da Silveira, op. cit. 156-157).

Nos dice Da Silveira, con mucha profundidad, al analizar la hipótesis de un Papa cismático: «La posibilidad de que el Papa caiga en cisma parece en principio absurda, pues el cisma ¿No es la ruptura del fiel con el Papa? ¿Cómo puede el Papa romper consigo mismo? Ubi Petrus ibi Ecclesia Donde esta Pedro ahí está la Iglesia. Con todo, numerosos autores de peso no excluyen la hipótesis». (op. cit.
p.186).

Al respecto dice Suarez: «Y de este segundo modo el Papa podría ser cismático, en el caso de que no quisiese tener con todo el cuerpo de la Iglesia la unión, la conjunción debida, como sucedería si tratase de excomulgar a toda la Iglesia o si quisiese subvertir todas las ceremonias eclesiásticas fundadas en la tradición apostólica como observa Cayetano y con mayor amplitud Torquemada». (Da Silveira, op. cit. p.187).

Toda la gran compilación y exposición que hemos venido citando se la debemos a Da Silveira, quien la expone en su magnífico libro «Implicaciones Teológicas y Morales del Nuevo Ordo Missae», y que tuve la suerte de encontrar, apenas llegado en los años 1981-1982, al seminario de la fraternidad San Pio X, en el año de filosofía en Albano. Este libro fue recomendado por Monseñor Lefebvre, pero prácticamente había que leerlo a escondidas, porque había un clima desfavorable con respecto al tema de parte del Director del seminario y un profesor.

Da Silveira resume manifestando su parecer: «Como diremos en el capítulo siguiente, juzgamos que esta quinta sentencia es la verdadera, y Wernz-Vidal tiene razón al decir -interpretando a San Roberto Belarmino- que el Papa eventualmente hereje pierde el pontificado ipso facto, en el momento en que su herejía se torne ‘notoria y divulgada de público’ «. (Da Silveira, op. cit.176).

También aclara que: «No se encuentran, en la Escritura y en la Tradición, razones que muestren la imposibilidad de que un Papa caiga en la herejía. Por el contrario, numerosos testimonios de la Tradición hablan en favor de la posibilidad de la caída. Siendo así, que debemos considerar como teológicamente posible que un Papa caiga en la herejía, y estudiar las consecuencias que semejante hecho traería para la vida de la Iglesia». (Da Silveira, op. cit. 177).

Hay que decir, con respecto a los famosos textos de San Mateo 16,18: «Y yo te digo que tú eres Pedro y sobre esta piedra edificare mi Iglesia y las puertas del infierno no prevalecerán sobre ella», y San Lucas 22,32: «Pero yo he rogado por ti a fin de que tu fe no desfallezca y tú una vez convertido confirma a tus hermanos», que muchos esgrimen para sustentar la pretendida infalibilidad exagerada al extremo del Papa , —y que en nada se diferencia de la de los modernistas liberales, como el caso de Abascal en México que escribió el libro «El Papa nunca ha sido ni será hereje» (ed. Tradición, 1979) para defender a todo precio el infalibilismo del Papa, aunque ese infalibilismo del Papa sería una de los aspectos de la peor herejía, de la cual advertía el Padre Le Floch, director del seminario francés en la época de Mons. Lefebvre—, que Dublanchy se ve obligado a reconocer: «los dos textos escriturarios Mateo 16,18 y Lucas 22,32, según la argumentación precedentemente establecida y según la interpretación constante de los teólogos prueban únicamente la infalibilidad del Papa enseñando como Pastor y doctor de la Iglesia entera, eso que los fieles están obligados a creer y admitir. Esto es igualmente todo lo que prueba, después de toda nuestra exposición, el testimonio de la tradición católica». (DTC, Infaillibilité du Pape, col. 1717).

Por todo esto Da Silveira aclara citando a Mondello: «No pocos en la Edad Media admitían que el Papa hereje podía ser juzgado por el Concilio; hasta podemos decir que era doctrina comunísima en aquel tiempo inclusive entre los propios defensores del Papa». (Da Silveira, op. cit. p.153). Esto es tan cierto que hasta Cristóbal Colón llegó a decir en su testamento, lo cual prueba que era doctrina comunísima en aquel tiempo, recomendándole a su hijo de ponerse: «a los pies del Santo Padre, salvo si fuese herético, (lo que Dios no quiera)». (Boletín del Ilustre Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y Ciencias del Distrito Universitario de Madrid, n°36, junio 1992, p.11).

Por todo esto es que San Alfonso María de Ligorio, sobre la infalibilidad del Papa, decía: «Muchas opiniones están aquí en presencia: 1°. Aquella de Lutero y Calvino quienes enseñan esta doctrina herética, que el Papa es falible, incluso cuando habla como Doctor universal y de acuerdo con el Concilio. 2°. La segunda, que es precisamente lo opuesto de la primera, es aquella de Alberto Pighius que sostiene que el Papa no puede errar, incluso cuando el habla como doctor privado. 3°. La tercera es aquella de ciertos autores que sostienen que el Papa es falible en las enseñanzas dadas fuera del Concilio. 4°. La cuarta opinión que es la opinión común y a la que nosotros adherimos es la siguiente: Bien que el Pontífice Romano pueda errar como simple particular o Doctor privado, así como en las puras cuestiones de hecho que dependen principalmente del testimonio de los hombres, sin embargo cuando el Papa habla como Doctor universal definiendo ex cathedra, es decir, en virtud del poder supremo trasmitido a Pedro de enseñar la Iglesia, decimos que él es absolutamente infalible en las decisiones y controversias relativas a la fe y a las costumbres. Esta opinión es defendida por Santo Tomás, Torquemada, de Soto, Cayetano, Alejandro de Hales, San Buenaventura, (…) San Francisco de Sales (…)». (Oeuvres Completes de S. Alphonse de Liguori, Traduites per le P. Jules Jacques. Extrait du Tome IX, Traités sur le Pape et sur le Concile, p.286-287-292).

Libro este, el citado, que ha sido aprobado por un Breve de Pío IX con ocasión de la obra titulada Du Pape et du Concile, que reúne los textos de San Alfonso, dispersos en diversos escritos, y los traduce al francés en un solo volumen, el P. Jules Jacques.

Por si fuera poco todo lo dicho, Vacandard en el artículo Déposition et Dégradation des Clers del DTC dice: «Por último el Papa Inocencio III reconoce solemnemente que, si por sus otros pecados él tiene a Dios únicamente por juez, ‘en materia de herejía él puede ser juzgado por la Iglesia’ propter solum peccatum quod in fide committitur possem ab Ecclesia judicari. Este principio está en efecto fuera de duda. (…) La regla que se aplica a los Papas heréticos se aplica igualmente a los cismáticos, y esta es la segunda excepción que nosotros queríamos señalar». (col. 520).

Debe quedarnos claro, además, que si asumimos como cierto (y piadoso) que el Papa nunca jamás puede desviarse en cosas de la fe y caer en herejía, habría que decir que el dogma de la infalibilidad del Papa cuando habla ex cathedra, proclamado por la Pastor Æternus, fue mal definido o al menos deficientemente definido, luego, se equivocó (lo cual es imposible) el Concilio Vaticano I y el Papa Pío IX, dado que en vez de decir ex cathedra, debieron decir, siempre es infalible cuando habla de cosas de fe o moral. Puesto que es evidente que el término ex cathedra no es lo mismo que siempre, ni tampoco el significado (el concepto o la idea) como ya se dijo, no se puede ser más papista que el Papa y el Concilio, diciendo lo que éstos no han dicho ni han querido decir, porque simplemente no lo dijeron.

El hecho mismo que los teólogos, incluidos santos y cardenales hayan tan siquiera esbozado la posibilidad de que un Papa se desvié de la fe, prueba que no es un dogma de fe porque sería ir en contra de ello al ponerse a investigar, a suponer o a teorizar sobre una cosa que es imposible que sea, divinamente hablando, porque contradiría una verdad divinamente revelada y enseñada por la Iglesia, y los dogmas, como es sabido no se discuten. Ante la palabra de Dios y de la Iglesia, causa finita. Quiero con esto decir que todos estos teólogos serían perfectos herejes, si fuera verdad lo que estos contradictores pretenden, es decir, que el Papa es siempre infalible, tanto en su magisterio solemne o ex cathedra, como en su magisterio ordinario.

Claro está, que el Papa aparte de ser infalible ex cathedra, lo es también pero no ya el solo sino coadunados todos los Obispos del mundo bajo su cabeza, el Romano Pontífice, como colegio episcopal unánimes en su magisterio ordinario universal o reunidos extraordinariamente en Concilio Ecuménico.

Como conclusión y resumiendo, su investigación vasta y concienzuda, da Silveira asevera: «Resumiendo: creemos que un examen cuidadoso de la cuestión del Papa hereje, con los elementos teológicos de que hoy disponemos, permite concluir que un eventual Papa hereje perdería el cargo en el momento en que su herejía se tornase ‘notoria y divulgada de público’. Y pensamos que esa sentencia, no es tan solo intrínsecamente probable, sino cierta, toda vez que las razones alegables en su defensa nos parecen absolutamente concluyentes. Además, en las obras que consultamos, no encontramos argumento alguno que nos persuadiese de lo opuesto». (op. cit. p. 181).

Esperemos que todo esto nos sirva por lo menos para darnos cuenta que el dogma de la infalibilidad ha sido mal interpretado, extendiéndolo a todos los pronunciamientos del Papa; que un Papa puede caer en herejía fuera de su magisterio ex cathedra, lo cual no es una cuestión dogmática y que se puede tratar teológicamente. La infalibilidad absoluta, sin límites ni condiciones, es atributo privativo y exclusivo sólo de Dios. Toda otra infalibilidad, sea la de toda la Iglesia divina, sea la del Papa solo (que no es divino, ni persona divina, aunque si es persona sagrada, lo cual no hay que confundir), es una infalibilidad participada y por definición limitada y con condiciones. Todo lo demás es pura idolatría, si se pretende afirmar más de lo definido solemnemente por la Iglesia referente a la infalibilidad del Papa, y hacen de su opinión un dogma (o un cuasi dogma) exigido por la fe. San Roberto Belarmino ni ningún otro (salvo Pighi y sus secuaces), pretendieron imponer tal premisa como cierta y de fe, por eso no es ni puede ser considerado un papólatra ni un idólatra como acontece hoy con los sedevacantistas viscerotónicos de hoy.

Una y única es la misma fe infalible y la que confirma ex cathedra como dice muy bien Palmieri: «(…) no es necesario que la fe indefectible sea en realidad distinta de la confirmación de los hermanos, pero basta que se distinga por la razón. Pues si la predicación de la fe auténtica y solemne es infalible, puede confirmar a los hermanos; por eso, una única es la fe infalible y la que confirma; siendo infalible, goza ella también del poder de confirmar. La indefectibilidad del Pontífice en la fe fue pedida para que él confirmase a sus hermanos, luego, de las palabras de Cristo sólo se puede inferir como necesaria aquella indefectibilidad que es necesaria y suficiente para la consecución de ese fin; y tal es la infalibilidad de la predicación auténtica». (Da Silveira, op. cit. p.147). Esta es la fe infalible que confirma cuando el Papa habla ex cathedra.

De nada vale citar a S. Lucas 22, 32 para negar por imposible que un Papa pueda caer en herejía, pues como bien dice Da Silveira: «(…) se puede alegar, por un lado, que el citado pasaje de San Lucas (22,32) es en general aplicado únicamente a las enseñanzas pontificias que envuelven infalibilidad; y, por otro lado, que son numerosos los testimonios de la Tradición en favor de la posibilidad de herejía en la persona del Papa». (op. cit. p. 146).

Sería incomprensible el comentario de San Vicente de Lerins sobre las palabras de San Pablo, en Gál. 1, 8-9: «Aun cuando nosotros o un ángel os evangelice fuera de lo que ya os hemos evangelizado, sea anatema». Sobre lo cual el santo expone: «¿Qué es esto que dice: aun cuando nosotros? ¿Por qué no, más bien: aun cuando yo? Es como si dijera: Aun cuando Pedro, aun cuando Andrés, aun cuando Juan, aun cuando, finalmente, todo el coro de los Apóstoles evangelice fuera de lo que ya os hemos evangelizado, sea anatema. ¡Severidad espantosa!, que para ponderar la adhesión a la fe primera no se perdone a sí mismo ni a los demás compañeros suyos del apostolado.(…) Aun cuando nosotros, dice, o un ángel del cielo; no porque los santos ángeles del cielo puedan ya pecar; mas como si dijera: Si aun cuando sucediera lo que no puede suceder, cualquiera que osara alterar la fe una vez transmitida, sea anatema». (Conmonitorio, ed. Apostolado Mariano, Sevilla 1990, p.37). Luego, nadie puede enseñar en contra de la Tradición Revelada, ni aún los mismos Apóstoles (Pedro y Pablo) ni el Papa, ni los Obispos, ni Cardenales, pero previendo y admitiendo esta posibilidad, San Pablo hace la advertencia, y el que lo haga por un insondable Misterio de Iniquidad, sea anatematizado.

Finalmente, como colofón, nada mejor que traer a colación las palabras de la «Sedes sapientiae», la «Regina sanctorum omnium», la purísima Madre de Dios, Nuestra Señora en La Sallette: «Roma perderá la fe y se convertirá la sede del Anticristo». Roma, lo sabemos, es la Cátedra de Pedro, la sede del Vicario de Cristo en la tierra, y la Santísima Virgen no dijo: Roma será ocupada por quien no tiene fe. No, dijo: «perderá la fe», y quien pierde la fe es el que cae en la herejía, el que apostata. Las cosas como son, no nos debe quedar la menor duda. Ni galicanos, ni papólatras, sino católicos romanos.

P. Basilio Méramo

Bogotá, 24 de Septiembre de 2013