PADRES INDEMNIZADOS POR NO HABER PODIDO ASESINAR A SU HIJO

El niño, con Síndrome de Down, recibirá una pensión vitalicia

El Supremo ordena indemnizar a un niño que no pudo ser abortado por un fallo en el diagnóstico prenatal

El Tribunal Supremo (TS) acaba de dictar una sentencia por la que reconoce explícitamente el daño patrimonial derivado de un diagnóstico prenatal erróneo que privó a la madre de un niño con síndrome de Down de la oportunidad de valorar si abortar o no. Cada uno de los padres recibirá 75.000 euros y, algo novedoso, el niño tendrá una pensión vitalicia de 1.500 mensuales. Desde el año 2005 se han producido una veintena de sentencias por lo que se denomina «nacimiento equivocado».


(El País/InfoCatólica) La madre del niño se quedó embarazada con 39 años de edad y decidió hacerse una prueba de diagnóstico prenatal para detectar posibles daños en el feto y, en caso de haberlos, abortar. La amniocentesis dio como resutlado que iba a tener un varón sano, pero al nacer se vio que tenía síndrome de Down.

El error venía del laboratorio de genética del departamento de pediatría de la Facultad de Medicina de la Universidad Miguel Hernández de Elche, que tiene un convenio con el Hospital General de Elda y realizó la analítica: había confundido la muestra de la madre con la de otra paciente y le dio un resultado que no era suyo.

Los padres del niño interpusieron una demanda que pasó del juzgado de Alicante al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, donde se dictó la sentencia que condenaba a la Generalidad a indemnizar a la pareja.

La Generalidad presentó un recurso de casación ante el Supremo, que no solo validó la sentencia de Valencia, sino que añadió un detalle más: condenó de forma solidaria a la Universidad, una forma de asegurar el pago.

La sentencia destaca que se debe resarcir no solo el daño moral causado a los padres sino también la “lesión puramente económica consistente en el notable mayor coste de criar a un niño con síndrome de Down”.

El aborto como derecho, la vida como un daño

El principal escollo que afrontan las acciones por nacimiento equivocado es de carácter moral, al plantear, según algunas opiniones, la vida como un daño. Se inspiran en la jurisprudencia estadounidense, que se basa en que el aborto es un derecho, y solo tiene sentido en las sociedades que lo reconocen como tal.

3 comentarios sobre “PADRES INDEMNIZADOS POR NO HABER PODIDO ASESINAR A SU HIJO

  1. Indemnización por no haber asesinado a un niño, a un ser humano. Pero eso sí, si algo le pasa a un perrito, una ballena o un delfín o un toro, los activistas pro defensa de los animales se pellizcan los pezones, se jalan los pelos, hablan de «criminales» y tildan a los que maltratan a los animales de «nazis» o «fascistas» (porque la judería les ha prohibido usar un adjetivo más apropiado como por ejemplo SIONISTA)

  2. Esto es terrible. Y aún más que suceda en España; porque cuando empecé a leer la noticia imaginé que se trataba de Holanda, o China, tal vez. No imaginaba que las cosas andaban tan mal por allá.
    Es increíble con la liberalidad que se trata la vida de una persona… no les causa ningún remordimiento. La verdad que son unas mierdas. Disculpen la grosería, pero creo que es bastante ajustado al caso.
    ¿Cómo puede estar la gente tan ciega? Las democracias liberales están arruinando el mundo, y ni siquiera veo algún tipo de respuesta preparada contra ellas, o posible, aunque sea. Es muy deprimente.

    Saludos

  3. Si no lo querían podian haberlo dado en adopción que seguro que hay familias encantadisimas de adoptarlo.

    Pero bueno, si viene con una paga de por vida debajo del brazo en vez de con un pan, ya se ven con otros ojos tal síndrome.

    No se merecen el título de padres tales seres vivos.

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