CALUMNIA, DESPRESTIGIA, ENGAÑA Y… ¿VENCERÁS? SPES Y NON POSSUMUS DECLARAN HEREJE AL P. CERIANI Y LO ACUSAN DE SER «UN LÍDER CARISMÁTICO DE UN MOVIMIENTO MILENARISTA» (!)

La actitud estaba plasmada hace algún tiempo, cuando con motivo de la editorial del P. Bouchacourt, atacando a Radio Cristiandad y a SPES, estos últimos intentaron despegarse atacando al P. Ceriani y al P. Méramo por ser «milenaristas».

La actitud nos pareció tan ridícula e infantiloide que no mereció más que una sonrisa saracástica por nuestro lado.

El ataque debía tener otras razones. Y las tenía…

El haber evidenciado las incongruencias e inconsistencias de Mons. Williamson, del P. Cardozo, del P. Chazal y del P. Pfeiffer, desató contra nosotros una ola de ira. Como no podían justificar ninguna acusación contra el P. Ceriani y todos los demás involucrados, había que enocontrar «algo». Ese «algo» sería la vieja y desgastada pelea anti milenarista.

Un argumento falaz, que se les vuelve absolutamente en contra apenas uno indaga un poco en él. Pero el tema es producir un movimiento, capitaneado por M. Williamson, con los citados, más algunos más, para coagular la resistencia contra Mons. Fellay y sus secuaces.

Digan lo que digan, Mons. Williamson no se ha retractado de su mala conducta a favor de la Roma Modernista y del acuerdismo… Y el resto, mejor callar en este post pues se haría muy largo… Ya habrá tiempo…

El autor de la nota que sigue, miembro de SPES y NON POSSUMUS, intenta atacar al P. Ceriani tildándolo de «hereje», y de ser el «líder carismático de un movimiento». Por predicar el Apocalipsis.

Para eso se sirve del Decreto del Santo Oficio de 1941, rectificado en 1944, pero, con total deshonestidad ¡tergiversa el documento!, le da una interpretación propia y acusa con esa «libre interpretación»… DE TERROR!!!

Vamos por partes: Este es el infame documento que sacó hoy SPES y NON POSSUMUS:

Dos modos de ser una secta: el movimiento milenarista del Padre Ceriani y la FSSPX de Monseñor Fellay

MensajeAdmin Hoy a las 9:30 pm

Dos modos de ser una secta: el movimiento milenarista del Padre Ceriani y la FSSPX de Monseñor FellaySPES: http://spessantotomas.blogspot.com.ar/2012/10/dos-modos-de-ser-una-secta-el.htmlLas sectas que aquejan a la Iglesia se constituyen siempre, de forma desigual, en torno a dos ejes: una doctrina herética o al menos prohibida (o desaconsejada) por la enseñanza infalible, y un liderazgo más o menos carismático o tiránico. Cada secta gira alrededor sobre todo o del eje primero, o del segundo. Veamos brevemente cómo ocurre esto en los dos casos citados en el título de este artículo.

1) En el caso de movimiento milenario del que al menos toma parte el P. Ceriani, es el primer modo. En efecto, gira principalmente en torno a la doctrina del milenarismo mitigado, formalmente prohibido (o “desaconsejado”) por el Magisterio infalible (cfr. «El sistema del milenarismo mitigado no puede enseñarse sin peligro»). * Por supuesto, importa mucho para el respaldo de dicho movimiento la presencia carismática de un padre Ceriani, el teólogo que una vez que nos ofreció el magnífico Contra papólatras y papoclastas , publicado en este blog; y es de la combinación de estos dos ejes, en su jerarquía interna, que se deriva la postura extraña de este movimiento con respecto a Monseñor Williamson, D. Tomás de Aquino, Padre Cardozo, Padre Pfeiffer, Padre Chazal y otros: los trata como enemigos suyos del mismo modo que lo serían Monseñor Fellay y demás acordistas de la FSSPX. Un mínimo de buen sentido práctico, la menor dosis de frónesis los llevaría a atacar antes que todo a tales acuerdistas, si de hecho su principal objetivo fuese la lucha contra los que quieren entregar la Tradición a la Roma liberal. Pero no, éste no es su objetivo principal, sino la consolidación de su mismo movimiento milenarista.

II)En el caso de Monseñor Fellay, es el segundo modo, o más precisamente: la actual FSSPX gira en torno al liderazgo tiránico del referido obispo. ¿Cómo se ejerce tal liderazgo tiránico? Mediante el chantaje de los sacramentos. La reciente amenaza de Monseñor Fellay de que a sus oponentes se les negarían los sacramentos si no permanecen en silencio es lo que movió a los moderadores del foro IgnisArdens a renunciar (cfr. Moderadores del foro Ignis Ardens renuncian por amenaza de dejarlos sin sacramentos); y siempre ha sido la misma amenaza que oprimió a las comunidades tradicionales monásticas: o siguen la línea de dirección de la FSSPX o se quedarán sin el sacramento de la orden, de la confirmación, etc. De sobra está decir que Monseñor Fellay nunca dudó en calificar a los adversarios de su línea simplemente de “locos”, al mejor estilo estalinista; además de expulsar sumariamente o casi sumariamente a los sacerdotes antiacuerdistas que no se callan

Naturalmente, Monseñor Fellay no es un tirano solo por serlo: tiene por objetivo entregar la Tradición a los liberales que ocupan la Sede de Pedro. Pero, a diferencia del movimiento milenarista arriba referido, en el que todos los que lo siguen son de hecho milenaristas, no todos los que se callan en la FSSPX son acuerdistas.** La FSSPX, en efecto, está bajo Monseñor Fellay como un pueblo está bajo el gobierno de un tirano.No hace falta decir que estos gobiernos, porque no están fundados en la Verdad y, por lo tanto, porque no están ordenados al bien, no solamente son maquiavélicos, sino que al menos no se pueden decir simpliciter o absolutamente legítimos.

*¿Por qué ponemos “desaconsejado”entre comillas? Porque lo decimos como mera transigencia respeto a quien no entiende el contenido del referido documento magisterial como prohibición, sino como desaconsejamiento. Considérense, no obstante, en el mismo enlace en que se encuentra el documento magisterial, las palabras de G. Gillemn, S.J., con las cuales concordamos completamente: en efecto, el documento tiene todas las notas no solo de lo infalible, sino de lo prohibitivo. Sin embargo, aun cuando se considere su contenido como desaconsejamiento, no hay que olvidar nunca que cualquier desaconsejamiento del magisterio infalible debe ser dócilmente tomado por los católicos como una orden.

*Puede que sea la mayoría de ellos.

Ahora veamos un estudio sobre la tal «prohibición» y comprendamos el «espíritu» que anima a estos «salvadores de la Tradición»…

UNA MEDIDA DE DISCIPLINA DOCTRINARIA QUE ORIENTA LA DISCUSIÓN.

Artículo 1: recapitulación de la doctrina milenarista

Surge la pregunta: ¿Dónde estarán los santos resucitados y los vivientes transformados, luego de ser arrebatados al encuentro de Cristo en los aires? Los milenaristas, tanto los antiguos como los modernos, contestan que vendrán con Cristo, cuando venga El para destruir al Anticristo y para restaurar a Israel. Hecho esto, recibirán el Reino y se sentarán sobre tronos y reinarán con Cristo.

La Sede y el Centro de este Reino será la Jerusalén reedificada. Será, pues, un Reino en la tierra. Durará mil años, es decir, largo tiempo. Será la realización de todas las promesas de Dios hechas a Abrahán y su descendencia; y abarcará al mundo entero y a todas las naciones en él existentes. Este Reino tendrá su apoteosis en los últimos acontecimientos que han de iniciarse con el desencadenamiento de Satanás, que será por poco tiempo, y la rebelión de Gog y Magog; y terminará con la destrucción de aquellas gentes, seguida por la resurrección de los demás muertos y por el juicio delante del gran Trono Blanco. Luego se perpetuará este Reino para siempre jamás en la nueva creación, a la que bajará la Jerusalén celestial. Y Dios morará en medio de sus justos

Los milenaristas afirman, pues, que Cristo ha de venir a reinar, con  sus santos resucitados, en esta tierra. La Sede y el Centro de este Reino será la Jerusalén restaurada.

Artículo 2º: Medida disciplinaria al respecto

Refiriéndose a esta enseñanza el Santo Oficio, interrogado por el Arzobispo  de Santiago  de Chile, ha dictado  una medida de disciplina doctrinaria bien concreta. La carta, en la que se comunicaba esta medida, es como sigue:

Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio. Protoc. Nº 126-41

Del Palacio del Santo Oficio, 11 de julio de 1941.

Excmo.  Y Revmo. Señor:

En  su  debido tiempo  llegó  al Santo Oficio la carta N2 126-40, fechada 22 de abril de 1940, en la cual S.Excia. Rma. Informaba que en esa Arquidiócesis habla quienes defendían el sistema de los milenaristas espirituales  y  que  aumentaban más  y más  los  admiradores  de  tal doctrina; así como también de la obra del P. Lacunza:”Venida de Mesías en Gloria y Majestad”. Al mismo tiempo, solícitamente  S.E. pedía, que se le dieran normas oportunas de parte de la Santa Sede.

Llevado el asunto a la sesión plenaria del miércoles 9 de este mes, los Exmos. Y Revmos. Cardenales  de  esta  Suprema  Sagrada Congregación mandaron responder:

“El sistema  del milenarismo, aun el mitigado, es decir, el que enseña que, según la revelación católica, Cristo Nuestro Señor antes del juicio final, ha de venir corporalmente a esta tierra a reinar, ya sea con resurrección anterior de muchos justos o sin ella, no se puede enseñar sin peligro”.

Por tanto, apoyado en esta respuesta y teniendo presente, como S.E. mismo lo di, la prohibición del libro del P. Lacunza, hecha ya por el Santo Oficio, tratará de velar cuidadosamente para que dicha doctrina, bajo  ningún pretexto, sea   enseñada, propagada, defendida o recomendada de viva voz o por cualquier clase de escritos.

Para realizarlo S.E. podrá emplear los medios oportunos no sólo con amonestaciones, sino  también empleando la autoridad; dadas, si fuera el caso, las instrucciones que sean necesarias a los que enseñan en el Seminario o en otros institutos. Y si algo más grave ocurriere, no deje de comunicarlo  al Santo Oficio.

Aprovechando  la ocasión, le aseguro  los sentimientos de mi grande estimación, quedando de su Excia. Revma. adictísimo

 F.Card. Marchetti Selvaggiani

Secretario.

Articulo 3º: El alcance de esta medida

No es nuestra finalidad la de entrar en el triste espectáculo que ha causado el abuso de esta medida del Santo Oficio, utilizada en el vasto campo de los acérrimos antimilenaristas sud-americanos contra sacerdotes y laicos, que con razón o sin ella fueron sellados como milenaristas. Sólo queremos reducir la medida a sus exactas proporciones, como la firme convicción de que esto es un deber de caridad y de justicia, inspirado por la obediencia.

Ante todo: aquí tenemos una medida disciplinaria en materia de doctrina  y no   una  definición  doctrinaria  sobre  el milenarismo. Esta medida disciplinaria fue tomada en la sesión plenaria del Santo Oficio el 9 de julio de 1941. Pero en aquel entonces no fue presentada, y por eso, no  fue aprobada  ni confirmada por  el Sumo  Pontífice  como  es de costumbre  cuando se  trata de una  resolución  de universal alcance. Tampoco fue publicada, por consiguiente, en A.A.S. Recién en la sesión plenaria del   Santo Oficio  del 19 de julio de 1944 se le dio un carácter oficial. El28 del mismo mes fue publicada en la A.A.S. La redacción de la medida, en el último decreto tiene el mismo contenido que la carta, con la excepción  de que la palabra “corporalmente” ha sido sustituida por “visiblemente”.

Así, pues, la formulación definitiva es: “El sistema del milenarismo, aun del mitigado, es decir, el que enseña que según la revelación católica Cristo Nuestro Señor antes del juicio final, ha de venir visiblemente a esta tierra a reinar, ya sea con resurrección anterior de muchos justos o sin ella, no se puede enseñar  sin peligro”.

Decreto de la SUPREMA SACRA CONGREGACION DEL SANTO OFICIO publicado  en ACTA  APOSTOLICAE SEDIS, julio 28 de 1944, pág.212.

Postremis hisce  temporibus non semel ab hac Suprema Sacra Congregatione  S. officii  quaesitum est, quid sentiendum de systemate Millenarismi mitigati, docentis  scilicet  Christum  Dominum ante  finale judcium, sive praevia sive non praevia plurium justorum resurrectione, visibiliter in hanc  terram  regnandi causa esse venturum.

Re igitur examini subjecta in conventu plenario feriae IV, diei 19 julii 1944, Emi. ac Rmi. Domini cardinales, rebus fidei et morum tutandis  praepositi, perhabito RR. Consultorum voto, respondendum decreverunt,  systema míllenarismi mitigati tute docere non posse.

Et sequenti  feria V, die 20 ejusdem mensis et anni, Ssmus D.N. Pius Divina Providentia Papa XII, in solita audientia Excmo. ac Rmo. D. Adsessori S. Officii  impartita, hanc  Emorum.  Patrum  responsionem approbavit, comfirmavit ac publici juris fieri jussit.

Datum Romae,ex Aedibus S.Officii,die 21 julii 1944.

l.Pepe, Supremae S.Congr.S.Offici Notarius.

Con todo estamos aquí frente a una resolución disciplinaria  de alcance restringido:

1ºNo se trata de una condenación de la doctrina del Reino, sino que se declara solamente que es peligroso enseñar un punto  determinado de ella, a saber, el punto característico del Milenarismo mitigado

2º Es pues, una medida disciplinaria que prohíbela enseñanza de este punto característico del Milenarismo mitigado, por ser peligroso.

3º Este peligro procede, pues, no de la doctrina del Reino como tal, sino del punto determinado que, como se ve, afecta a los milenaristas mitigados

4º No cabe duda que con respecto al punto  referido, la medida disciplinaria  dicta una orden terminante, a la cual todo católico  debe obedecer ampliamente como disposición de la autoridad competente.

Frente a estos hechos que indican las limitaciones de la medida, que siempre hay que interpretar  en sentido directo y literal, creemos sinceramente que existe y sigue existiendo un abuso tan grande en Sud América,  que  nadie   se  atreve  a  hablar  todavía  de  las  profecías escatológicas, ni aun de la Parusía. Y no hay ninguna duda de que este abuso antimilenarista  es mucho más dudoso y peligroso que el  punto de enseñanza milenarista, al cual se refiere la medida misma. Y tal abuso con que  los  antimilenaristas, apelando  injustamente  a esta medida, exigen simplemente una interpretación evolucionista de las profecías del  Reino Mesiánico, va, ciertamente, mucho más lejos que el Santo Oficio mismo. Porque  el carácter   de  la  medida   indica  que  la  Suprema Congregación ha querido  de ningún modo la discusión, prohibiendo la  enseñanza  del punto  característico del milenarismo mitigado por considerarlo peligroso.

Artículo 4º: ¿Cuál es este punto, y por qué es peligroso?

He aquí dos preguntas  muy importantes que debemos aclarar para poder captar la orientación que nos quiere dar el Santo Oficio.

A-¿Cuáles el punto prohibido?

La medida disciplinaria  dice: no se puede enseñar sin peligro que, según la revelación católica, Cristo Nuestro Señor, antes  del juicio final ha de venir visiblemente a esta tierra. De esto no se deduce que sería peligroso enseñar que Cristo ha de venir a reinar antes del juicio final; ni mucho  menos  que sería peligroso  enseñar  la doctrina de la  primera  resurrección. Porque  la  medida  disciplinaria  expresamente prescinde de esta cuestión diciendo: “Ya sea con resurrección  anterior de muchos  justo o sin  ella”. El Santo Oficio quiere  decir, pues, que: prescindiendo de la cuestión de la resurrección en primera, es peligroso enseñar que Cristo, antes del Juicio Final, ha de venir visiblemente a la tierra a reinar.

Se prohíbe pues, enseñar no que Cristo ha de venir a reinar (con sus santos o sin ellos anteriormente resucitados), sino que Cristo (con sus santos o sin ellos) ha de venir visiblemente ala tierra a reinar. En esto consiste, según la definición, la nota característica del milenarismo, aún la del mitigado.

B-¿por qué es peligroso?

Y ¿por qué es peligroso enseñar esto? La medida disciplinaria no lo dice expresamente. Pero es muy claro que esto tiene que ser un peligro que se sigue inmediatamente de aquella  enseñanza  milenarista, por mitigada que sea, la cual sostiene que Cristo (con sus santos o sin ellos) ha de venir visiblemente a esta tierra a reinar, antes del Juicio Final.

Ahora bien, quien conoce un poco la historia del milenarismo de los primeros siglos, sabe que existía un milenarismo judaizante y craso, que no sólo localizaba a Cristo con sus santos en la tierra mezclados con los  viadores,  sino  que  les  atribuía  también placeres  carnales,  que ciertamente eran la negación de todo el espíritu  evangélico.  Y aún en el milenarismo católico, la localización de Cristo con sus santos  resucitados ha sido siempre un punto confuso.

Suponemos que para los «buenos entendedores» esto sólo bastará para hacer ver la mala utilización de un Decreto con el ánimo de calumniar, desprestigiar, engañar…

Fabián Vázquez

Director

Radio Cristiandad